Convocatoria línea CAIB -ISBA 2022 (última modificación noviembre de 2022) |
Esta convocatoria tiene por objeto regular para el ejercicio de 2022 la concesión de ayudas a los emprendedores y a las empresas de las Illes Balears, según la definición que consta en el anexo 2 de la convocatoria, que hayan formalizado operaciones financieras avaladas o coavalades por ISBA, SGR, destinadas a financiar nuevas inversiones productivas o para liquidez, formalizadas entre el 1 de diciembre de 2021 y el 30 de noviembre de 2022.
Asimismo, también regula la concesión de ayudas para operaciones de liquidez para pymes, inicialmente formalizadas entre el 1 de diciembre de 2021 y el 30 de noviembre de 2022, si bien con la última modificación de la convocatoria se alarga el plazo para estas operaciones hasta el 31 de mayo de 2023, y mejora el importe de las ayudas.
Por Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 25 de febrero de 2022 se aprobó la convocatoria para el año 2022 de ayudas a los emprendedores y a las empresas con actividad en las Illes Balears para cubrir las comisiones de apertura y de estudio, los intereses y el coste del aval de ISBA, SGR, de operaciones de financiación de inversiones productivas y de liquidez, que puede ser objeto de cofinanciación con cargo al Programa Operativo FEDER 2021-2027 de las Illes Balears. Además, la sociedad ISBA, SGR actúa como entidad colaboradora de la Administración de la Comunidad Autónoma para esta convocatoria.
La convocatoria fue modificada por resoluciones de 9 de marzo de 2022 para la corrección de errores, y por la de 2 de mayo de 2022 para ampliar los beneficiarios a determinadas grandes empresas elegibles y de sectores estratégicos como las estaciones de servicio. Mediante la Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores, de 28 de julio de 2022, de modificación de la Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 25 de febrero de 2022 (BOIB n.º 103, de 6 de agosto) se modificaron los anexo 1 y 4 de la convocatoria junto con el título de la misma.
La última modificación de la convocatoria fue por Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 11 de noviembre de 2022 (BOIB n.º 148, de 17 de noviembre), que mejora las ayudas por operaciones de liquidez que formalicen las pymes a partir del 1 de octubre de 2022 y hasta el 31 de mayo de 2023. Posteriormente se publicó una corrección de errores de esta resolución (BOIB núm. 155, de 29 de noviembre de 2022) y una corrección de errata de la misma resolución (BOIB núm. 155, de 29 de noviembre de 2022).
Los beneficiarios de ayudas derivadas de convocatorias de años anteriores no pueden ser beneficiarios simultáneamente de las ayudas que regula esta convocatoria por una misma operación de financiación o proyecto de inversión.
Las ayudas por operaciones de financiación de inversiones productivas y por operaciones de financiación de inversiones productivas transformadoras pueden ser objeto de cofinanciación en un 60 % dentro del objetivo político 1, objetivo específico 3 («El refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de ocupación en estas, también mediante inversiones productivas») del Programa Operativo FEDER 2021-2027 de las Illes Balears, en los términos que constan en los apartados 3, 4, 6 y 7 de la convocatoria.
En la tabla siguiente encontraran el resumen de los tipos de ayudas clasificadas de acuerdo con la operación financiera avalada.
Tipo de operación financiera | Beneficiario*(1) | Cuantía máxima nominal operación financiera sobre el que se debe calcular la ayuda | Tipo de ayuda | |||
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Coste del aval de SGR | Coste equivalente al 1,5% del tipo de interés | Comisión de estudio | Comisión por apertura | |||
Liquidez (operaciones nuevas formalizadas hasta el 30/09/2022) | pyme | 300.000,00 € | Anualidad 1: 100% del coste del aval con el límite del 1,25% sobre el importe del aval Anualidades 2 a 4: 50% del coste del aval con el límite del 0,625% sobre el importe del aval |
x | x | x |
Liquidez por renovación (operaciones formalizadas hasta el 30/09/2022) | pyme | 300.000,00 € | Anualidades 1 a 4: 50% del coste del aval con el límite del 0,625% sobre el importe del aval |
x | x | x |
Liquidez |
estación de servicio |
300.000,00 €*(2) | 100% del coste del aval con el límite del 1,25% sobre el importe del aval | 1,5% del tipo de interés del nominal dispuesto | Equivalente al 0,75% | Equivalente al 0,75% |
Financiación de inversiones productivas |
pyme y determinada gran empresa elegible |
1.000.000,00 € | Anualidad 1: 100% del coste del aval con el límite del 1,25% sobre el importe del aval Anualidades 2 a 4: 50% del coste del aval con el límite del 0,625% sobre el importe del aval |
El importe equivalente al 1,5% del tipo de interés durante los cuatro primeros años de la operación de financiación*(3). | x | x |
Financiación de inversiones productivas transformadoras |
pyme y determinada gran empresa elegible |
1.000.000,00 € | Anualidades 1 a 4: 100% del coste del aval con el límite del 1,25% sobre el importe del aval |
El importe equivalente al 1,5% del tipo de interés durante los cuatro primeros años de la operación de financiación*(3). | Equivalente al 0,75% | Equivalente al 0,75% |
Liquidez préstamos formalizados entre el 01/10/2022 y el 31/05/2023 |
pyme |
300.000,00 € | Anualidades 1 a 3: 100% del coste del aval con el límite del 1,25% sobre el importe del aval |
El importe equivalente al 1,5% del tipo de interés durante los TRES primeros años de la operación de financiación*(3). | Equivalente al 0,75% | Equivalente al 0,75% |
Liquidez pólizas formalizadas entre el 01/10/2022 y el 31/05/2023 | pyme | 300.000,00 € |
Anualidades 1 a 3: |
x | Equivalente al 0,75% | Equivalente al 0,75% |
*(1)Nota: Ver en el anexo 2.Ala definición de pyme, de estación de servicio y de determinada gran empresa elegible.
*(2)Nota:La cuantía máxima será el importe solicitado como anticipo a cuenta de acuerdo con el Real Decreto Ley 6/2022, incrementado en un 70%, con el límite de 300.000 €.
*(3)Nota:Ver el anexo 3 de la Resolución donde se especifica el importe equivalente por cada 1.000 euros de nominal según diferentes modalidades de plazo de la operación de financiación avalada.
El plazo para presentar las solicitudes de las ayudas es:
Procedimiento en sede electrónica
Aquí encontraran los formularios y el procedimiento en Sede Electrónica de la Convocatoria para el año 2022 de ayudas a los emprendedores y a las empresas con actividad en las Illes Balears para cubrir las comisiones por apertura y de estudio, los intereses y el coste del aval de ISBA, SGR, de operaciones de financiación de inversiones productivas y de liquidez, que puede ser objeto de cofinanciación con cargo al Programa Operativo FEDER 2021-2027 de las Illes Balears (código SIA 2856264).
Para presentar la documentación tienen que usar uno de los canales que se indican en el apartado 9.1 de la convocatoria.
Obligaciones de publicidad de la cofinanciación del Programa Operativo FEDER 2021-2027 de las Illes Balears
Si han solicitado ayudas para pymes por operaciones de financiación de inversiones productivas y por operaciones de financiación de inversiones productivas transformadoras, aquí se pueden descargar el código HTML para cumplir con las obligaciones de publicidad que establecen los apartados 2.5.y )y 2.5.q) de la convocatoria.
http://www.caib.es/sites/fonseuropeus/archivopub.do?ctrl=MCRST31ZI385903&id=385903
Línea de financiación ISBA CAIB 2022