VI. Criterios elegidos por el centro
- Alumnos con necesidades educativas especiales motrices, sensoriales y auditivas que opten a ocupar un coso a alguno de los centros máxime dotados y adaptados para atender las necesidades educativas especiales asociadas a estas tipologías.
- Hijo de antiguo alumno del centro en qué cursó enseñanzas regladas.
- Ambos progenitores o tutores trabajan.
Puntuación que se otorga
- Los centros pueden elegir las circunstancias que consideren pertinentes y valorarlas según su criterio. La puntuación máxima será de 1 punto.
- En los siguientes documentos podéis consultar los criterios elegidos por cada centro. Si un centro no aparece es porque no otorga puntos en este apartado:
Criterios de los centros de Mallorca proceso 2025-2026
Criterios de los centros de Menorca proceso 2025-2026
Documentación
En caso de que los datos no figuren en el GESTIB, para acreditar la condición de hijo de antiguo alumno del centro, el director del centro tiene que firmar un certificado y se tiene que adjuntar a la documentación relativa a la solicitud.
Para justificar el hecho de que ambos tutores trabajan, se tiene que presentar la documentación que justifique suficientemente este hecho, como por ejemplo:
- Un certificado de la empresa contratante.
- Un certificado de vida laboral actualizado.