Información sobre la liquidación de las comisiones bancarias del Contrato marco de Tesorería 2024 - 2026.
El 20 de junio de 2024 la secretaria general, por delegación del Consejero de Economía, Hacienda e Innovación, adjudicó las comisiones del Contrato marco de Tesorería 2024-2026, en los términos siguientes (cifras en euros):
Tipo comisión | Entidad adjudicataria | 2024 | 2025 | 2026 | Total |
Custodia | BBVA | 0,00 | 93.750,00 | 93.750,00 | |
Banca March | 0,00 | 93.750,00 | 93.750,00 | ||
Abanca | 0,00 | 93.750,00 | 93.750,00 | ||
CaixaBank | 0,00 | 93.750,00 | 93.750,00 | ||
Total comisión custodia | 0,00 | 375.000,00 | 375.000,00 | ||
Servicios bancarios | Banca March | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
Abanca | 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||
CaixaBank | 18.750,00 | 56.250,00 | 37.500,00 | 112.500,00 | |
Colonya | 0,00 | 11.000,00 | 11.000,00 | 22.000,00 | |
Total comisión servicios bancarios | 18.750,00 | 67.250,00 | 48.500,00 | 134.500,00 | |
Total | 18.750,00 | 67.250,00 | 423.500,00 | 509.500,00 |
Estas comisiones són las determinadas en la cláusula 10 del Pliego de cláusulas particulares que rigen la contratación.
Esta distribución es la que establece la cláusula 40 del Pliego de cláusulas particulares que rige la contratación:
Comisíon de custòdia
Ejercicio | Periodo a liquidar | Comisión custodia | Fecha presentación factura |
2025 | 01-07-2024 a 30-06-2025 | 0 | |
2026 | 01-07-2025 a 30-06-2026 | 100% importe adjudicado | Entre el 1 y el 31 de julio de 2026 |
Comisiones por servicios bancarios Tesoreras
Ejercicio | Periodo a liquidar | Comisión servicios bancarios Tesoreras | Importe |
2024 | 1º (01/07/2024 al 31/10/2024) |
1/6 del importe adjudicado | 18.750,00 |
2025 | 2º (01/11/2024 al 30/06/2025) |
1/3 del importe adjudicado | 37.500,00 |
2025 | 3º (01/07/2025 al 31/10/2025) |
1/6 del importe adjudicado | 18.750,00 |
2026 | 4º (01/11/2025 al 30/06/2026) |
1/3 del importe adjudicado | 37.500,00 |
Comisiones por servicios bancarios colaboradoras banca ética
Ejercicio | Periodo a liquidar | Comisión servicios bancarios colaboradoras banca ética |
Importe | Fecha presentación factura |
2024 | 1º (01/07/2024 al 31/10/2024) |
0% | ||
2025 | 2º (01/11/2024 al 30/06/2025) |
50% importe adjudicado | 11.000,00 | Entre el 1 y el 31 de julio de 2025 |
2025 | 3º (01/07/2025 al 31/10/2025) |
0% | ||
2026 | 4º (01/11/2025 al 30/06/2026) |
50% importe adjudicado | 11.000,00 | Entre el 1 y el 31 de julio de 2026 |
Forma de cálculo de las comisiones de custodia
Las comisiones de custodia se calcularán de acuerdo con la fórmula de la cláusula 6.7.3 del Pliego de prescripciones técnicas:
Franquicia = 10.000.000 € por entidad tesorera
Umbral = 237.500.000 € por entidad tesorera
El tipo de ofrecido por cada una de las entidades tesoreras, aplicable sobre los saldos bancarios positivos medios por debajo del umbral, es el siguiente:
Entidad licitadora |
Tipo Comisión custodia |
BBVA | 0,00% |
Banca March | 0,00% |
Abanca | 0,00% |
CaixaBank | 0,00% |
En caso de que el coste que aplique el Banco Central Europeo (de ahora en adelante, BCE) a los saldos bancarios positivos depositados en la entidad europea por las entidades de crédito adjudicatarias se modifique de forma que el coste soportado por las entidades de crédito sea inferior porque la tasa de facilidad de depósito aumente en valores absolutos (porque, por ejemplo, que del actual -0,50% pase a ser del - 0,30%), se aplicará en la fórmula de cálculo de la comisión de custodia el nuevo tipo de facilidad de depósito a los saldos bancarios positivos que excedan del umbral mencionado, a partir del momento en que el cambio produzca efectos.
Igualmente, en caso de que el coste que aplique el BCE a los saldos bancarios positivos depositados a la entidad europea por las entidades de crédito adjudicatarias se modifique de forma que el coste soportado por las entidades de crédito sea inferior porque la tasa de facilidad de depósito aumente en valores absolutos, y esta tasa de facilidad de depósito en valores absolutos sea inferior al tipo ofrecido por la entidad licitadora, también se aplicará en la fórmula de cálculo de la comisión de custodia el nuevo tipo de facilidad de depósito a los saldos bancarios positivos que sean inferiores o iguales al umbral mencionado, a partir del momento en que el cambio produzca efectos. Es decir, en ningún caso la comisión aplicable podrá ser superior al coste que el BCE aplique en la facilidad de depósito.
Justificación de las comisiones bancarias:
Comisión servicios bancarios | Comisión custodia |
No se justifican |
Modelo cálculo comisión [Pendiente] |
Presentación de la factura electrónica:
Las facturas se tienen que presentar en formato electrónico en la Plataforma FACE o en papel en función de su importe de acuerdo con la normativa vigente en materia de factura electrónica y tienen que cumplir todos los requisitos que esta normativa establezca.
El código DIR3-FACE que tiene que constar en las facturas electrónicas a presentar ante la Administración de la Comunidad Autónoma es el siguiente:
OFICINA CONTABLE: GE 0000545
ÓRGANO GESTOR: GE 0000545
UNIDAD TRAMITADORA: GE 0000545
Cuenta de pago de las comisiones:
La factura electrónica tiene que indicar la cuenta de pago, que tiene que ser titularidad de la entidad acreedora.
En caso de que la cuenta de pago no esté dado de alta en el sistema de información para la gestión económico-financiera de la Comunidad Autónoma, la entidad tendrá que presentar una declaración responsable de veracidad de los datos bancarios aportados.
Modelo declaración veracidad datos bancarios
La entidad puede consultar previamente al Servicio de Endeudamiento si la cuenta está de alta en el sistema antes de presentar la factura, enviando un correo electrónico a deute@caib.es.
Tal y como figura en las instrucciones del modelo de declaración, la declaración se tiene que firmar electrónicamente y se tiene que presentar en el Registro electrónico común de la Administración General del Estado, indicando:
Código DIR3 (identificación del órgano destinatario): A04026911
Código SIA (del procedimiento): 2100153