AYUDAS PARA EL REGISTRO DE INDICACIONES GEOGRÁFICAS DE PRODUCTOS ARTESANALES E INDUSTRIALES 

La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), a través del Fondo para PYME (SME Fundo), ha puesto en marcha el Bono 5, una ayuda económica destinada a facilitar el registro de las Indicaciones Geográficas (IG) de productos artesanales e industriales. 

La subvención puede alcanzar hasta los 2000€ por beneficiario y financia una parte de los gastos necesarios para obtener la protección de una Indicación Geográfica.

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¿QUÉ GASTOS CUBRE? 

El Bono 5 financiaa el 50% de los gastos subvencionables, con un máximo de 2.000€ por beneficiario, para: 

  • Las tasas del procedimiento nacional de registro de una Indicación Geográfica, cuando exista fase nacional.
  • Los gastos de elaboración del pliego de condiciones o de las especificaciones del producto, siempre que la solicitud de registro se presente correctamente.

IMPORTANTE:  

El Bono 5 no tiene carácter retroactivo. Sólo son subvencionables los gastos efectuados después de la notificación de la resolución de concesión de esta subvención. Los gastos realizados con anterioridad no podrán ser objeto de reembolso.

   


¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR EL BONO? 

Pueden solicitar esta ayuda: 

  • Productores individuales establecidos en la Unión Europea que tengan la consideración de PYME 
  • Agrupaciones de productores establecidas en la Unión Europea, siempre que al menos uno de sus miembros sea una PYME 
  • Autoridades locales o regionales o entidades privadas designadas por un estado miembro para presentar la solicitud de una Indicación Geográfica. 

     


¿CÓMO SE SOLICITA? 

El procedimiento consta de cuatro pasos: 

1. Solicitud de la subvención 

La persona solicitante debe descargar el formulario oficial del Bono 5, rellenarlo y enviarlo por correo electrónico junto con la documentación requerida.

 2. Recepción del bono 

  • El EUIPO evalúa la solicitud y, si es aprobada, comunica la concesión de la ayuda del Bono 5. 
  • El plazo habitual de resolución es de hasta 15 días hábiles 
  • Desde la notificación de la concesión, el bono tiene una vigencia de seis meses. 

 3. Presentación de la solicitud de registro de la Indicación Geográfica y pago de los gastos subvencionables 

Una vez concedido el bono, el beneficiario puede: 

  • Presentar la solicitud de registro de la Indicación Geográfica.  
  • Abonar las tasas correspondientes 
  • Pagar los gastos de elaboración del pliego de condiciones.  

Posteriormente, deberá presentar una única solicitud de reembolso, incluyendo todos los gastos subvencionables y la documentación justificativa. 

4. Reembolso  

Una vez revisada la documentación, la EUIPO efectuará el pago del  importe correspondiente. 

El reembolso se realiza, a todos los efectos, en el plazo de un mes desde la validación de la solicitud de pago.

     


¿DÓNDE SE DEBE PRESENTAR LA SOLICITUD? 

A diferencia del resto de ayudas del Fondo para Pymes, el Bono 5 no se tramita a través de la cuenta de usuario de la EUIPO ni de la plataforma del SME Fundo. 

El formulario de solicitud y los documentos anejos tienen que descargarse desde la página web específica del Fondo para Pymes. Una vez rellenados y acompañados de toda la documentación requerida, tendrán que enviarse por correo electrónico a la siguiente dirección: cigi.grants.smefund@euipo.europa.eu 

 

Pàgina Web Enlace a la página oficial del Bono 5 

    


¿CUÁNDO SE DEBE PRESENTAR? 

Presentación de solicitudes 

En caso de agotarse los fondos, el EUIPO lo comunicará en la página web del Fondo para PYME. Si posteriormente se habilitan nuevos fondos, el Bono 5 se podrá reabrir.

En caso de agotarse los fondos, la EUIPO lo comunicará en la página web del Fondo para Pymes. Si posteriormente se habilitan nuevos fondos, el Bono 5 podrá reabrirse.

 


¿QUÉ DOCUMENTACIÓN SE DEBE PRESENTAR? 

Todas las solicitudes se deben redactar en castellano y deben ir acompañadas de la documentación siguiente: 

  • Formulario de solicitud del Bono 5 para Indicaciones Geográficas de productos artesanales e industriales, debidamente rellenado.  (Editor de Text Descargar plantilla).    
  • Certificado de NIF o de IVA de la persona solicitante.  
  • Certificado o extracto bancario en el que consten el titular de la cuenta y el código IBAN. 

 

Documentación adicional (si procede) 

  • Declaración de designación y mandato: este documento sólo se debe presentar cuando la solicitud se haga en nombre de una agrupación de productores establecida en la Unión Europea que no disponga de personalidad jurídica, NIF/IVA o cuenta bancaria propia.

  • Declaración responsable para representantes externos: este documento se debe presentar cuando la solicitud sea gestionada por un representante externo en nombre de un productor, una agrupación de productores o una PYME.

Toda la documentación necesaria (formulario de solicitud, modelos de declaración, preguntas frecuentes y guía del procedimiento) está disponible en la página del Fondo para Pymes de la EUIPO.


ENLACES DE INTERÉS 

Pàgina Web Enlace a la página oficial del Bono 5 

PDF Enlace a la convocatoria del Bono 5