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Servicio de escolarización

Familia numerosa o monoparental

  • Para tener derecho a esta puntuación es necesario tener el título de familia numerosa en vigor.
  • Como consecuencia de la aprobación de la Ley 8/2018, de 31 de julio, las familias monoparentales podrán obtener 1 punto en el apartado de familia numerosa general. La familia monoparental es asimilable a familia numerosa y hace referencia a familias monoparentales con dos o más hijos, o a familias monoparentales con un hijo con discapacidad reconocida del 33% o superior.
  • En ningún caso se puede acumular la puntuación por familia numerosa general y la de familia monoparental en este apartado.

Puntuación que se otorga:

  • 1 punto en los casos de familia numerosa general
  • 2 puntos en los casos de familia numerosa especial
  • 1 punto en el caso de familia monoparental especial, que se equipara a familia numerosa general.

Documentación

  • Título de familia numerosa en vigor. Si éste está expedido en Mallorca o en Menorca, se puede consultar telemáticamente. En caso de Eivissa y Formentera, es necesario aportar el documento en papel.
  • Para acreditar familia monoparental: título oficial de familia monoparental en vigor.