CONVOCATORIA DE LAS PRUEBAS PARA OBTENER LA HABILITACIÓN PROFESIONAL


           

CONVOCATORIA VIGENTE - 2026

RESULTADOS DE LAS PRUEBAS Y MODELOS DE EXAMEN

Mediante Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, a propuesta del jefe de servicio de la UDIT, la ITV y el Registro Industrial, se convocan dos turnos de pruebas del año 2026 para obtener la competencia profesional como persona instaladora, mantenedora, operadora o reparadora en diferentes especialidades en materia de industria (BOIB 156, del 25 de noviembre de 2025). 

Las pruebas se organizarán por especialidades, según los Servicios de la Dirección General de Industria y Polígonos Industriales. 

En la siguiente tabla podéis consultar, las listas de resultados de la convocatoria vigente, si hay, las listas de convocatorias anteriores y los modelos de exámenes para las diferentes especialidades convocadas.

            

Pàgina Web LISTAS POR ESPECIALIDADES

En concreto las especialidades son las siguientes:

a) Servicio de Seguridad Industrial

— Persona instaladora y mantenedora de instalaciones de gas (categorías A, B y C).

— Persona operadora industrial de calderas.

— Persona instaladora, mantenedora y/o reparadora de instalaciones de productos petrolíferos líquidos (categorías I, II y III).

— Persona instaladora y mantenedora de instalaciones térmicas en edificios.

— Persona operadora de grúa torre.

— Persona operadora de grúa móvil autopropulsada (categorías A y B).

 b) Servicio de Minas

 — Persona operadora de maquinaria minera móvil (arranque y carga, transporte interno).

      

Requisitos de admisión de los aspirantes

Para participar en las pruebas de esta convocatoria, las personas aspirantes deberán cumplir con lo especificado en las Bases publicadas en el BOIB 156, del 25 de noviembre de 2025.

      

Plazo de presentación de solicitudes

Los plazo para la inscripción en las pruebas son los siguientes:

Primer turno: el plazo para la inscripción en las pruebas se iniciará el día 1 de diciembre de 2025 y finalizará el día 21 de diciembre de 2025.

Segundo turno: el plazo para la inscripción en las pruebas se iniciará el día 8 de abril de 2026 y finalizará el día 30 de abril de 2025.

No se tendrán por realizadas las inscripciones iniciadas fuera de los plazos indicados.

      

Medio de presentación de solicitudes

Se debe realizar un trámite de inscrición a las pruebas, que se encuentra dentro del procedimiento correspondiente a cada turno:

Convocatoria 2026 - PRIMER TURNO: Pruebas para obtener una acreditación profesional (Pàgina Web UDIT-079 PRIMER TURNO). 

Convocatoria 2026 - SEGUNDO TURNO: Pruebas para obtener una acreditación profesional (Pàgina Web UDIT-079 SEGUNDO TURNO). 

Las entidades formadoras debidamente acreditadas por la Dirección General Industria y Polígonos Industriales podrán representar sus alumnos en esta tramitación, si estos los autorizan.

      

Documentación a aportar en el trámite

Documentación general:

En todos los casos se deberá aportar, dentro del plazo de inscripción a las pruebas, la documentación siguiente:

  • Solicitud genérica
  • Datos para la admisión al examen
  • Justificante del pago de las tasas

La falta de alguno de estos documentos deberá subsanarse en el plazo establecido y, en caso de no hacerlo, será motivo de exclusión a las pruebas.

    

Documentación específica:

En las especialidades de operador de grúa y de instalaciones térmicas, las personas interesadas deberán aportar los documentos acreditativos exigidos en los respectivos reglamentos y detallados en las bases de la convocatoria.

La documentación podrá aportarse dentro de alguno de estos plazos:

  • En el plazo de inscripción a las pruebas. Si se presenta en este plazo, no se debe volver a presentar después de las pruebas.
  • En los cinco días posteriores a la publicación de la lista de personas que han superado la prueba, si no se ha presentado en el plazo de inscripción.
  • Si la persona interesada supera la prueba después de la revisión, tendrá cinco días para presentar la documentación.

La documentación presentada fuera de los presentes plazos no será aceptada y la persona interesada no obtendrá la calificación de Apto.

En el caso de las personas que se examinan de Operador de Maquinaria Minera Móvil, la documentación no se presentará en los plazos de realización de las pruebas, sino en el momento de tramitar la obtención del carnet.

      

Listas de personas admitidas y excluidas

Una vez finalizado el plazo de inscripción a las pruebas se publicarán las listas provisionales de personas admitidas, donde constarán también las excluidas y el motivo de exclusión. Las listas se publicarán en la sede electrónica de la Dirección general de Industria y Polígonos Industriales, y también se podrán exponer en las oficinas de esta Dirección general.

Las personas interesadas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles contadores desde el día siguiente de la fecha de publicación de las listas, para hacer las alegaciones que consideren oportunas. Las presentadas fuera de plazo no serán atendidas.

    

Realización de las pruebas

Las pruebas se realizarán en las siguientes fechas previstas:

Primer turno: las pruebas se realizarán en febrero, en la semana comprendida entre el día 16, lunes, y el día 20, viernes, del 2026.

Segundo turno: las pruebas se realizarán en junio, en la semana comprendida entre el día 15, lunes, y el día 19, viernes, del 2026.

La fecha, lugar y horario de cada prueba aparecerán indicados en la lista definitiva de personas admitidas a las pruebas de cada turno.
Se advierte expresamente a las personas aspirantes que la realización de las diferentes pruebas pueden coincidir en día y hora.

      

Revisión de las pruebas

Una vez realizadas las pruebas, las personas que no las hayan superado podrán revisar el examen, previa solicitud.

La fecha, el lugar y el horario de revisión de las pruebas aparecerá en las listas de personas que no hayan superado las pruebas correspondientes a cada turno.

      

LISTA DEFINITIVA DE PERSONAS QUE HAN OBTENIDO LA CONDICIÓN DE APTO

Finalizado el proceso de revisión de las pruebas y de aportación de la documentación de acreditación de los requisitos reglamentarios, el Servicio de Registro Industrial elaborará y hará públicas las listas definitivas de personas que han obtenido la condición final de apto, aprobadas por los tribunales. Adicionalmente, y mediante Resolución del consejero, esta lista se publicará en el BOIB.
      

EXPEDICIÓN DEL CERTIFICADO DE SUPERACIÓN DE PRUEBAS

En las especialidades reguladas por el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, el Reglamento de equipos de presión y el Reglamento de productos petrolíferos, el Servicio de Registro Industrial emitirá de oficio un certificado para cada persona que haya superado las pruebas , el cual será suficiente para acreditar su competencia profesional obtenida por superación de un examen teórico-práctico ante la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Adicionalmente, y mediante Resolución del consejero, esta lista se publicará en el BOIB.
      

EXPEDICIÓN DEL CARNÉ ACREDITATIVO

En las especialidades que regula el Reglamento de Instalaciones térmicas en edificios, el Reglamento de grúas torre, el Reglamento de grúas móviles autopropulsadas y la normativa de Maquinaria minera móvil, la superación de las pruebas no es suficiente para ejercer directamente la actividad y es necesario obtener un carné acreditativo. Para obtenerlo es necesario llevar a cabo el procedimiento correspondiente:

— Carné de Instalaciones térmicas en edificios: Procedimiento 052

— Carné de grúas: Procedimiento 037

— Carné de Maquinaria Minera Móvil: Procedimiento 038

Las personas que hayan superado las pruebas relativas a operador de grúas torre y de grúas móviles autopropulsadas (categorías A y B) y hayan presentado el «Volante para la inscripción condicional en centros docentes o en exámenes oficiales», expedido por el Área de Alta Inspección de la Delegación del Gobierno, o en su caso, documento actualizado equivalente, podrán obtener el carné de operador de grúa sólo cuando sus estudios sean efectivamente homologados con el título de graduado en educación secundaria.