desc_f_abierta.png Convocatoria de pruebas de certificación de conocimientos (PCC) de las actividades incluidas en el Programa de Autoaprendizaje de lA EBAP

BOIB_Resolucion_primer_semestre_2026_PCC.pdfBOIB_Resolución_primer_semestre_2026_PCC.pdf

Infografía_autoaprendizaje.pdf  Infografía_autoaprendizaje

https://www.youtube.com/watch?v=hqiyAIyVoSY

1.    QUÉ ES El AUTOAPRENDIZAJE?

El autoaprendizaje permite utilizar las habilidades y las capacidades para encontrar los recursos y las herramientas necesarias para aprender de manera autónoma. Es decir, cada persona se hace responsable de organizar su tiempo y planificar el propio itinerario formativo segundos la suyas necesidades.

2.    PROGRAMA De AUTOAPRENDIZAJE DEL EBAP

2.1. El EBAP creó el Programa de Autoaprendizaje, que tiene como objetivo principal compartir conocimiento porque las personas interesadas puedan acceder libremente y utilizarlo como un recurso para cubrir necesidades diversas. En ese sentido, se ha puesto en funcionamiento el EBAP en Abierto, en el cual se incluye material didáctico adaptado a partir de actividades formativas de la modalidad online y semipresencial, y también actividades creadas directamente para el autoaprendizaje.

El material didáctico permite:

• Consultar nuevos contenidos.
• Refrescar y profundizar conocimientos.
• Resolver dudas en relación con las materias de que tratan las actividades.
• Aprender de manera autónoma.

2.2. Para poder planificar el propio aprendizaje, cada actividad formativa incluye una guía de estudio en que se pueden consultar la duración, los objetivos y los contenidos de las actividades.

 3. SOLICITUDES Y PLAZOS De INSCRIPCIÓN (PCC)

3.1. Las personas interesadas a participar en el proceso de certificación se tienen que inscribir formalmente a las pruebas. El personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el personal del sector público instrumental con acceso al Portal de Servicios al Personal tienen que tramitar las solicitudes por ese medio. El resto de personas destinatarias sin acceso al Portal de Servicios al Personal pueden tramitar las solicitudes mediante la matriculación por Internet, para lo cual tienen que acceder en la página web http://ebap.caib.es; a continuación, tienen que acceder a <Planes de formación de la EBAP 2026>; después, en el <Programa de Autoaprendizaje 2026> y, finalmente, tienen que acceder a <Matriculación por Internet>. No se tiene que enviar al EBAP el justificante de matriculación que aparece al final del procedimiento.

3.2. Los plazos de inscripción a las PCC de esa convocatoria, excepto para la formación específica para el teletrabajo, son los siguientes: 

-Del 12 al 19 de febrero, para las pruebas que se tienen que llevar a cabo en el mes de marzo.
-Del 7 al 14 de abril, para las pruebas que se tienen que llevar a cabo en el mes de mayo.

4.    FORMACIÓN ESPECÍFICA PARA LO TELETRABAJO

4.1. El 7 de febrero de 2023 se publicó el Decreto 3/2023, de 6 de febrero, por el cual se regula la modalidad de prestación de servicios mediante teletrabajo a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears . El EBAP, para dar respuesta al encargo que recoge el artículo 15 de ese Decreto, ofrece dentro del Programa de Autoaprendizaje una formación para lo personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el desarrollo de las competencias que permitan ejercer la prestación de servicios en la modalidad no presencial. Esa formación incluye los contenidos que se indican en el Decreto: teletrabajo, organización del trabajo y gestión del tiempo, gestión por objetivos, prevención de riesgos laborales, ciberseguridad y protección de datos, y competencias digitales básicas.

4.2. Esa acción formativa tiene un plazo propio de inscripción. Los plazos de inscripción se abren del 1 al 7 de cada mes y las pruebas se llevan a cabo del 15 al 21.

5.    DESTINATARIOS

5.1. Las personas destinatarias de las actividades formativas de ese programa son: 


-Personal funcionario del ámbito de los servicios generales que presta  servicios en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y en los entes del sector público instrumental autonómico. 
 
-Personal laboral del ámbito de los servicios generales previsto en el Convenio colectivo del personal que presta servicios en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears . 

5.2. En caso de que queden plazas vacantes, una vez adjudicadas a los destinatarios indicados en el apartado anterior, puede participar, con el siguiente orden de prelación, el personal de las entidades siguientes: 

a) El personal estatutario no sanitario del Servicio de Salud de las Illes Balears (Ib-Salud). 
b) Las entidades que tengan un convenio subscrito con el EBAP.

c) El personal laboral propio de los entes que recoge en el artículo 2.1.b), c), d) y e) de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears . 
 
1.º Las entidades públicas empresariales; 
2.º Los consorcios;   
3.º Las fundaciones y las sociedades mercantiles públicas, 
 
d) El personal funcionario y laboral otras administraciones. 

5.3. No pueden participar los colectivos profesionales siguientes: 
 
a) El personal de los cuerpos docentes. 
b) El personal estatutario sanitario del Servicio de Salud de las Illes Balears (Ib-Salud). 
c) El personal de los cuerpos de policía local y de emergencias. 
 
 
 
5.4. En el caso de las pruebas de certificación de conocimientos de Habilidades para lo teletrabajo, solo son destinatarios: 
 
-Personal funcionario del ámbito de los servicios generales que presta  servicios en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y en los entes del sector público instrumental autonómico. 
-Personal laboral del ámbito de los servicios generales previsto en el Convenio colectivo del personal que presta servicios en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears . 

6.    CARACTERÍSTICAS DE LAS PCC

6.1. Los contenidos que se evalúan a cada prueba figuran en la Guía de estudio de cada una de las actividades.

6.2. La modalidad de las pruebas que se convocan en esa resolución es la modalidad no presencial. 

6.3. Los rasgos principales de las pruebas de certificación en modalidad no presencial son los siguientes:

  • La prueba se tiene que llevar a cabo en un día determinado y dentro de una franja horaria concreta (entre las 14.00 h y las 23.55 h).
  • Cada prueba de certificación está dividida en 1, 2, 3 o 4 partes de prueba.
  • Cada prueba tiene un tiempo global para realizarla. De ese tiempo total se asigna un tramo para cada parte de la prueba. 

6.4. Las instrucciones concretas para llevar a cabo cada una de las PCC se envían a las personas admitidas con suficiente antelación a la fecha de realización de la prueba.

7. SELECCIÓN

7.1. Si el número de solicitudes supera el número de plazas previsto, la EBAP hará la selección correspondiente. Los criterios de preferencia en la selección son los siguientes:

1.º Las personas solicitantes que tienen un  número inferior de acciones formativas certificadas por la EBAP el año anterior y el año actual.
2.º Las personas solicitantes que tienen un  número inferior de horas formativas certificadas por la EBAP el año anterior y el año actual
3.º La fecha de registro de la solicitud.

7.2. Así mismo, el EBAP tiene que comunicar a las personas interesadas, por correo electrónico, la admisión a las pruebas, con la indicación de los criterios de evaluación de la prueba y del día y la franja horaria de realización.


8. ASISTENCIA E INCAPACITADO LABORAL. PÉRDIDA DEL DERECHO A PARTICIPAR A LAS PRUEBAS

8.1. Las pruebas objeto de esa convocatoria únicamente permiten obtener certificados de aprovechamiento.

8.2. El hecho de no renunciar a las pruebas dentro del plazo fijado o de no presentarse supone no tener derecho a participar a las pruebas que se convoquen durante un año natural..

8.3. Se consideran justificadas las renuncias que se presentan fuera de plazo en los casos siguientes:

— Baja por dolencia.

— Dolencia de hijos menores de 12 años.

— Cumplimiento de un deber inexcusable.

— Accidente o dolencia grave, hospitalización o defunción de un familiar hasta lo segundo grado de consanguinidad o afinidad.


Esas justificaciones se tienen que acompañar de la documentación acreditativa, a efectos de no decaer en su derecho a participar, de acuerdo con lo que establece el punto 8.2 de esa convocatoria.

8.4. En las pruebas de certificación de conocimientos de modalidad no presencial, pueden participar las personas en situación de incapacidad temporal.

9.   CERTIFICACIÓN

9.1. Las pruebas objeto de esa convocatoria únicamente permiten obtener certificados de aprovechamiento.

9.2. El EBAP expide los certificados de aprovechamiento con firma electrónica a las personas que superan las PCC con una nota mínima de 6 puntos sobre 10. Así mismo, los certificados de aprovechamiento se incluyen directamente en el expediente personal del Portal del Servicios al Personal, si procede.

9.3. En un plazo inferior a dos meses contador desde el acabado de la actividad, se publica en la página web de la EBAP (http://ebap.caib.es) la lista de personas participantes con derecho a certificado y los certificados expeditos se envían por correo electrónico.

9.4. Se pueden presentar reclamaciones a la lista de personas con derecho a certificado en el plazo de treinta días naturales contadores a partir del día siguiente a la publicación. Una vez finalizado ese plazo y resueltas las reclamaciones, el expediente de la actividad formativa es definitivo.