Ámbito subjetivo del Contrato marco de Tesorería
En virtud de la cláusula 5.2 del PCP, se publica la lista de entes instrumentales y de centros docentes públicos de educación no universitaria de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
- Entes del sector público instrumental autonómico (Actualizado 16/02/2024)
- Centros docentes públicos no universitarios (Actualizado 15/05/2024)
En virtud de la cláusula 5.3 del PCP, se publica la lista de entes SEC que no son entes del sector público instrumental y órganos estatutarios de la Comunidad Autónoma que pueden adherirse al Contrato marco, previa petición:
- Órganos estatutarios de la Comunidad Autónoma
Procedimiento de adhesión en el Contrato marco de Tesorería vigente
El procedimiento está regulado en la cláusula 5.3.1 del PCP:
La entidad interesada tiene que hacer una petición de adhesión a la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, y tendrá que ser aprobada debidamente por el órgano de gobierno competente de la entidad, el cual tiene que asumir la obligación de cumplir con las obligaciones generales del Contrato marco, así como con las obligaciones concretas que se establecen en la cláusula 5.3.1 del PCP.
La petición de adhesión se tiene que solicitar por medios electrónicos desde el día de la publicación de la adjudicación del Contrato marco (antes de la entrada en vigor) hasta el último día del mes anterior a la finalización del Contrato marco.
En caso de que la petición de adhesión se presente antes de la entrada en vigor del Contrato, la adhesión será efectiva a partir de la fecha de inicio del Contrato, en otro caso, será efectiva cuando se notifique a las entidades adjudicatarias.
Durante la ejecución del Contrato marco, las entidades adheridas al ámbito subjetivo podrán renunciar a la adhesión en cualquier momento con el debido acuerdo del órgano de gobierno competente de la entidad.