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Subvenciones fomento de la igualdad de género y la inclusión de personas con discapacidad en el deporte en el ámbito de las federaciones deportivas y delegaciones de las federaciones deportivas españolas

La convocatoria va destinada al fomento de la igualdad de género y la inclusión de personas con discapacidad en el deporte en el ámbito de las federaciones deportivas de las Islas Baleares y delegaciones de las federaciones deportivas españolas en las Islas Baleares.

El objetivo de la convocatoria se la implementación de la medida C26.Y3 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que tiene reconocido el objetivo CID 375: «Realización de acciones en el marco del Plan Nacional del Deporte: Finalización de acciones en el marco del Plan Social del Deporte, acciones para promover la presencia de mujeres al deporte profesional (programas de formación, campañas de marketing y estudios)

Código SIA

2982520

Personas destinatarias

Se pueden acoger a esta convocatoria las federaciones deportivas de las Islas Baleares y delegaciones territorial de federaciones deportivas españolas en las Islas Baleares legalmente reconocidas e inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares.

Para poder acceder a estas subvenciones, las federaciones deportivas tienen que estar al cabo de la calle de todas las obligaciones con la Administración deportiva de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares, establecidas en la legislación siguiente:

Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Islas Baleares.

Decreto 33/2014, de 1 de agosto, por el cual se regula el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares.

Decreto 33/2004, de 2 de abril, por el cual se regulan las federaciones deportivas de las Islas Baleares

Plazo máximo para la resolución y notificación

El plazo máximo para resolver el procedimiento y publicar las resoluciones es de seis meses desde la fecha de acabamiento del plazo de presentación de solicitudes

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Turismo, Cultura y Deportes

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

De acuerdo con el artículo 17 de la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 12 de febrero de 2021, las entidades beneficiarias de estas subvenciones tienen las obligaciones siguientes:

a) Comunicar al órgano competente que se acepta la propuesta de resolución o que se renuncia, en los términos de la resolución de la convocatoria. En cualquier caso, se entiende que la entidad desiste si no manifiesta la aceptación en el plazo indicado en el punto 15.5.

b) Acreditar ante la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes que se cumplen de manera efectiva los requisitos y las condiciones para acceder a las ayudas y, en especial, que se mantiene la actividad subvencionada.

c) Acreditar, de la manera establecida reglamentariamente, antes de que se dicte la propuesta de resolución de concesión, que se está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante la Administración del Estado y de las obligaciones tributarias ante la Hacienda autonómica.

El límite para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social previsto al párrafo segundo de la letra f) del artículo 11 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones es de hasta diez mil euros, según el artículo 17 a) de la Ley 4/2021.

d) Comunicar al órgano que concede las subvenciones cualquier variación de su situación que pueda tener incidencia en la conservación y la cuantía de las ayudas, en el plazo de veinte días hábiles desde que se origine la variación.

e) Asumir la diferencia económica entre el importe de la cantidad concedida y el coste de la actividad para la cual se solicita la subvención, ya sea con fondos propios, o bien a través de aportaciones de terceros, garantizando que esta se haga efectiva en los plazos y condiciones establecidos para el otorgamiento de la subvención.

f) Comunicar al órgano concedent la obtención otras subvenciones, ayudas o financiación para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración pública o ente privado o público, tanto nacional como extranjero, en el plazo de tres días habilidosos desde la solicitud u obtención de la subvención concurrente y, en todo caso, antes de la justificación de la aplicación que se haya dado a los fondos percibidos.

g) Facilitar toda la información que los requiera el órgano de control financiero correspondiente.

h) Colaborar con las actuaciones de control y comprobación que puedan llevar a cabo los órganos competentes, y aportar toda la información y la documentación que le requieran en el ejercicio de estas actuaciones.

y) En cumplimiento del artículo 132 del Reglamento Financiero 2018/1046, se tiene que mantener un registro y conservar los documentos justificativos, los datos estadísticos y otra documentación en lo referente a la financiación, como también los registros y documentos en formato electrónico, durante un periodo de cinco años a partir del pago de la subvención. Este periodo será de tres años si la financiación es de un importe inferior o igual a 60.000 euros.

j) Aportar una memoria justificativa de la aplicación de las ayudas otorgadas y que explique la realización.

k) Justificar los gastos efectuados con cargo a las ayudas otorgadas, en la forma oportuna y dentro del plazo establecido, a todos los efectos, en esta norma y, con carácter específico, en las resoluciones de concesión correspondientes.

l) En cumplimiento del que establece el Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y el artículo 8.1 de la Orden HPF/1030/2021 de 29 de septiembre, la entidad solicitante de la subvención tiene que presentar las siguientes declaraciones relativas

1r) Que conoce la normativa de aplicación, sobre cesión y tratamiento de datos, en particular el que establece el apartado 2 letra d) y el apartado 3, del artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero del 2021, por el cual se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia; y que acepta la cesión y el tratamiento de los datos con los hasta expresamente relacionados en estos artículos.

2n) Que autoriza expresamente el acceso a la Comisión Europea, la OLAF (Oficina Europea de Lucha contra el Fraude), al Tribunal de Cuentas de la UE y, en su caso, a la Fiscalía Europea, y a ejercitar los derechos que los reconoce el artículo 129.1 del Reglamento Financiero 2018/1046.

3r) Que se compromete con los estándares más exigentes relativos al cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, con adopción de las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés , comunicando si procede a las autoridades que escaigui los incumplimientos observados.

4t) Que respeta los principios de economía circular y evita los impactos negativos significativos al medio ambiente en la ejecución de las actuaciones subvencionadas.

5è) Que no incurre en doble financiación y, si procede, no tiene constancia de riesgo de incompatibilidad con el régimen de ayudas del Estado.

m) Cumplir la obligación de información, comunicación y publicidad , conforme al artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241, con las especificidades que también prevé el apartado 23 de esta convocatoria.

La persona beneficiaria tiene que ejecutar todo el proyecto aprobado que haya fundamentado la concesión de la subvención.

Documentación a presentar

Las entidades interesadas tienen que presentar una solicitud, de acuerdo con el modelo que consta como impreso 1, y que tiene que firmar la persona representando legal de la entidad.

A la solicitud se tiene que adjuntar la documentación siguiente:

a) Imprimido de solicitud rellenado, en el cual consten los datos de la persona beneficiario y firmado adecuadamente por la persona solicitante o la persona autorizada por esta o su representante legal.

b) Identificación del solicitante: fotocopia del documento oficial de identificación de la persona solicitante y de la persona autorizada o del representante legal, si procede; y acreditación de la representación, si procede.

c) Declaración responsable de la persona solicitante, que al momento de la solicitud tiene domicilio fiscal en España, o bien, certificado acreditativo de lo Agencia Tributaría de esta circumstancia (incluido al impreso de solicitud, declaraciones responsables).

d) En conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 61 del Real decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el cual aprueba el Reglamento de Actuación y Funcionamiento del sector público por medios electrónicos, la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes puede obtener —excepto la oposición expresa de la persona interesada que se tiene que hacer constar en el modelo de solicitud—los certificados acreditativos que la entidad interesada está al cabo de la calle de las obligaciones con la Agencia Tributaria Estatal y la Seguridad Social, si procede, además de la verificación de los datos de identidad (NIF). En caso de que no se autoricen estas consultas, tiene que aportar la documentación acreditativa de estar al cabo de la calle de las obligaciones anteriores, además de una copia del documento de identidad, si procede, junto con la solicitud de ayudas.

El límite para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social previsto al párrafo segundo de la letra f) del artículo 11 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones es de hasta diez mil euros, según el artículo 17 a) de la Ley 4/2021.

e) Una declaración responsable firmada (imprimido 2) que incluye:

1r) Que la persona solicitante no se encuentra incursa en ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiaria de subvenciones que establece el artículo 10 del texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, en relación con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

2n) Que la persona solicitante se compromete a cumplir las obligaciones que establece el artículo 11 del texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

3r) Que la persona solicitante se compromete a cumplir las obligaciones que establece el artículo 17 de la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 12 de febrero de 2021 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de deportes.

4t) Que la persona solicitante se compromete a cumplir las obligaciones establecidas en su punto 6 de esta convocatoria de subvenciones.

5è) Que la persona solicitante no ha sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes, ni de sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.

6è) Que se compromete a cumplir las obligaciones establecidas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales y que no ha sido sancionada, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

7è) No encontrarse, la persona que ejerza la representación legal de la entidad, en los supuestos de incompatibilidad establecidos a la normativa vigente.

f) En cumplimiento del que establece el Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y el artículo 8.1 de la Orden HPF/1030/2021 de 29 de septiembre, la entidad solicitante de la subvención tendrá que presentar las siguientes declaraciones relativas a:

1r) Que conoce la normativa de aplicación, sobre cesión y tratamiento de datos, en particular el que establece el apartado 2 letra d) y el apartado 3, del artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero del 2021, por el cual se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia; y que acepta la cesión y el tratamiento de los datos con los hasta expresamente relacionados en estos artículos (imprimido 3).

2n) Que autoriza expresamente el acceso a la Comisión Europea, la OLAF (Oficina Europea de Lucha contra el Fraude), al Tribunal de Cuentas de la UE y, en su caso, a la Fiscalía Europea, y a ejercitar los derechos que los reconoce el artículo 129.1 del Reglamento Financiero 2018/1046 (imprimido 3).

3r) Que se compromete con los estándares más exigentes relativos al cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, con adopción de las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés , comunicando, si procede, a las autoridades que escaigui los incumplimientos observados (imprimido 4).

4t) Que se han respetado los principios de economía circular y evitado los impactos negativos significativos al medio ambiente en la ejecución de las actuaciones subvencionadas (imprimido 5).

5è) Que no incurre en doble financiación y, si procede, no tiene constancia de riesgo de incompatibilidad con el régimen de ayudas del Estado (imprimido 6).

6è) Subscribir la declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR de acuerdo con el modelo anejo IV.C de la Orden HFP/1030/2021.

g) Una declaración responsable firmada de la veracidad de los datos bancarios aportados, excepto que ya conste, tramitada válidamente, en los archivos de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares. En este caso, es suficiente indicar los datos. La titularidad de la cuenta bancaria tiene que ser de la persona beneficiaria de la subvención (imprimido 7).

h) Una declaración responsable en la cual se haga constar que la persona solicitando no ha solicitado ni recibo cabe otra ayuda para la misma finalidad de cualquier administración pública o ente privado o público, tanto nacional como extranjero, o, en caso contrario, una relación de las entidades a las cuales ha solicitado una subvención o ha obtenido alguna, con indicación de la cuantía solicitada o concedida (imprimido 8).

y) Una declaración responsable de no tener vigente ninguna sanción firme grave o muy grave en materia deportiva, ninguna sanción firme por dopaje, ni ninguna sanción penal firme por delitos relacionados con el dopaje.

h) Memoria explicativa del proyecto a desarrollar.

j) Presupuesto de ingresos y gastos del proyecto a desarrollar.

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo de 20 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria modificada en el BOIB .

Día 12-04-2023

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Deportes

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Administración Deportiva

C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).

(aamengual@esports.caib.es)

Observaciones

En cas que es presenti diverses actuacions hauran d'especificar-se en el mateix projecte i en una única sol·licitud.

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Deportes

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una obligación legal

Destinatario

No se cederán datos a terceros disparo de obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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