Riesgo de amianto

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Registro de empresas con riesgo de amianto RERA


Todas las empresas que tengan que llevar a cabo actividades u operaciones incluidas en el ámbito de aplicación del R.D. 396/2006, de 31 de marzo, por el cual se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables en los trabajos con riesgo de exposición al amianto; para la evaluación y prevención de riesgos relacionados con la exposición al amianto, se tienen que inscribir en el Registro de empresas con riesgo por amianto (RERA) que hay en los órganos correspondientes de la autoridad laboral del territorio donde radiquen sus instalaciones principales.


Para la inscripción, modificación o baja en el RERA de las Islas Baleares tendréis que rellenar los formularios adjuntos y presentarlos firmados electrónica y telemáticamente dirigidos al registro del Instituto Balear de Seguridad y Salud (IBASSAL)

DIR IBASSAL   A04027064


PDF Registro de empresas con riesgo de amianto (RERA) (Inscripción)

PDF Registro de empresas con riesgo de amianto (RERA) (Modificación)

PDF Registro de empresas con riesgo de amianto (RERA) (Baja)


Empresas inscritas en el  RERA de la comunidad autónoma de las Illes Balears (a fecha de consulta)

Empresas_RERA_Baleares_3_agosto_2023.pdfEmpresas_RERA_I_Baleares_14_diciembre__2023.pdf


Aprobación de planes de trabajo para trabajos con exposición a amianto

Comprobación, antes del comienzo de los trabajos con riesgo de exposición a amianto, que el plan de trabajo incluye las medidas necesarias para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en operaciones incluidas dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 396/2006*, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables en los trabajos con riesgo de amianto.

 

Acceso al tramite: Aprobación de Planes de trabajo desamiantado


Comunicación de inicio de trabajos


La información a la autoridad laboral respecto de las fechas de inicio de trabajos con riesgo de exposición a amianto, una vez aprobado el correspondiente plan de trabajo, se tendrá que llevar a cabo con una anterioridad mínima de 5 días hábiles y con carácter previo al inicio de trabajos a través del formato adjunto. En los casos de comunicación de trabajos relativos a actuaciones enmarcadas dentro de planes generales, la comunicación se realizará con la anterioridad que las citadas actuaciones permitan.


La comunicación de inicio de trabajos se realizará a través del mail: amiant@dgtreslab.caib.es

COMUNICACION__INICIO_TRABAJOS.pdfCOMUNICACION__INICIO_TRABAJOS.pdf


MODELOS

Desistimiento_o_renuncia.pdfDesistimiento_o_renuncia.pdf