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Planes de formación de la EBAP

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Instrucciones específicas del Plan de Formación Policial 2024

Punto 1. Modalidades de inscripción a los cursos

Las persones destinatarias del Plan de Formación Policial de 2024 pueden tramitar la solicitud por medio de dos procedimientos:

a) Mediante la matriculación por Internet. Para matricularse, se tiene que acceder a la página web de la EBAP (https://www.caib.es/sites/formacioebap); a continuación, a <Planes de formación de la EBAP 2024>;  plan específico;  y finalmente, acceder a la matriculación mediante la ficha de cada curso. b) Mediante el impreso habilitado a tal efecto, en el cual tienen que hacer constar todos los datos que se solicitan, incluida la dirección electrónica, que es la herramienta para comunicar la admisión en los cursos. La carencia de datos puede ser motivo de exclusión. Las solicitudes se tienen que presentar en el Registro General de la EBAP, en el de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, o de acuerdo con cualquier de las formas que determina la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Punto 2. Presentación de documentación

2.1. Se tiene que rellenar la solicitud completamente, incluida la dirección de correo electrónico, que es la herramienta que se utiliza para comunicar la admisión a los cursos de formación. Se tiene que escribir el código completo del curso. No se admitirá ninguna solicitud sin los datos profesionales de la persona.

2.2. En el momento de rellenar la solicitud, se tiene que firmar una declaración de responsabilidad sobre la veracidad de los datos consignados incluida en el mismo trámite telemático o en el impreso de solicitud.

2.3. Los requisitos de algunos cursos se tienen que acreditar o alegar para ser comprobados por la EBAP junto con la solicitud y de manera individualizada. Cuando el requisito haga referencia a la necesidad de presentar una propuesta de la jefatura, la propuesta tiene que prever una justificación sobre la idoneidad del alumno o la alumna para el curso en cuestión. La no presentación de dicha propuesta junto a la solicitud del curso dará lugar a la anulación de la solicitud por parte de la EBAP.

2.4. En caso de presentarse la solicitud por vía telemática, la documentación se tiene que presentar a la EBAP o mediante correo electrónico.

2.5. La presentación de la solicitud para participar en este plan supone el conocimiento y la aceptación inequívocos del aspirante del tratamiento de los datos de carácter personal a cargo del órgano competente y únicamente para las finalidades establecidos. El tratamiento de la información facilitada en las solicitudes tendrá en cuenta las previsiones del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Punto 3. Requisitos y condiciones preferentes

3.1. Cuando el plan de formación establezca personas destinatarias preferentes para la actividad formativa, la EBAP comprobará que las personas interesadas cumplen las condiciones preferentes. En caso de que no haya aspirantes suficientes, la EBAP podrá hacer extensiva la actividad formativa a aspirantes que no cumplan las condiciones preferentes pero que tengan un perfil que se adecue al contenido del curso.

3.2. Cuando un curso establezca un requisito excluyente para participar en la actividad formativa, no se admitirán las solicitudes de las personas interesadas que no lo cumplan.


Punto 4. Selección

4.1. Solo se admitirán las solicitudes que cumplan los requisitos que establecen estas instrucciones.

Los criterios de prelación de la selección son los siguientes:

1. Pertenecer al grupo de personas destinatarias del plan de formación y del curso específico. 2. En igualdad de condiciones, no haber participado en otras actividades de la EBAP convocadas en 2022 y 2023. 3. La fecha de presentación de la solicitud. 4. No estar inmerso en la coacción de un expediente disciplinario. 5. Ser personal adscrito a una corporación local que no tenga la consideración de administración promotora en conformidad con el artículo 10 del Acuerdo de formación para la ocupación de las administraciones públicas de 9 de marzo de 2018.

4.2. Pueden ofrecerse cursos en que se tenga que superar una prueba de selección con unos criterios de evaluación determinados previamente.

4.3. Si hay actividades presenciales que coincidan parcialmente o totalmente en las fechas, las personas interesadas solo serán admitidas a una actividad. Sin embargo, es posible la admisión a un curso presencial o semipresencial y a un curso en línea que coincidan parcialmente o totalmente en las fechas, y también la admisión a dos cursos en línea que coincidan parcialmente o totalmente en las fechas.