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Manual de permisos, vacances, licencias y jornada


La entrada en vigor del Real decreto ley 20/2012 supone un intento homogeneizador del régimen de permisos, licencias y vacaciones en las administraciones de todo el Estado español y para todo el personal, laboral y funcionario, con la finalidad de racionalizar el gasto de personal.


La nueva redacción del artículo 48 de la EBEP introducida por el RDL 20/2012 modifica el régimen de permisos de los funcionarios en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, que pasa de ser un artículo de mínimos que habilitaba las comunidades autónomas para ampliar los permisos y la forma de disfrutarlos a constituir una lista cerrada y de máximos.


Con respecto al artículo 49 del EBEP relativo a los permisos por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral y en razón de violencia de género, también se establece una lista cerrada, sin embargo, que a diferencia del artículo anterior, la regulación es de mínimos.


A la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, el Decreto ley 5/2012, modificado por el Decreto ley 10/2012, busca la unificación del régimen de permisos de los empleados públicos al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.


Se tiene que tener en cuenta que la normativa existente se entiende en vigor siempre que no vaya en contra de las nuevas modificaciones legislativas.


El Plan de Calidad de los Recursos Humanos prevé la posibilidad de tener acceso a toda la información relativa a permisos, licencias y jornada laboral a través del portal del personal. La finalidad de estas fichas es que todos los empleados públicos puedan acceder a la información relativa a la regulación de los permisos, licencias y jornada laboral, así como también a obtener una interpretación normalizada.