CONVOCATORIA DE LAS PRUEBAS PARA OBTENER LA HABILITACIÓN PROFESIONAL


           

CONVOCATORIA VIGENTE

RESULTADOS DE LAS PRUEBAS Y MODELOS DE EXAMEN

En fecha 18 de abril de 2024, se ha publicado en el BOIB la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía, a propuesta del jefe de servicio de la UDIT, la ITV y el Registro Industrial, por la que se convoca el SEGUNDO turno de pruebas del año 2024 para obtener la competencia profesional como persona instaladora, mantenedora, operadora o reparadora en diferentes especialidades en materia de industria (BOIB nº 51).

Las pruebas se organizarán por especialidades, según los Servicios de la Dirección General de Industria y Polígonos Industriales

En la siguiente tabla podéis consultar, las listas de resultados de la convocatoria vigente, si hay, las listas de convocatorias anteriores y los modelos de exámenes para las diferentes especialidades convocadas.

            

LISTAS POR ESPECIALIDADES

En concreto las especialidades son las siguientes:

a) Servicio de Seguridad Industrial

— Persona instaladora y mantenedora de instalaciones de gas (categorías A, B y C).

— Persona operadora industrial de calderas.

— Persona instaladora, mantenedora y/o reparadora de instalaciones de productos petrolíferos líquidos (categorías I, II y III).

— Persona instaladora y mantenedora de instalaciones térmicas en edificios.

— Persona operadora de grúa torre.

— Persona operadora de grúa móvil autopropulsada (categorías A y B).

 b) Servicio de Minas

 — Persona operadora de maquinaria minera móvil (arranque y carga, transporte interno).

Requisitos de admisión de los aspirantes

Para participar en las pruebas de esta convocatoria, y con carácter general, las personas aspirantes deben cumplir, en la fecha de finalización del plazo de inscripción, los requisitos exigidos en la normativa aplicable. Como excepción, las personas aspirantes que en la fecha de finalización de la inscripción se encuentren recibiendo el curso reglamentario de formación previo a las pruebas de grúa torre, grúa autopropulsada o instalador/mantenedor de instalaciones térmicas, podrán inscribirse a las pruebas pero deberán haber finalizado el curso antes de la realización de las mismas.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la inscripción en las pruebas se iniciará el día 22 de abril de 2024 y finalizará el día 10 de mayo de 2024. No se tendrán por realizadas las inscripciones iniciadas fuera del plazo indicado.

Medio de presentación de solicitudes

Se debe realizar un trámite de inscrición a las pruebas, que se encuentra dentro del procedimiento TNI-079 Solicitud de admisión a examen.

Las entidades formadoras debidamente acreditadas por la Dirección General Industria y Polígonos Industriales podrán representar sus alumnos en esta tramitación, si estos los autorizan.

Documentación a aportar en el trámite

Se deberá aportar:

- Sólamente en el caso de realizar el trámite de manera presencial: 01.020_Sol·licitud_presencial_v05.23csg.pdf01.020_Sol·licitud_presencial_v05.23csg.pdf, firmado por la persona que se presenta a las pruebas

- Documento de datos de admisión al examen, cumplimentado por ambas caras, donde deben señalarse las pruebas a las que se desea presentar la persona interesada, y debidamente firmado (con firma digital si se presenta de forma electrónica).

Hay que recordar que, en la especialidad de gases combustibles, las personas interesadas únicamente pueden llevar a cabo una prueba de forma simultánea. Así, en caso de que una persona señale varias categorías en esa especialidad, será asignado de oficio a la prueba de la categoría más alta.

Hay que recordar igualmente que es motivo de exclusión la falta de indicación de la isla en la que se desea realizar las pruebas.

- Sólo en caso de realizar el trámite de manera presencial: Resguardo de pago de la tasa de examen. Muy importante: se tiene que abonar una tasa por PRUEBA (cada categoría es una prueba). En caso de señalar dos o más pruebas en el Documento de datos, la persona interesada tendrá que abonar dos o más tasas de examen. Hay que recordar que, en el caso de operador de maquinaria minera móvil, arranque y carga es una prueba y transporte interno es otro. No se tendrán por inscritas las personas que no hayan abonado las tasas correspondientes (una por cada prueba señalada en el Documento de datos de admisión a las pruebas) dentro del plazo de inscripción.

Las personas que opten a las especialidades de instalaciones térmicas en edificios y de persona operadora de grúas torre y/o autopropulsada no tienen que presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos reglamentarios en la fase de inscripción a las pruebas sino una vez superadas las mismas, si es el caso.

Las personas que opten a la especialidad de persona operadora de maquinaria minera móvil no tienen que presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos reglamentarios en la fase de inscripción a las pruebas sino durante el procedimiento de obtención del carné, si las pruebas son superadas.

Listas de personas admitidas y excluidas

Una vez finalizado el plazo de inscripción a las pruebas, y a petición de los tribunales calificadores, el Servicio de Registro Industrial elaborará y hará públicas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas. Las listas se publicarán en la sede electrónica de la Dirección general de Industria y Polígonos Industriales, y también se expondrán a las oficinas de esta Dirección general.

Las personas interesadas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles contadores desde el día siguiente de la fecha de publicación de las listas, para hacer las alegaciones que consideren oportunas. Las presentadas fuera de plazo no serán atendidas.

Realización de las pruebas

Las pruebas se realizarán en la tercera semana del mes de junio de 2024, entre el día 17 y el día 21 de dicho mes. La fecha, lugar y horario de cada prueba aparecerán indicados en la lista definitiva de persona admitidas.
Se advierte expresamente a las personas aspirantes que la realización de las diferentes pruebas pueden coincidir en día y hora.

Revisión de las pruebas

En las listas de personas que no hayan superado las pruebas figurará la fecha y el horario de revisión de estas. Se realizará en:

   Lugar:

   UDIT
   Direcció General d'Indústria i Polígons Industrials
   C/ Bastió d'en Sanoguera, 2
   07002 Palma

LISTA DEFINITIVA DE PERSONAS QUE HAN OBTENIDO LA CONDICIÓN DE APTO

Finalizado el proceso de revisión de las pruebas y de aportación de la documentación de acreditación de los requisitos reglamentarios, el Servicio de Registro Industrial elaborará y hará públicas las listas definitivas de personas que han obtenido la condición final de apto, aprobadas por los tribunales. Adicionalmente, y mediante Resolución del consejero, esta lista se publicará en el BOIB.

EXPEDICIÓN DEL CERTIFICADO DE SUPERACIÓN DE PRUEBAS

En las especialidades reguladas por el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, el Reglamento de equipos de presión y el Reglamento de productos petrolíferos, el Servicio de Registro Industrial emitirá de oficio un certificado para cada persona que haya superado las pruebas , el cual será suficiente para acreditar su competencia profesional obtenida por superación de un examen teórico-práctico ante la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Adicionalmente, y mediante Resolución del consejero, esta lista se publicará en el BOIB.

EXPEDICIÓN DEL CARNÉ ACREDITATIVO

En las especialidades que regula el Reglamento de Instalaciones térmicas en edificios, el Reglamento de grúas torre, el Reglamento de grúas móviles autopropulsadas y la normativa de Maquinaria minera móvil, la superación de las pruebas no es suficiente para ejercer directamente la actividad y es necesario obtener un carné acreditativo. Para obtenerlo es necesario llevar a cabo el procedimiento correspondiente:

— Carné de Instalaciones térmicas en edificios: Procedimiento 052

— Carné de grúas: Procedimiento 037

— Carné de Maquinaria Minera Móvil: Procedimiento 038

Las personas que hayan superado las pruebas relativas a operador de grúas torre y de grúas móviles autopropulsadas (categorías A y B) y hayan presentado el «Volante para la inscripción condicional en centros docentes o en exámenes oficiales», expedido por el Área de Alta Inspección de la Delegación del Gobierno, o en su caso, documento actualizado equivalente, podrán obtener el carné de operador de grúa sólo cuando sus estudios sean efectivamente homologados con el título de graduado en educación secundaria.