5. Pertenencia a familia numerosa

  • Para tener derecho a esta puntuación es necesario tener el título de familia numerosa en vigor.
  • Como consecuencia de la aprobación de la Ley 8/2018, de 31 de julio, las familias monoparentales podrán obtener 1 punto al apartado de familia numerosa general. La familia monoparental es asimilable a familia numerosa y hace referencia a familias monoparentales con dos o más hijos, o bien familias monoparentales con un hijo con discapacitado reconocida del 33% o superior.
  • En ningún caso se puede acumular la puntuación por familia numerosa general y la de familia monoparental en este apartado

Puntuación que se otorga

  • 2 puntos en los casos de familia numerosa especial.
  • 1 punto en los casos de familia numerosa general.
  • 1 punto en los casos de familia monoparental especial, que se equipará a família numerosa general.

Documentación

  • Título de familia numerosa en vigor. Si este está expedido en Mallorca o Menorca, se puede consultar telemáticamente. En los casos de Ibiza y Formentera, es necesario aportar el documento en papel.
  • Para acreditar familia monoparental: título oficial de familia monoparental en vigor