Convocatoria línea de ayudas CAIB -ISBA 2023 |
(Finalizada)
Por Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 30 de marzo de 2023 se aprobó la convocatoria para el año 2023 de ayudas a los emprendedores y a las empresas con actividad en las Illes Balears para cubrir las comisiones por apertura y de estudio, los intereses y el coste del aval de sociedades de garantía recíproca, de operaciones de financiación de inversiones productivas y de liquidez, que puede ser objeto de cofinanciación con cargo al Programa FEDER 2021-2027 de las Illes Balears. La convocatoria fue modificada mediante Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 18 de octubre de 2023.
Bases reguladoras | Decreto 29/2011, de 1 de abril, de medidas urgentes en materia de financiación de inversiones productivas y liquidez de las pymes en las Illes Balears |
Convocatoria |
BOIB número 41, de 1 de abril de 2023 Modificación: BOIB número 144, de 24 de octubre de 2023 |
Entidad colaboradora |
Podéis consultar el procedimiento de selección de la entidad colaboradora en este enlace. |
Destinatarios | Emprendedores y a las empresas con actividad en las Illes Balears, que cumplan los requisitos del punto 2 de la convocatoria |
Objeto subvencionado | Operaciones de crédito formalizadas con entidades financieras y avaladas por sociedades de garantía recíproca, para financiar: - Liquidez - Inversión Los requisitos de las operaciones se recogen en los puntos 1, 4, 5, 6, 7 y Anexo 2 de la convocatoria. |
Plazos | Las operaciones financieras tienen que estar formalizadas entre el 1 de diciembre de 2022 y el 30 de noviembre de 2023 Las ayudas se pueden solicitar hasta el 9 de diciembre de 2023 |
Presentación de solicitudes |
Forma de presentación preferente: por medio de la entidad colaboradora, que las enviará a la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación telemáticamente por medio del procedimiento siguiente. Por el resto de vías de presentación, podéis consultar el punto 9.1 de la convocatoria. La documentación a presentar es la que figura en el punto 9.2 de la convocatoria.
-Solo para ayudas superiores a 30.000 €, certificado de cumplimiento con las Ley 3/2004. |
Tipo de ayudas según el beneficiario y la operación financiera (Anexo 4 convocatoria)
Cofinanciación fondos Feder
Las ayudas por operaciones de financiación de inversiones productivas y por operaciones de financiación de inversiones productivas transformadoras pueden ser objeto de cofinanciación en un 60 % dentro del objetivo político 1, objetivo específico 3 («El refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de ocupación en estas, también mediante inversiones productivas») del Programa FEDER 2021-2027 de las Illes Balears, en los términos que constan en los apartados 3, 4, 6 y 7 de la convocatoria.
Los beneficiarios de ayudas por operaciones de inversión tienen que cumplir con las obligaciones del punto 2.4 i), q) de la convocatoria. En concreto:
i) Exhibir en un lugar visible para el público al menos un cartel de una medida mínima de A3 o una pantalla electrónica equivalente con información sobre la operación, donde se destaque la ayuda del fondo.
Podéis descargar el cartel en este enlace.
En el supuesto de que el cartel de medida A3 no sea adecuado por el tipo de empresa y/o actividad, por ejemplo en el caso de un empresario individual del sector del taxi, el cartel se puede sustituir por una pegatina en el vehículo de menor tamaño.
Novedad: estas pegatinas se pueden recoger en las diversas sedes de ISBA, SGR. Se recomienda llamar antes de ir.
q) Reconocer la ayuda del FEDER en el sitio web oficial —si se dispone— y en sus redes sociales haciendo una breve descripción de la operación, de manera proporcionada en relación con el nivel de la ayuda, los objetivos y los resultados, y destacando el apoyo financiero de la Unión Europea.