Convocatoria línea de ayudasCAIB-ISBA 2024-2025

Por Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 22 de febrero de 2024 se aprobó la convocatoria para los años 2024 y 2025 de ayudas a empresas con actividad en las Illes Balears para cubrir las comisiones de apertura y estudio, los intereses y el coste del aval de sociedades de garantía recíproca, de operaciones de financiación de liquidez y de inversiones productivas y en innovación, que puede ser objeto de cofinanciación con cargo al Programa FEDER 2021-2027 de las Illes Balears. La Resolución fue modificada el 23 de septiembre de 2024.

Bases reguladoras Decreto 29/2011, de 1 de abril, de medidas urgentes en materia de financiación de inversiones productivas y liquidez de las pymes en las Illes Balears
Convocatoria

BOIB núm. 30, de 29 de febrero de 2024

Modificación: BOIB núm. 127, de 26 de septiembre de 2024

Entidad colaboradora

ISBA, SGR

El procedimiento de selección de la entidad colaboradora se puede consultar en este enlace.

Destinatarios Empresas con actividad en las Illes Balears, que cumplan los requisitos del punto 2 de la convocatoria (pymes y determinadas grandes empresas elegibles)
Objeto subvencionado Operaciones de crédito formalizadas con entidades financieras y fondos de titulización y avaladas por sociedades de garantía recíproca, para financiar:
- Liquidez
- Inversión
Los requisitos de las operaciones se recogen en los puntos 1, 4, 5, 6, 7 y Anexo 2 de la convocatoria.
Plazos Las operaciones financieras tienen que estar formalizadas entre el 1 de diciembre de 2023 y el 30 de noviembre de 2025

Las ayudas se pueden solicitar hasta el 5 de diciembre de 2025
Presentación de solicitudes

Forma de presentación preferente: por medio de la entidad colaboradora, que las enviará a la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación telemáticamente por medio del procedimiento siguiente.

Para el resto de vías de presentación, pueden consultar el punto 9.1 de la convocatoria.

La documentación a presentar es la que figura en el punto 9.2 de la convocatoria.


Los formularios a rellenar son los siguientes (que también figuran en el procedimiento telemático de la Seu Electrónica CAIB):

- Solicitud con declaración responsable sobre el cumplimiento de los requisitos por parte del solicitante, así como declaración responsable de ayudas de Estado.

- Declaración de veracidad de datos bancarios (cuente corriente del solicitante para cobrar la ayuda).

-Declaración responsable de inversión en innovación, digitalización o sostenibilidad (anexo 6)

Régimen de ayudas de Estado

- Ayudas concedidas hata el 30-06-2024: Marco Nacional Temporal de Ucrania

- Ayudas concedidas a partir del 1 de julio de 2024: Minimis*
* Excepto para los beneficiarios del sector primario, para los que se prorroga el Marco Nacional Temporal de Ucrania hasta el 31-12-2024.

La Resolución del Consejero de Economía, Hacienda e Innovación de prórroga se puede consultar en este enlace.

Tipo de ayudas según el beneficiario y la operación financiera (Anexo 4 convocatoria)

Este documento de ISBA, SGR, se puede descargar en este enlace.

Este documento de ISBA, SGR, se puede descargar en este enlace.

Cofinanciación fondos Feder

Las ayudas por operaciones de financiación de inversiones productivas y en innovación, digitalización y sostenibilidad de pimes pueden ser objeto de cofinanciación en un 60 % dentro del objetivo político 1, objetivo específico 3 («El refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de ocupación en estas, también mediante inversiones productivas») del Programa FEDER 2021-2027 de las Illes Balears, en los términos que constan en los apartados 3, 4, 6 y 7 de la convocatoria.

Los beneficiarios de ayudas por operaciones de inversión tienen que cumplir con las obligaciones del punto 2.5 i), q)  de la convocatoria. En concreto:

i) Exhibir en lugar visible para el público al menos un cartel de un tamaño mínimo de DIN A3 o una pantalla electrónica equivalente con información sobre la operación, donde se destaque el emblema de la Unión Europea y la mención siguiente «cofinanciado por la Unión Europea». Para facilitar el cumplimiento de esta obligación, la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio debe facilitar el cartel que incorpore esta información y que el beneficiario ha de utilizar.

Pueden descargar el cartel en este enlace.

En el supuesto de que el cartel de medida A3 no sea adecuado por el tipo de empresa y/o actividad, por ejemplo en el caso de un empresario individual del sector del taxi, el cartel se puede sustituir por una pegatina en el vehículo de menor tamaño.

Estas pegatinas se pueden recoger en las diversas sedes de ISBA, SGR. Se recomienda llamar antes de ir.

q) Reconocer la ayuda de la Unión Europea en el sitio web oficial —si se dispone— y en sus redes sociales haciendo una breve descripción de la operación, de forma proporcionada en relación con el nivel de la ayuda, los objetivos y resultados, y destacando el apoyo financiero de la Unión Europea.