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Manual de permisos, vacances, licencias y jornada

Reducción de Jornada para el Personal Funcionario de más de sesenta años


"El personal funcionario tiene derecho a solicitar una reducción de jornada de hasta el cincuenta por ciento de la jornada laboral, con la reducción proporcional de retribuciones, a partir de los sesenta años de edad sin necesidad de no acreditar ninguna otra circunstancia".

Normativa

Autonómica

-Art. 119.2 e de la LFPCAIB

-Art. 14 y art. 16 del Decreto 7/2020, de 31 de enero, por el que se regulan los permisos, las licencias, las vacaciones y otras medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del personal funcionario al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Observaciones

Criterios generales de la reducción de jornada:

- Tendrá la consideración de inicio y final de la jornada la jornada de concurrencia obligada a que cada persona trabajadora tenga en cada caso.

- La jornada reducida se computará como jornada completa al efecto de reconocimiento de la antigüedad, sin perjuicio del régimen aplicable a efectos de cotización en materia de protección social.

- La concesión de reducción de jornada és incompatible con la realización cualquier otra actividad retribuida durante el horario que haya sido objeto de reducción.

Solicitud:

-PDF Modelo

Justificación:

DNI
Plazo máximo para resolver:
1 mes
Efectos del silencio:
Estimatorio