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Manual de permisos, vacances, licencias y jornada

Licencia sin sueldo para la realización de misiones en países en vías de desarrollo o no desarrollados (sólo personal laboral)

"La concesión de esta licencia vendrá determinada por la realización de una misión en países en vías de desarrollo o no desarrollados, al amparo de una de las organizaciones a las que se refiere la Ley 6/1996, de 15 de enero, del voluntariado."

Normativa

- Art. 47.b del V Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Duración

Máximo 3 meses

Plazo máximo para resolver

20 días

Efectos del silencio
Desestimatorio
Observaciones

- El personal interino, eventual y temporal no pueden disfrutar, en ningún caso, de esta licencia.
- No se tiene derecho a ninguna retribución, pero no causa baja en la Seguridad Social.
- Hay reserva del puesto de trabajo y derecho al cómputo de tiempo a efectos de antigüedad. El personal funcionario tiene un derecho parecido denominado Comisión de servicios para participar en un programa o misión de cooperación internacional.
- La duración acumulada no puede exceder de un año cada cinco años.

Justificación

Documentación acreditativa de la necesidad de atender personalmente las consecuencias derivadas de esta situación.