4. Padres, madres o tutores legales que trabajen en el centro

  • Se entiende que el alumno solicitante tiene el padre, la madre o el tutor que hace trabajo en el centro cuando forma parte del personal docente o no docente, ya sea funcionario público o un trabajador con contrato laboral, adscrito en el centro por la administración competente o acreditado por la inclusión en cualquier de sus códigos de cotización. Queda excluido de este concepto el personal de entidades con contrato administrativo y de las asociaciones de madres y padres que presten servicios al centro.

Puntuación que se otorga

  • 5,5 puntos si hace trabajo sólo un tutor/a.
  • 9,5 puntos si hacen trabajo ambos tutores/oras.

Documentación

  • No hay que presentar documentación. Esta puntuación se otorgará de oficio.