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Servicio de escolarización

Ubicación del domicilio familiar

  • No se admitirá como domicilio familiar el de parientes u otras personas que no pertenezcan a la unidad familiar.
  • En caso de discrepancia entre la antigüedad del empadronamiento del menor y el de los progenitores, a efectos de puntuación, se tendrá en cuenta el empadronamiento más reciente.
  • Por cambio de domicilio, solo se acumulará la puntuación si el cambio de domicilio se hace dentro de la misma zona escolar.
  • Para los casos de acogida familiar, se podrá tener en cuenta la antigüedad de empadronamiento de la familia de acogida.
  • Cuando se trate de alumnos que se encuentran dentro de centros de acogida residencial en instituciones públicas o privadas, se otorgará la máxima puntuación prevista en el apartado de domicilio dentro de la zona de influencia, previa justificación de la situación.
  • No se puede sumar la puntuación por la ubicación del domicilio del alumno y la del lugar de trabajo del padre, madre o tutores legales o del alumno. Se tiene que escoger uno de los dos conceptos.
  • Se tienen que añadir 2,75 puntos más durante la fase de baremación en aquellos casos en que se produzca un cambio de zonificación por parte de la Administración educativa y ello suponga quedar fuera de la zona de influencia en relación a los cinco cursos anteriores, para aquellos alumnos que tengan hermano en el centro; o padre, madre o tutor que trabaje en él.
  • Si se produce un cambio de domicilio dentro de la misma zona escolar se respetará la antigüedad en el domicilio anterior. En el caso de zonas escolares que comprenden más de un municipio, si el cambio incluye distintos municipios, se deberá presentar el certificado de empadronamiento en papel del municipio donde se ha producido la baja.
  • En el caso de adscripciones:
    1. Se otorgarán los puntos por domicilio a la persona solicitante de un centro de origen de infantil que no ofrezca educación primaria si vive en la zona del centro de destino.
    2. En el caso de centros de origen y destino que no se encuentran en la misma zona, en el momento que se produce el cambio de centro propio de la adscripción, se otorgarán los puntos por domicilio propios de la zona del centro de destino al cual esté adscrito el centro de origen del solicitante, siempre y cuando la persona solicitante viva en la zona del centro de origen.

 

Puntuación que se otorga

  • 5,5 puntos si el alumno/a está en régimen de acogimiento residencial.

Zona de influencia

  • 2 puntos por el simple hecho de tener el empadronamiento dentro de la zona de influencia del centro de forma continuada e ininterrumpida.
  • 2 puntos por 1 año completo de antigüedad en el empadronamiento dentro de la zona de influencia del centro de forma continuada e ininterrumpida.
  • 1,5 puntos por 2 años de antigüedad en el empadronamiento dentro de la zona de influencia del centro de forma continuada e ininterrumpida

 

Zona limítrofe

  • 1 puntos por el simple hecho de tener el empadronamiento dentro de la zona limítrofe del centro de forma continuada e ininterrumpida.
  • 1 puntos por 1 año completo de antigüedad en el empadronamiento dentro de la zona limítrofe del centro de forma continuada e ininterrumpida.
  • 0,75 puntos por 2 años de antigüedad en el empadronamiento dentro de la zona limítrofe del centro de forma continuada e ininterrumpida.
  • 2,75 puntos de compensación por el motivo indicado más arriba, si se diera el caso.

Documentación

    • Se tienen que presentar dos certificados de empadronamiento (el del menor i el de un progenitor) expedidos por el ayuntamiento, con indicación de la antigüedad de las últimas variaciones padronales. Si hay una discrepancia entre la antigüedad del empadronamiento del menor y de uno de los progenitores, a efectos de puntuación se tendrá en cuenta el empadronamiento más reciente.
    • En el caso de un menor en situación de acogimiento familiar simple o permanente, preadopción o adopción, se puede presentar un certificado de empadronamiento del padre, la madre, los tutores legales o los acogedores.
    • En el caso de menores en situación de acogimiento residencial, documentación que lo justifique.

No es necesario presentar los certificados de empadronamiento (del alumno/a y de uno de los tutores) si se es residente en alguno de los municipios adheridos a la plataforma de interoperabilidad de las Islas Baleares. Para el proceso de escolarización 2023-2024 estos municipios son los que se encuentran en la página web de interoperabilidad: https://www.caib.es/sites/interoperabilitat/es/servei_propi_scdhpaju-64436/