REQUISITOS DE LAS ENTIDADES FORMADORAS RITE


Según el Real decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, una de las vías de obtención del carné es la superación un examen previa realización de un curso teórico-práctico, y además acreditar una experiencia laboral de un mínimo de tres años en una empresa instaladora o mantenedora como técnico.

Los requisitos que deben cumplir las entidades formadoras en materia de instalaciones térmicas que deseen ser autorizadas por la DG en materia de indústria de la CAIB para poder impartir el mencionado curso teórico-práctico son las siguientes:


REQUISITOS COMUNES A TODAS LAS ENTIDADES DE FORMACIÓN QUE DESEEN SER AUTORIZADAS POR LA DG EN MATERIA DE INDUSTRIA DE LA CAIB:

1. Entidades y centros de formación

La entidad de formación debe estar constituida legalmente, y en sus estatutos debe figurar expresamente la actividad de formación. La entidad debe estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Las entidades de formación pueden disponer de uno o más centros de formación. Dichos centros deben cumplir la normativa en materia de actividades y, por tanto, tener las licencias municipales que amparen la actividad de formación o haber hecho los trámites pertinentes con los ayuntamientos correspondientes para cumplir la normativa en materia de actividades.

La entidad de formación debe disponer de forma estable de centros de formación, en el caso de cursos con parte presencial obligatoria. Esto es, que los documentos de derecho de uso de las instalaciones del centro no se pueden remitir a un uso o un arrendamiento futuro ni limitarse a la duración de las acciones formativas. Se considera una disponibilidad estable la vigencia mínima de 2 años, preferentemente prorrogable.

En los casos de centros que tengan una actividad principal diferente de la de formación, la actividad de formación debe estar prevista en la licencia o declaración de inicio de actividad o en el proyecto técnico.

2. Espacios formativos y espacios comunes

Son espacios formativos las aulas, las aulas-taller, los talleres y otros espacios singulares en los que se imparte la formación.

La superficie de las aulas respetará la proporción de 3 m2 por alumno. Para el resto de espacios formativos, se respetará dicha proporción salvo en el caso de que existan requisitos específicos en función del tipo de formación. Dichos requisitos específicos también pueden establecer limitaciones en cuanto a número de alumnos por grupo. En todo caso, la ocupación de los diferentes espacios no superará en ningún caso la ocupación permitida a los efectos en la en la licencia o declaración de inicio de actividad.

Cuando haya instalaciones compartidas con otra entidad, se deben relacionar claramente los espacios comunes y formativos que se utilizarán, y se ha indicar expresamente que las diversas actividades que se desarrollen no interferirán en la actividad formativa.

En cuanto a los espacios singulares, se deben cumplir las normas en materia de actividades que les sean exigibles y deben contar con las licencias pertinentes. Son espacios singulares los destinados a impartir contenidos prácticos de formación que necesariamente deben ser instalaciones externas al centro por sus características.

En cuanto a la forma o distribución de los espacios formativos, se debe tener en cuenta la superficie efectivamente útil (la que permite una buena visualización de los procesos de enseñanza y la interactuación los participantes). En este sentido, por ejemplo, se considera que no cumplen la superficie mínima aquellos espacios en forma de «L» en que quede limitada la movilidad o la visibilidad.

Mobiliario y equipo.

Los centros deben disponer de los equipamientos mínimos, de forma estable y no supeditada a la duración de las actividades formativas:

- Mobiliario suficiente para el personal docente y para el número de alumnos a formar. No se aceptan como mesas las palas de las sillas con brazo

- Pizarra o rotafolio

- Proyector y pantalla

- Ordenador con conexión a Internet y una impresora. Si en los programas formativos se prevé un uso frecuente e intensivo de la informática o el uso de software, debe haber además un ordenador para cada alumno

Solamente en el caso de equipamientos que puedan considerarse singulares porque comporten un coste de adquisición sumamente elevado y que el uso que se haga durante la formación no sea frecuente o intensivo se permiten alquileres o cesiones limitados a la duración de las acciones formativas. Por ejemplo, se puede considerar equipamiento singular una grúa torre.

En general, las instalaciones y los equipamientos, así como las técnicas y los materiales que se requieran para impartir la formación deben corresponder a los que se utilizan en la actualidad en las empresas de los sectores productivos de las áreas a las que pertenece cada especialidad formativa. En el caso concreto de equipamientos informáticos, no deben ser obsoletos y deben contar con sistemas que permitan que en todo momento el software utilizado funcione adecuadamente.

Espacios comunes

Los centros deben disponer de espacios comunes para las actividades de dirección y gestión técnica y administrativa de la formación que llevan a cabo los trabajadores y formadores, así como los destinados a la atención al público y la atención personalizada del alumnado. Se consideran espacios comunes, además de los baños, la recepción, los despachos de dirección y de tutorías, las salas de profesorado y coordinación, las secretarías o espacios de administración, etc.

Estos espacios deben estar ubicados en las mismas instalaciones en las que se imparte, al menos, la parte teórica de la formación y serán lugares diferenciados y aislados de las aulas. En ningún caso, las aulas pueden ser zonas de paso para acceder a las zonas comunes.

Accesibilidad

Las instalaciones de los centros de formación deben contar con medios tendentes a facilitar la accesibilidad universal, de conformidad con el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y normas de desarrollo.

3. Teleformación

Los contenidos teóricos de los diferentes temarios, se podrán ofrecer en la modalidad de teleformación siempre y cuando la entidad disponga de los medios adecuados. En el caso de que se solicite esta modalidad, la plataforma de formación de la cual se disponga deberá cumplir:

A. Acceso de los alumnos

Deberá garantizar la autentificación de la persona que accede. Para que el usuario sea dado de alta en la plataforma, deberá proporcionar sus datos de registro en el sistema, bien de forma presencial mediante formulario normalizado, o bien de forma telemática, previa autenticación del usuario mediante un certificado electrónico. Tras el proceso anterior, se generarán las credenciales de acceso al sistema del alumno, de forma personal e intransferible.

B. Perfiles de acceso

La plataforma deberá contar con al menos cuatro tipos de perfiles:

- Perfil Administrador, destinado al gestor de la plataforma. Administración de la plataforma, que permitan la gestión de usuarios (altas, modificaciones, definición, asignación y gestión de permisos, perfiles y roles, autenticación y asignación de niveles de seguridad).

- Perfil tutor o formador, destinado al personal docente. Gestión de contenidos, evaluación y para atender y resolver las consultas del alumnado.

- Perfil alumno. Acceso a los contenidos e información de progreso y evaluación, previa autentificación.

- Perfil verificador externo, destinado los órganos competentes de las Comunidades Autónomas. Acceso a los contenidos, e informes de progreso y evaluación de cada alumno, así como a la información de autenticación.

C. Control de la realización del procedimiento de formación

La aplicación dispondrá de informes de seguimiento con las siguientes características:

- Deben generarse automáticamente.

-Tienen que poder imprimirse o exportarse a ficheros externos.

- Deben incluir el progreso del alumno respecto del total de la formación y registrar el tiempo invertido por el mismo, y los resultados obtenidos en las pruebas de evaluación realizadas.

D. Cumplimiento a los requisitos en materia de protección de datos de carácter personal vigentes en cada momento.

4. Personal y Servicio de información al público

Las entidades deberán acreditar la existencia de un coordinador docente.

Tanto las entidades como los centros de formación deben cumplir la normativa en materia de información, protección y defensa de los consumidores y usuarios, en lo que afecta la actividad de formación.

Deben contar, por tanto, con un servicio para ofrecer información tanto a los alumnos como las personas interesadas en las ofertas formativas, así como para atender reclamaciones, y dispondrán del personal de dirección, administración y atención al público adecuado y suficiente. Este personal puede estar ubicado en las instalaciones de los centros de formación o en otras ubicaciones.

En los centros de formación, sus espacios e instalaciones deben estar adecuadamente identificados y los horarios de apertura y atención al público deben difundirse públicamente y estar señalizados. El horario de apertura y de atención al público debe ser suficiente, mínimo de dos horas de atención presencial, para atender el servicio de información y para cumplir las tareas de gestión de la formación del centro o la entidad, tanto antes del inicio de las acciones formativas (al menos desde la concesión o autorización) como durante su desarrollo y también después de haberlas finalizado (al menos hasta un mes después). Si el personal de información no está ubicado en las instalaciones del centro de formación, debe haber en un lugar visible y accesible, además de la identificación del centro, un cartel informativo con el número de teléfono, el correo electrónico y el horario de información y atención al público.


REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LAS ENTIDADES FORMADORAS EN MATERIA RITE

Las personas jurídicas o físicas que deseen ser autorizadas por la Dirección General en materia de Industria de la CAIB como entidad formadora en el ámbito RITE deberán cumplir, además de los requisitos comunes a todas las entidades formadoras, los requisitos y prescripciones que se indican a continuación.

1. Número de alumnos

El máximo número de alumnos por curso es de 30.

2. Espacios formativos

Se tendrá que disponer de una aula polivalente con una superficie no inferior a 30 m² para grupos de 15 alumnos. El incremento Superficie/participante será de 2 m² adicionales por cada participante más, con el mencionado máximo de 30 participantes.

Así mismo, se tendrá que disponer de un Taller con sistemas de climatización (calefacción, refrigeración y ventilación), ACS, energías renovables, residuales y sus sistemas de automatización y control, con una superficie no inferior a 150 m² para grupos de 15 alumnos. El incremento Superficie/participante será de 5 m² adicionales por cada participante más, con máximo de 30 participantes.

En caso de un menor número de alumnos por curso, se respetará la proporción de 2 m² por alumno (Aula) y 10 m² por alumno (Taller). La ocupación de los espacios formativos no superará en ningún caso la ocupación permitida a los efectos en materia de actividades. No es admisible que dos grupos diferentes de alumnos den clase de teoría y clase de contenidos prácticos en el mismo espacio y al mismo tiempo.

3. Docentes

La Titulación o acreditación requerida será una de las siguientes:
- Título de Ingeniero, Arquitecto, Ingeniero Técnico, Arquitecto técnico o grado equivalente a los anteriores
- Título de Técnico Superior de la familia profesional de instalación y Mantenimiento
- Título de Certificado de Profesionalidad de nivel 3 de la familia de Instalación y Mantenimiento
Experiencia profesional requerida:
- Mínimo un año de experiencia en la actividad relacionada con el curso (empresas instaladoras y mantenidores de instalaciones térmicas de edificios)
- En el caso de no tener la acreditación requerida, podrá sustituirse por tres años de experiencia profesional en el área de conocimiento relacionado con el que temario.

4. Equipamiento

Aula polivalente:

- Mesa y silla para el formador

- Mesas y sillas para el alumnado

- Material de aula

- Pizarra

- PC instalado en red con posibilidad de impresión de documentos, cañón con proyección e Internet para el formador

Taller:

- Mesas y bancos de trabajo.

- Maquinaria electroportátil: amoladoras, taladradoras.

- Equipos de corte, abocardado, doblado y roscado.

- Equipos de unión y soldadura.

- Instrumentos de medición y comprobación.

- Aparatos sanitarios y griferías.

- Aparatos de producción de calor (calderas de gas, calentador instantáneo de gas de ACS, caldera o estufa de biomasa).

- Unidad climatitzadora de tipo split de condensación por aire.

- Aparato de aerotermia tipo split o compacto.

- Aparato de producción de ACS con intercambiador.

- Aparato de energía solar térmica.

- Bomba de vacío circuitos frigoríficos. 

- Bomba de prueba manual.

- Compresor de aire.

- Báscula electrónica para carga de refrigerantes.

- Botellas de refrigerante de carga y trasiego.

- Gases refrigerantes.

- Unidad de recuperación de gases refrigerantes.

- Herramientas manuales: cajas de herramientas, destornilladores de boca plana y de tipo estrella, llaves necesarias según el tipo de instalación (llaves allen, inglesas, fijas, de carraca, etc.).

- Detector de fugas electrónico.

- Espumas o soluciones patentadas de burbujas para búsqueda de fugas.

- Detector de fugas de refrigerante electrónico.

- Equipos de medida frigoríficos: puente de manómetros y latiguillos para distintos refrigerantes.

- Equipos de medida eléctricos: polímetro, pinza voltamperimétrica.

- Anemómetro, caudalímetro, termómetro, manómetro, flexómetro.

- Analizador electrónico de combustión.

- Analizador de opacidad de humos.

- Medidor de acidez (pH).

- Medidor de concentración de glicol (refractómetro)

- Bombas o circuladores de agua.

- Vasos de expansión (climatización. Solar, ACS)

- Ventiladores axiales o centrífugos.

- Conductos diversos de chapa o de fibra de vidrio.

- Componentes de las instalaciones de climatización, ventilación, extracción, ACS, solar térmica, aerotermia, circuitos frigoríficos.

- Elementos terminales de emisión de calor (radiadores), de climatización (fancoils) y de ventilación (rejillas,
difusores).

- Tuberías, aislamientos y accesorios de distintos tipos y materiales.

- Consola de programación o PC.

- Equipos y elementos de seguridad personal EPIS.

- Material de seguridad e higiene

5. Temario (Según el RD 1027/2007)

A CONOCIMIENTOS BÁSICOS DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN EDIFICIOS (mínimo 180 horas)

1. Conocimientos básicos.

Magnitudes, unidades, conversiones. Energía y calor, transmisión del calor. Termodinámica de los gases. Dinámica de fluidos. El aire y el agua como medios caloportadores. Generación de calor, combustión y combustibles. Conceptos básicos de la producción frigorífica. Calidad de aire interior, contaminantes. Influencia de las instalaciones sobre la salud de las personas.

2. Instalaciones y equipos de calefacción y producción de agua caliente sanitaria.

Definiciones y clasificación de instalaciones. Partes y elementos constituyentes. Análisis funcional. Instalaciones de combustibles. Combustión. Chimeneas. Dimensionado y selección de equipos: calderas, quemadores, intercambiadores de calor, captadores térmicos de energía solar, acumuladores, inte racumu lado res, vasos de expansión, depósitos de inercia.

3. Instalaciones y equipos de acondicionamiento de aire y ventilación.

Definiciones y clasificación de instalaciones. Partes yelementos constituyentes. Análisis funcional. Procesos de tratamiento y acondicionamiento del aire. Diagrama psicométrico. Dimensionado y selección de equipos. Equipos de generación de calor y frío para instalaciones de acondicionamiento de aire. Plantas enfriadoras. Bombas de calor. Equipos de absorción. Grupos autónomos de acondicionamiento de aire. Torres de refrigeración.

4. Utilización de las energías renovables en las instalaciones térmicas.

Aprovechamiento de la energía solar térmica para calefacción, refrigeración y producción de agua caliente sanitaria. Conceptos básicos de radiación y posición solar. Calderas y aparatos de calefacción local de biomasa. Sistemas geotérmicos superficiales. Bombas de calor de pequeña escala. Dimensionamiento y acoplamiento con otras instalaciones térmicas.

En cualquier caso, se deben impartir los temas enunciados en el anexo IV de la Directiva 2018/2001, de 11 de diciembre de 2018, o aquella que la sustituya.»

5. Redes de transporte de fluidos portadores.

Bombas y ventiladores: tipos, características y selección. Técnicas de mecanizado y unión para el montaje y mantenimiento de las instalaciones térmicas. Redes de tuberías, redes de conductos y sus accesorios. Aislamiento térmico. Válvulas: tipología y características. Calidad y efectos del agua sobre las instalaciones. Tratamiento de agua.

6. Equipos terminales y de tratamiento de aire.

Unidades de tratamiento de aire y unidades terminales. Emisores de calor. Distribución del aire en los locales. Rejillas y difusores.

7. Regulación, control, medición y contabilización de consumos para instalaciones térmicas.

8. Conocimientos básicos de electricidad para instalaciones térmicas.

Número mínimo de horas del curso de Conocimientos básicos de instalaciones térmicas en edificios: 180 horas (120 horas de temas teóricos + 60 horas de temas prácticos).


B CONOCIMIENTOS ESPECÍFICOS DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN EDIFICIOS (mínimo 270 horas)

1. Ejecución de procesos de montaje de instalaciones térmicas.

Organización del montaje de instalaciones. Preparación de los montajes. Planificación y programación de montajes. Replanteo. Control de recepción en obra de equipos y materiales. Control de la ejecución de la instalación. Técnicas de montaje de redes de tuberías y conductos. Técnicas de montaje electromecánico de máquinas y equipos.

2. Mantenimiento de instalaciones térmicas.

Técnicas y criterios de organización, planificación y programación del mantenimiento preventivo y correctivo de averías. Planteamiento y preparación de los trabajos de mantenimiento. Técnicas de diagnosis y tipificación de averías. Procedimientos de reparación. Lubricación. Refrigerantes y su manipulación. Prevención de fugas y recuperación.

Conocimientos específicos sobre: gestión económica del mantenimiento, gestión de almacén y material de mantenimiento. Gestión del mantenimiento asistido por ordenador.

3. Explotación energética de las instalaciones.

Técnicas de mantenimiento energético y ambiental. Control de los consumos energéticos. Tipos de energía y su impacto ambiental. Residuos y su gestión. Criterios para auditorías energéticas de instalaciones térmicas en edificios. Medidas de ahorro y eficiencia energética en las instalaciones térmicas.

4. Técnicas de medición en instalaciones térmicas.

Técnicas de medición en instalaciones térmicas. Conocimiento y manejo de instrumentos de medida de variables termodinámicas, hidráulicas y eléctricas. Tipología, características y aplicación. Aplicaciones específicas: evaluación del rendimiento de generadores de calor y frío. Interpretación de resultados y aplicación de medidas de corrección y optimización.

5. Pruebas y puesta en funcionamiento de instalaciones térmicas.

Elaboración de protocolos de procedimientos de: pruebas de estanquidad de redes de tuberías de fluidos portadores, pruebas de recepción de redes de conductos, pruebas de libre dilatación, pruebas finales, ajustes y equilibrado de sistemas. Puesta en funcionamiento. Confección del certificado de la instalación.

6. Seguridad en el montaje y mantenimiento de equipos e instalaciones.

Planes y normas de seguridad e higiene. Factores y situaciones de riesgo. Medios, equipos y técnicas de seguridad. Criterios de seguridad y salud laboral aplicados a la actividad. Procedimientos contrastados de montaje. Gamas de actuación en intervenciones en mantenimiento preventivo y correctivo y para la reparación de averías características. Gestión de componentes, materiales y sustancias de las instalaciones al final de su vida útil.

7. Calidad en el mantenimiento y montaje de equipos e instalaciones térmicas.

La calidad en la ejecución del mantenimiento y montaje de equipos e instalaciones. Planificación y organización. Criterios que deben adoptarse para garantizar la calidad en la ejecución del mantenimiento y montaje de los equipos e instalaciones. Control de calidad. Fases y procedimientos. Recursos. Proceso de control de la calidad. Calidad de proveedores. Recepción. Calidad del proceso Calidad en el cliente y en el servicio. Documentación de la calidad.

8. Documentación técnica de las instalaciones térmicas: Memoria técnica.

Procedimientos para la elaboración de: memorias técnicas. Diseño y dimensionado de instalaciones térmicas. Programas informáticos aplicados al diseño de instalaciones térmicas. Diseño e interpretación de planos y esquemas. Elaboración de pliegos de condiciones técnicas. Presupuesto. Representación gráfica de instalaciones.

Confección de Manual de Uso y Mantenimiento de la instalación térmica.

9. Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios, Reglamento de seguridad para plantas e instalaciones frigoríficas en las partes que le son de aplicación, Reglamento Europeo 842/2006 sobre determinados gases fluorados de efecto invernadero y otra normativa de aplicación.

Número mínimo de horas del curso de Conocimientos específicos de instalaciones térmicas en edificios: 270 horas (150 horas de temas teóricos + 120 horas de temas prácticos).