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Ajuts per donar suport a fires, festivals, cicles de concerts, trobades, jornades i premis del món de la cultura que fomentin la projecció exterior i es facin a les Balears (2024)

Aquesta convocatòria té per objecte donar suport a fires, festivals, cicles de concerts, trobades, jornades i premis del món de la cultura que fomentin la projecció exterior i es duguin a terme en el territori de les Illes Balears per a l'any 2024.

Código SIA

3052887

Personas destinatarias

LÍNIA A, D'EMPRESES I AUTÒNOMS

Les persones físiques donades d'alta en el règim d'autònoms i les persones jurídiques dels sectors de les arts escèniques, les arts visuals, la literatura, el pensament, el còmic i la il·lustració, la música i les arts audiovisuals, que puguin dur a terme els projectes o les activitats que estiguin en la situació que motiva la concessió de la subvenció.

Els beneficiaris han d'estar donats d'alta en el cens tributari i/o l'impost d'activitats empresarials (IAE) en epígrafs vinculats al sector cultural, o bé han de tenir com a objecte social el desenvolupament d'activitats de caràcter professional en el sector

cultural.

LÍNIA B, D'ASSOCIACIONS I ENTITATS SENSE ÀNIM DE LUCRE

Les persones jurídiques dels sectors de les arts escèniques, les arts visuals, la literatura, el pensament, el còmic i la il·lustració, la música i les arts audiovisuals, digitals i interactives que puguin dur a terme els projectes o les activitats que estiguin en la situació que motiva la concessió de la subvenció.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Sis mesos a partir de la data en què finalitza el termini per presentar les sol·licituds.

Silencio administrativo

Negatiu

Forma de inicio

D'ofici

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Trámites

X

Presentació de sol·licituds

Requisitos

a) Estar al corrent de les obligacions amb tributàries o davant la Seguretat Social.

b) Estar al corrent de pagament d'obligacions per reintegrament de subvencions en els termes que es determinin legalment.

c) Presentar la sol·licitud en els termes i amb els requisits que s'estableixen en els apartats 6, 7 i 8 d'aquesta convocatòria.

d) Complir els principis de l'article 3 de la Llei 11/2016, de 28 de juliol, d'igualtat de dones i homes.

e) Presentar una sol·licitud per projecte. En cas de presentar una nova sol·licitud, s'ha de desistir expressament de l'anterior; en cas de no fer-ho, només es tendrà en compte la primera sol·licitud registrada.

f) Disposar de l'organització i la capacitat suficients i necessàries per garantir el compliment de l'activitat objecte de la subvenció en el moment de la publicació de la convocatòria.

g) Presentar un certificat, si escau, que acrediti que l'entitat està exempta de declarar l'IVA. Si no es presenta aquest certificat de l'Agència Estatal de l'Administració Tributària, l'IVA de les factures que es presentin com a part del compte justificatiu no es pot subvencionar.

Documentación a presentar

Veg. la convocatòria (apartat 8).

Modelos:

Plazo máximo

2 d'abril de 2024.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Tràmit d'esmena de la sol·licitud

Requisitos

Haver presentat la sol·licitud per participar en la convocatòria i tenir la necessitat d'aportar documentació (requerida o que es consideri necessària en la tramitació del procediment o per completar les dades de la sol·licitud; o per respondre a un requeriment per modificar la sol·licitud).

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

Des del 23 d'abril fins al 07/05/2024 a les 23:59 h

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Acceptació o renúncia a l'ajut

Requisitos

Aparèixer com a beneficiari a la Proposta de resolució

Documentación a presentar

Annex 5 (acceptació) o Annex 6 (renúncia)

Modelos:

Plazo máximo

Deu dies hàbils, comptadors des de l'endemà de la publicació de la proposta de resolució en el web de l'IEB

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Presentació d'al·legacions

Requisitos

Haver presentat la sol·licitud per participar en la convocatòria i estar en desacord amb la Proposta de resolució.

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

5 dies des de la publicació de la Proposta de resolució

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Presentació de la justificació

Requisitos

Aparèixer com a beneficiari a la resolució de concessió de les subvencions.

Documentación a presentar

La justificació de l'activitat subvencionada s'ha de dur a terme amb la presentació del compte justificatiu a través del model normalitzat (annex 7), amb la documentació següent:

a) Una memòria d'actuació justificativa del compliment de les condicions imposades a la concessió de l'ajuda, amb la indicació de les despeses objecte de l'ajuda.

b) Una memòria econòmica justificativa (seguint el model descarregable)

c) Les factures

d) Els justificants de pagament

Modelos:

Plazo máximo

El termini per justificar la subvenció acaba en el termini de 20 dies hàbils després d'haver duit a terme l'activitat objecte de la subvenció. Si en aquesta data encara no s'ha publicat la Resolució de concessió en el BOIB, s'entén que la justificació s'ha de fer en els 20 dies hàbils següents a aquesta publicació.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Tràmit d'esmena de la justificació

Requisitos

Haver presentat la documentació de la justificació i ser requerit per esmenar-la.

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

El termini per a la presentació dels documents és de deu dies hàbils a partir de l'endemà de la recepció del requeriment, tal com s'estableix en l'article 71.3 del Reial decret 887/2006, de 21 de juliol, que aprova el Reglament general de subvencions.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

Información sobre protección de datos

X

De conformitat amb el reglament (UE) 2016/679 i la legistació vigent en matèria de protecció de dades, s’informa del tractament de les dades personals que conté aquest tràmit

Responsable del tratamiento

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Finalidad

Tramitació del procediment.

Legitimación

Compliment d'una missió realitzada en interès públic o en l'exercici de poders públics

Destinatario

No se cediran dades a tercers tret d'obligació legal.

Derechos

Drets d'accés, de rectificació, de supressió, de limitació, de portabilitat, d'oposició i de no inclusió en tractaments automatitzats, com s'explica en la informació addicional

Información adicional

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