Entidades de Gestión y Modernización de las áreas de promoción industrial

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La importancia de las áreas de promoción industrial para la economía de las Illes Balears es trascendental, puesto que hay instaladas un gran número de empresas, la facturación de las cuales es especialmente relevante y su gestión afecta de forma directa e indirecta a un gran número de personas trabajadoras. Es de especial relevancia conseguir un funcionamiento eficiente de las áreas de promoción industrial, mediante una regulación que sea capaz de establecer el mejor marco normativo posible.

Así, el Parlamento de las Islles Balears ha aprobado la Ley 5/2025, de 18 de julio, de 2025, de gestión y modernización de las áreas de promoción industrial cuyo objeto es regular el establecimiento de medidas dirigidas a lograr la modernización y la correcta gestión de las áreas de promoción industrial de las Illes Balears para mejorar la calidad e incrementar la competitividad territorial y la de las empresas que desarrollan su actividad.

La Ley ofrece un conjunto de medidas y una serie de herramientas como son las áreas de promoción industrial, las Entidades de Gestión y Modernización (EGM), las Entidades de Gestión y Modernización de carácter colaborativo (EGMC), el Registro autonómico de Entidades de Gestión y Modernización de áreas de promoción industrial de las Illes Balears, el Sistema de Información Integrada de las áreas de promoción industrial de las Illes Balears y la declaración de Municipio industrial estratégico.

    


Entidades de Gestión y Modernización de áreas de promoción industrial (EGM)

Son Entidades de Gestión y Modernización de áreas de promoción industrial (EGM) aquellas personas jurídicas integradas a la vez por personas físicas o jurídicas con capacidad jurídica suficiente, que acrediten una gestión profesionalizada de esas áreas. Se constituyen como agrupaciones sin ánimo de lucro, dotadas de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, de acuerdo con el régimen jurídico establecido por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical o la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical.

Las EGM tendrán al menos las siguientes funciones y siempre circunscritas al ámbito del área industrial gestionada:

  1. Colaborar con el ayuntamiento para facilitar el adecuado cumplimiento de sus obligaciones de conservación, mantenimiento, vigilancia, limpieza y prestación de servicios básicos.
  2. Asumir, si lo acuerdan las personas titulares y se le atribuye por el ayuntamiento competente, la gestión de los servicios municipales, conforme a la legislación aplicable.
  3. Impulsar la puesta en marcha de infraestructuras, dotaciones y servicios que mejoren y modernicen el área de promoción industrial. Las dotaciones o servicios complementarios que asuma poner en marcha el EGM o el EGMC con sus propios recursos tienen que ser en todo caso adicionales de los prestados por el ayuntamiento y, por lo tanto, concurrentes con este, pero en ningún caso sustitutivos.
  4. Velar por el adecuado uso de los elementos de la urbanización y pelo cumplimiento de los derechos y obligaciones de las personas titulares y ocupantes de los bienes inmuebles.
  5. Representar y defender los intereses comunes de las personas titulares respecto de las funciones indicadas en ese artículo, ante cualquier organismo o autoridad judicial, así como ante los juzgados y tribunales de cualquier jurisdicción, conforme a los acuerdos estatutariamente válidos.
  6. Trasladar al ayuntamiento competente las propuestas o quejas de las personas titulares a fin de conseguir un mejor funcionamiento de los servicios e infraestructuras del área industrial, dentro del ámbito de las competencias de gestión de las EGM y EGMC.
  7. Recopilar la información que le soliciten la administración local y la autonómica en relación con el área industrial y facilitarla, así como informar en el menor plazo posible el ayuntamiento de las posibles deficiencias observadas en los servicios municipales.
  8. Con la colaboración previa de las empresas, colaborar con el ayuntamiento en la elaboración de los planes de movilidad en relación con los desplazamientos de los trabajadores, las persones visitantes y los usuarios y del tráfico de mercancías y comercial.
  9. Colaborar con todas las administraciones públicas en cuanto al ejercicio de sus funciones públicas que afecten el área industrial, máxime en las actuaciones de promoción exterior y en la atracción de inversiones nacionales o extranjeras.

       


ÁREAS DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL

Un área de promoción industrial es cada uno de los ámbitos territoriales en que se establece el uso industrial como dominante o el uso adecuado para el desarrollo productivo teniendo en cuenta las necesidades para la promoción económica local.

Se pueden considerar áreas de promoción industrial las agrupaciones de ámbitos discontinuos.

Las áreas de promoción industrial pueden afectar el territorio de más de un municipio cuando se trate de áreas continuas, el suelo de las cuales no pertenezca a un solo término municipal o, en el supuesto de que prevé el apartado anterior, las áreas discontinuas agrupadas pertenezcan a varios términos municipales.

     


Registro de Entidades de Gestión y Modernización de Áreas de Promoción Industrial

El Registro de Entidades de Gestión y Modernización de Áreas de Promoción Industrial de las Illes Balears tiene naturaleza administrativo y carácter público, gratuito, electrónico y de acceso libre, sin perjuicio de aquellas restricciones necesarias para el cumplimiento de la normativa de protección de datos personales. El Registro es único para la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, depende de la consellería competente en materia de industria, y se adscribe a la dirección general competente en materia de industria que se encarga de la gestión y el funcionamiento.

 

Objetivos del Registro:

  1. Habilitar a las Entidades de Gestión y Modernización (EGM) para operar como tales.
  2. Reconocer el carácter colaborativo de las EGM (EGMC).
  3. Suministrar a los órganos competentes de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears los datos precisos para la elaboración de estadísticas industriales y la planificación de políticas públicas.

     

Entidades de Gestión y Modernización de áreas de promoción industrial de carácter colaborativo (EGMC)
Son aquellas entidades de gestión y modernización que en el desarrollo de las funciones,
colaboren con el ayuntamiento competente, mediante convenio de colaboración.

         


procedimiento de inscripción EN EL REGISTRO De EMC

a) Vía ordinaria: 

El procedimiento se inicia mediante solicitud dirigida a la consellería competente en materia de industria. 

La solicitud de adquisición de la condición de EGM del área de promoción industrial solo puede ser presentada por la persona que haya sido designada o facultada por la EGM o que tenga la representación o esté facultado para lo eso.

b) Vía Disposición transitoria única del Decreto:

Para la adquisición de la condición de EGM de las entidades a que se refiere la Disposición transitoria de la Ley 5/2025, de 18 de julio, de gestión y modernización de las áreas de promoción industrial de las Illes Balears, se debe acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley, esto es que a la entrada en vigor de la Ley, el 25 de julio de 2025, las asociaciones empresariales, comunidades de propietarios, entidades de conservación y otros órganos o entidades que agrupen personas titulares de inmuebles o empresas en áreas de promoción industrial ya estén constituidas, y además ya gestionen a través de un sistema de gerencia profesionalizada. Se considera que la gestión de las áreas de promoción industrial es profesionalizada cuadno hay una dirección técnica, estratégica y planificada, con el objectivo de mejorar la competitividad de las empresas instaladas y revalorizar el espacio.

           

Adquisición de la condición de EGM y EGMC
La condición de EGM y de EGMC se adquiere en el momento de la inscripción al Registro de las Entidades de Gestión y Modernización de las Áreas de Promoción Industrial de las Illes Balears mediante resolución del consejero competente en materia de industria.

            

Las solicitudes se tienen que presentar exclusivamente mediante el trámite telemático específico disponible en la Sede Electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, junto con la documentación prevista en el Decreto.

      

Acceso a la tramitación: Página Web Ficha del procedimiento de inscripción (UDIT-206) 

      


Normativa


CONTACTO

Para cualquier consulta en relación con las Entidades de Gestión y Modernización (EGM) y las Entidades de Gestión y Modernización de carácter colaborativo (EGMC) y con las áreas de promoción industrial se pueden poner en contacto con los responsables de esa materia en la consellería de Empresa, Autónomos y Energía a través del siguiente correo electrónico:

Correo electrónico: poligons@dgindust.caib.es