9.1. Discapacidad del alumno

  • Tienen derecho a la puntuación por este criterio, los alumnos que tienen reconocido un grado de discapacidad igual al 33 % o superior.

Puntuación que se otorga

  • 2 puntos

Documentación

  • Certificado emitido por el órgano competente que indique el tipo y grado de discapacidad.
  • Siempre que se autorice a la solicitud, si el certificado de discapacidad ha sido emitido por el Servicio de Valoración y Orientación de la Discapacidad y la Dependencia de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes del Gobierno de las Illes Balears, se puede consultar telemáticamente. En otros casos, se tiene que presentar el certificado de discapacidad en papel.