La Junta Interinsular de Archivos

Es el órgano colegiado de coordinación del Sistema Archivístico adscrito a la consejería competente en materia de archivos y gestión documental, según indica el artículo 25 de la Ley 6/2022, de 5 de agosto, de archivos y gestión documental de las Illes Balears.

La Junta Interinsular de Archivos se creó tras la aprobación de la Ley 15/2006, del 17 de octubre, de archivos y patrimonio documental de las Illes Balears, y hasta el 5 de agosto de 2022 estaba adscrita a la consejería competente en materia de cultura.

Este órgano colegiado se rige por el Reglamento de organización y funcionamiento de la Junta Interinsular de Archivos, aprobado en la sesión del 13 de mayo de 2009.

Funciones:

a) Aprobar las líneas generales de la gestión documental y fijar en todo caso los criterios y los mecanismos de homogeneización en la gestión documental de los archivos integrados en el Sistema Archivístico de las Illes Balears, a propuesta de las comisiones técnicas interinsular e insulares de archivos.

b) Formular y ejecutar, de acuerdo con las directrices de la Comisión Técnica Interinsular de Archivos, la política dirigida a la tutela, el enriquecimiento y la difusión del patrimonio documental de las Illes Balears, y dirigir y coordinar el Sistema Archivístico de las Illes Balears.

c) Garantizar los aspectos siguientes:

1.º Las funciones de los archivos relacionadas con la gestión documental.

2.º El derecho de los ciudadanos a acceder a los documentos.

3.º La protección, la conservación y la difusión del patrimonio documental de las Illes Balears.

d) Resolver cuestiones sobre los archivos de los organismos suprimidos, con funciones traspasadas a otro organismo o privatizados, a propuesta de la Comisión Técnica Interinsular de Archivos y de los órganos consultivos y/o técnicos de los consejos insulares respectivos.

e) Resolver cuestiones sobre el depósito de documentos o archivos privados depositados en centros de archivo públicos según lo que prevé esta ley, con el informe previo de la Comisión Técnica Interinsular de Archivos y de los órganos consultivos y/o técnicos de los consejos insulares respectivos.

f) Resolver todas las cuestiones en materia de archivos o documentos que la Comisión Técnica Interinsular de Archivos y los órganos consultivos y/o técnicos de los consejos insulares respectivos le eleven.

g) Informar sobre las disposiciones normativas referentes a los archivos que integran el Sistema Archivístico de las Illes Balears y aprobar las normas técnicas y los procedimientos para la gestión documental, a propuesta de la Comisión Técnica Interinsular de Archivos.

h) Impulsar, planificar, cooperar y fomentar el desarrollo y la mejora de los servicios de los archivos que integran el Sistema Archivístico de las Illes Balears en orden al acrecentamiento, la conservación y la difusión del patrimonio documental de las Illes Balears, con la colaboración de los órganos consultivos y/o técnicos de los consejos insulares respectivos.

Miembros:

a) El presidente o la presidenta, que es el consejero o la consejera competente en materia de archivos y gestión documental del Gobierno de las Illes Balears.

b) Los vocales, que son los consejeros o las consejeras insulares competentes en materia de archivos y gestión documental, y ejercen bienalmente de forma rotatoria la vicepresidencia, que es indelegable en otra persona que no sea consejero o consejera; y el director o la directora general competente en materia de archivos y gestión documental del Gobierno de las Illes Balears.

c) El secretario o la secretaria, con voz pero sin voto, nombrado por el consejero o la consejera competente en materia de archivos y gestión documental del Gobierno de las Illes Balears.

Actividad: 

• Sesión n. 1. 19 de diciembre de 2007
• Sesión n. 2. 13 de mayo de 2009
• Sesión n. 3. 21 de febrero de 2011
• Sesión n. 4. 19 de julio de 2016
• Sesión n. 5. 11 de abril de 2018