"Hasta el 31 de diciembre de 2022, el personal funcionario y laboral fijo de servicios generales puede solicitar la reducción de jornada, hasta un máximo de un tercio, con la reducción proporcional correspondiente de retribuciones, siempre que no afecte a las necesidades del servicio, apreciadas mediante una resolución motivada del órgano correspondiente. La concesión de este reducción, que es discrecional, no presupone la autorización para contratar o nombrar personal temporal sustituto."
Normativa |
- Art. 26 de la Ley 5/2021, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2022. |
Duración |
Un máximo de 1/3 de la jornada, sólo hasta 31-12-2022. |
Plazo máximo para resolver |
10 días |
Efectos del silencio |
Desestimatorio |
Observaciones |
- Disminución proporcional correspondiente de retribuciones. - Acondicionado a las necesidades del servicio. Si bien la denegación por esta causa se tiene que apreciar mediante una resolución motivada de la secretaría general. - La concesión es incompatible con la realización de cualquier otra actividad durante el horario que ha sido objeto de reducción. - A los efectos de cumplimiento de horario, se tiene que tener en cuenta la Instrucción 1/2013. |
Solicitud |
- A través del Portal de Servicios al Personal |
Justificación |
No se requiere. |