Volver

Tramitación UDIT

Centros técnicos para la instalación de tacógrafos digitales

Los centros técnicos de tacógrafos digitales son entidades que se dedican a la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales. Los tacógrafos digitales son aparatos que registran diversos eventos que pueden suceder en un vehículo durante su conducción.

Los centros técnicos pueden obtener acreditación para una o varias marcas de tacógrafos y deben solicitar ante la Dirección General de Política Industrial la correspondiente autorización. La acreditación tiene una vigencia de un año al cabo del cual habrá que renovarla.

Requisitos en caso de nueva inscripción

1. Inscripción en el Registro Integrado Industrial

2. Certificación ISO 9001: 2000 vigente, emitida por organismo de certificación acreditado, para actuar sobre las marcas de tacógrafos digitales solicitadas

3. Documento que acredite que se está tramitando certificación de la norma UNE 66926

4. Declaración que los socios, directivos y personal no tienen participación en actividades de transporte por carretera.

5.Certificados de cualificación profesional de los responsables técnicos y los técnicos

6.Certificado o certificados del fabricante de tacógrafos que indiquen los medios técnicos de que disponen.

7. Póliza de seguro, aval o garantía.

8. Certificados de adiestramiento de los responsables técnicos y los técnicos, con vigencia superior a un año.

Requisitos en caso de renovación

1. Certificado ISO 9001: 200 vigente junto con la certificación de la UNE 66926

2. Certificados de adiestramiento de los responsables técnicos y los técnicos, con vigencia superior a un año

 

Para consultar la guía de tramitación y descargar los documentos, acceded a la ficha del trámite TNI-008

 

Normativa

Real Decreto 125/20174, de 24 de febrero, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos de tacógrafos digitales


Registro de empresas instaladoras de tacógrafos analógicos

Las empresas instaladas de tacógrafos analógicos son entidades que se dedican a la instalación, reparación, comprobación de montaje y revisión periódica de estos instrumentos. Los tacógrafos son aparatos que registran diversos eventos que pueden suceder en un vehículo durante su conducción.

Las empresas pueden obtener acreditación para una o varias marcas de dispositivos de tacógrafos analógicos y deben solicitar la autorización ante la Dirección General de Política Industrial. La acreditación tiene una vigencia indefinida.

Requisitos

1. Relación de medios técnicos y humanos necesarios para la ejecución de los trabajos.

2. Declaración del titular sobre independencia de su actividad en relación con el transporte por carretera.

3. Certificados de formación del personal de la empresa.

 

Para consultar la guía de tramitación y descargar los documentos, acceder a la ficha del trámite TNI-008

 

Normativa

Orden IET / 1071/2013, de 6 de junio, por la que se regula la autorización de talleres para la instalación, reparación, comprobación y revisión periódica de tacógrafos analógicos.


Acreditación de empresas instaladoras y verificadoras del funcionamiento de dispositivos de limitación de velocidad

Las empresas instaladoras y verificadoras de dispositivos de limitación de velocidad son talleres o entidades acreditadas para instalar y comprobar el funcionamiento de los dispositivos de limitación, antes de la matriculación de los vehículos y también en vehículos que ya están en servicio.

Las empresas pueden obtener acreditación para una o varias marcas de dispositivos de limitación de velocidad y han de solicitar la autorización ante la Dirección General de Política Industrial. La acreditación tiene una vigencia indefinida.

Requisitos

Las certificaciones individuales de superación de un proceso de adiestramiento sobre instalación y comprobación del funcionamiento de los dispositivos sobre los que se intervendrá, según se establece en el anexo del Real Decreto 1417/2005, de 25 de noviembre, de al menos dos trabajadores de la plantilla de la entidad o del taller, con categoría profesional mínima de oficial de la segunda categoría.

Los medios técnicos para la ejecución de la instalación y comprobación de funcionamiento que se especifican en el anexo del Real Decreto 1417/2005, de 25 de noviembre, como mínimo.


1. Póliza de seguro, aval o garantía.

2. Declaración que los socios directivos y personal no tienen participación en actividades de transporte por carretera.

 

Para consultar la guía de tramitación y descargar los documentos, acceder a la ficha del trámite TNI-008

Normativa

Real Decreto 1417/2005, de 25 de noviembre, por el que se regula la utilización, instalación y comprobación del funcionamiento de dispositivos de limitación de velocidad en determinadas categorías de vehículos.


Tarjeta de tacógrafos digital

En la página web de la Dirección General de Transportes se encuentra la normativa y guía para la obtención de tarjetas de tacògrafos de forma telemática: (enlace)