Criterios elegidos por el centro

  1. Alumnos con necesidades educativas especiales motrices, sensoriales y auditivas que opten a ocupar una plaza en alguno de los centros especialmente dotados y adaptados para atender las necesidades educativas especiales asociadas a estas tipologías.
  2. Para el primer curso del segundo ciclo de educación infantil, haber sido escolarizado (un mínimo de 4 meses) en una escoleta de la Consejería de Educación i Formación Profesional o en una escuela de primer ciclo de educación infantil autorizada (EI, CEI). 

Puntuación que se otorga

  • Los centros pueden escoger las circunstancias que consideren pertinentes y valorarlas según su criterio, y dar una fracción (no superior a 0,5) del punto a cada una de las circunstancias. La puntuación máxima será de 1 punto.
  • En los siguientes documentos podéis consultar los criterios elegidos por cada centro. Si un centro no aparece es porque no otorga puntos en este apartado.

PDF Criterios de los centros de Mallorca proceso 2024-2025

PDF Criterios de los centros de Menorca proceso 2024-2025

PDF Criterios de los centros de Eivissa proceso 2024-2025 

PDF Criterios de los centros de Formentera proceso 2024-2025 

Documentación

  • Para justificar haber estado escolarizado en una escoleta autorizada por la conselleria durante un mínimo de 4 meses durante el curso anterior, si la escoleta utilizaba el GestIB, el centro de 4º de infantil tendrá el histórico de escolarización del alumno i podrá consultar si, efectivamente, éste cumple el requisito. De no ser así, se tendrá que presentar un certificado en papel.
  • En el caso de tener una discapacidad auditiva o motora, se puede hacer la consulta telemática del certificado de disacapacidad.

Podéis consultar el listado de escoletas autorizadas por la Conselleria de Educación y Formación Profesional aquí.