"La funcionaria embarazada tiene derecho a ausentarse del puesto de trabajo para realizar exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto por el tiempo necesario para su realización, previa justificación de la necesidad de que las mencionadas técnicas se tienen que llevar a cabo dentro de la jornada de trabajo. Este permiso se tiene que hacer extensivo al cónyuge o pareja estable. "
Normativa |
Estatal Autonómica - Art. 7 del Decreto 7/2020, de 31 de enero, por el que se regulan los permisos, las licencias, las vacaciones y otras medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del personal funcionario al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. |
Duración |
El tiempo necesario para su realización. |
Plazo máximo para resolver |
3 días |
Efectos del silencio |
Estimatorio |
Observaciones |
Se tiene que justificar previamente la necesidad de llevar a cabo las mencionadas técnicas dentro de la jornada de trabajo. Este derecho permiso se tiene que hacer extensión al cónyuge o pareja estable. Definiciones: "Pareja estable": persona que respecto de la persona de referencia mantiene una relación que se puede acreditar a través de la inscripción en el Registro de Parejas Estables de las Illes Balears. |
Solicitud |
- A través del Portal de Servicios al Personal |
Justificación |
- Documento justificativo previo de la necesidad de hacerlas dentro de la jornada de trabajo y documento justificativo final de asistencia a las sesiones. - El grado de parentesco y la relación familiar se tiene que acreditar con el libro o los libros de familia, una resolución del Registro de Parejas Estables de las Illes Balears, una certificación del Registro Civil, o bien con la - Inscripción en cualquier registro público que acredite el hecho causante. |