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Asociaciones de personas consumidoras y usuarias

 

1. ¿Qué son y qué hacen?

Son entidades sin ánimo de lucro constituidas legalmente que tienen por objeto la defensa, la información, la educación, la formación, la asistencia y la representación de los derechos de las personas consumidoras y usuarias. También tienen esta consideración las entidades constituidas como cooperativas que compartan los mismos objetivos y cumplan una serie de requisitos. 

Es responsabilidad de los poderes públicos fomentar este tejido asociativo y promover el diálogo con organizaciones empresariales y profesionales, así como favorecer su participación activa en programas conjuntos de protección de las personas consumidoras y usuarias frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, que protegen especialmente a colectivos vulnerables como es el caso de los menores, personas de avanzada edad, con bajo nivel de digitalización, con discapacidad funcional, intelectual, cognitiva o sensorial y, en general, que tienen dificultades por la falta de accesibilidad a la información.

 

2. ¿Qué derechos tienen?

A las asociaciones de personas consumidoras y usuarias se les reconocen, entre otros, los siguientes derechos:
a)    Estar presentes en los órganos colegiados de participación y en los consejos de carácter general y sectorial que traten temas de consumo, especialmente en el Consejo de Consumo de las IB.
b)    Promover los procedimientos administrativos para la defensa de las personas consumidoras en Baleares y comparecer en aquellos iniciados por terceras personas.
c)    Participar en el sistema arbitral de consumo a través de la Junta Arbitral de Consumo de las IB.
d)    Acceder a las ayudas y subvenciones que concedan las administraciones públicas de Baleares para la defensa de las personas consumidoras.
e)    Obtener información de las administraciones públicas.
f)    Participar en sociedades mercantiles en la forma que establece la normativa vigente.
g)    Definir en sus estatutos el marco de colaboración con los operadores de mercado y suscribir acuerdos según la normativa de aplicación. Dicha documentación se ha presentar en el Registro de asociaciones de consumidores y usuarios de les Illes Balears.

Para poder disfrutar de los apartados a), c) y d) las entidades tienen que figurar en el Registro de asociaciones de consumidores y usuarios de las Illes Balears. No los pueden disfrutar las que incluyan como asociadas personas que actúen con ánimo de lucro, perciban ayudas o subvenciones de empresas suministradoras de bienes o servicios, o efectúen publicidad no exclusivamente informativa de los bienes o servicios.

Tienen derecho a ser consultadas obligatoriamente en los siguientes procedimientos:

  • Elaboración de reglamentos y disposiciones administrativas que afecten a las personas consumidoras y usuarias.
  • Aprobación de precios y tarifas de los servicios cuando afecten directamente a las personas consumidoras y estén legalmente sometidos al control de las administraciones públicas de las Illes Balears.
  • En otros casos en los que lo establezca una ley. 

 

3. ¿Qué obligaciones tienen?

Las entidades inscritas en el Registro de asociaciones de consumidores y usuarios de las Illes Balears tienen las siguientes obligaciones:

a)    Ajustar sus actuaciones a los principios de buena fe y lealtad, no divulgando datos de productos o servicios cuando puedan afectar a la salud, seguridad o derechos económicos de las personas consumidoras.
b)    Colaborar con las administraciones públicas proporcionándoles información cuando haya riesgos para la salud o seguridad de las personas consumidoras, o se puedan vulnerar sus intereses económicos y sociales.
c)    Colaborar con las administraciones públicas en la detección, localización y comunicación de actividades y prácticas irregulares que afecten a las personas consumidoras, así como participar y coordinar sus actuaciones en el desarrollo de programas de políticas públicas de consumo.
d)    Ofrecer asesoramiento y protección jurídica a las personas consumidoras.
e)    Ejercer su actividad de manera profesional y autónoma, garantizando su independencia.
f)    Presentar una relación anual de las personas asociadas, indicando quiénes forman parte de su órgano directivo, el balance anual de cuentas y el plan de actividades. 

 

4. ¿Cómo se constituyen?

Para obtener información detallada sobre la constitución de una asociación/ cooperativa y los trámites que les afectan, así como conocer las ya existentes, se recomienda acceder los siguientes espacios web:

Asociación:

Cooperativa:

Una vez finalizado el trámite de constitución e inscripción de la asociación o cooperativa en su respectivo registro autonómico, se debe proceder a la inscripción específica en el Registro de asociaciones de consumidores y usuarios de les Illes Balears de la Dirección General de Prestaciones, Farmacia y Consumo cuando cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar constituida legalmente sin finalidad lucrativa y tener un funcionamiento democrático fijado por estatutos.
b) Tener domicilio social y ámbito de actuación territorial limitado a las Illes Balears.
c) Tener como objetivos la defensa, la información, la educación, la formación, la asistencia y la representación de los derechos e intereses de las persones consumidores y usuarias.

 

5. ¿A qué ayudas económicas pueden acceder?

Para obtener información sobre subvenciones destinadas a las asociaciones de personas consumidoras y usuarias que conceden diferentes organismos públicos, se recomienda acceder a los siguientes espacios web:

  • Sede Electrónica del Gobierno de las Islas Baleares. Ofrece información sobre las convocatorias existentes de ayudas con trámite de presentación abierto. Además de consultar las novedades, se puede buscar las líneas de subvenciones existentes seleccionando el tipo de procedimiento (subvenciones, ayudas, becas y premios) y el tipo de destinatario (personas, empresas o administraciones).
  • Base de Datos Nacional de Subvenciones. Opera como sistema nacional de publicidad de subvenciones y recoge información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión de las diferentes administraciones a nivel nacional, autonómico y local. 

 

6. ¿Qué normativa las regula?

 

7. ¿Dónde puedo obtener más información?

Servicio de Educación, Formación y Relaciones Institucionales
Dirección General de Prestaciones, Farmacia y Consumo (carrer de Jesús 38 A, 07010 Palma)
rel.institucionals@dgconsum.caib.es
Tel. 971 17 95 30 / 971 17 65 91