Convocatoria de subvenciones SOIB Dual Sectores Estratégicos 2022-2026
El objeto de esta convocatoria es regular la concesión de subvenciones para financiar el programa SOIB Dual Sectores Estratégicos, programa de formación dual dirigido a las entidades descritas en el apartado cuarto, para llevar a cabo la formación de las familias profesionales de los sectores que detalla el anexo 2.
Codi SIA
2898224
Persones destinatàries
1. En el marco de este a convocatoria son beneficiarias las siguientes entidades:
a) Centros propios del SOIB y entidades de formación públicas o privadas inscritas o acreditadas en el Registro de centros y entidades de formación de ámbito estatal en las especialidades formativas que se impartan en el marco de los contratos de formación en alternancia que se suscriban.
b) Entidades de titularidad privada con personalidad jurídica privada, fundaciones privadas y trabajadores autónomos que se comprometan a contratar trabajadores en la modalidad de contrato de formación en alternancia, cuya actividad esté directamente relacionada con el sectores estratégicos del anexo 2 y que tengan centros de trabajo radicados en la comunidad autónoma de las Illes Balears.
2. Las entidades anteriores deben presentarse agrupadas y hacer constar en la solicitud los compromisos de ejecución de cada una, así como el importe de la subvención que hay que aplicar. Tienen que nombrar una persona representante única de la agrupación, con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la agrupación. Cada una de las entidades miembro de la agrupación tiene la consideración de beneficiaria de la subvención, tal como indica el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
3. No se debe presentar de forma agrupada la entidad que se comprometa a hacer las contrataciones y que esté inscrita debidamente en el Registro de centros y entidades de formación de ámbito estatal para impartir la formación en el marco de los contratos de formación en alternancia que se suscriban.
Termini per a resoldre i notificar
En el plazo máximo de seis meses a contar desde la presentación en el Registro de entrada de cada una de las solicitudes, el presidente del SOIB debe dictar y notificar individualmente una resolución de aprobación o de denegación debidamente motivada.
Silenci administratiu
Negativo
Forma d'inici
De oficio
Fi de la via administrativa
Si
Disponible per tramitar per persona apoderada
Si
Normativa del procediment
Òrgan competent per a resoldre
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)
Documents relacionats amb el procediment
- Manual alta usuari extern i presentació de sol·licituds (ACCFOR)
- Convocatoria de subvenciones SOIB Dual Sectores Estratégicos 2022-2026
- Convocatòria de subvencions SOIB Dual Sectors Estratègics 2022-2026
- Protocolo Entidades DUAL SE 2022-26
- Modificació i rectificació errada convocatòria "SOIB Dual Sectors Estratègics"