"El personal dispone de un día hábil si no implica cambio de municipio, o tres días hábiles si implica un cambio de municipio."
Normativa | |
Estatal Autonómica - Art. 4 del Decreto 7/2020, de 31 de enero, por el que se regulan los permisos, las licencias, las vacaciones y otras medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del personal funcionario al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. |
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Duración | |
- Sin cambio de residencia: 1 día |
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Plazo máximo para resolver | |
3 días | |
Efectos del silencio | |
Estimatorio | |
Observaciones | |
Cómputo: los días tienen que ser hábiles (de acuerdo con el artículo 30.2 de la Ley 39/2015 los sábados son días inhábiles). Definiciones -"Domicilio habitual": es el lugar donde el personal tiene fijado el domicilio y en el que reside la mayor parte del año. |
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Solicitud | |
- A través del Portal de Servicios al Personal |
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Justificación | |
Constituyen medios de prueba, entre otros, el certificado de cambio de domicilio o de empadronamiento. A título enunciativo, también podrían constituir medios de prueba el contrato de alquiler o la factura de la empresa contrada para el cambio de muebles o herramientas. |