4. Padres, madres o tutores legales que trabajen en el centro o centro adscrito

  • Se entiende que el alumno solicitante tiene el padre, la madre o el tutor que trabaja en el centro cuando forma parte del personal docente o no docente, ya sea funcionario público o un trabajador con contrato laboral, adscrito en el centro por la administración competente o acreditado por la inclusión en cualquier de sus códigos de cotización. Queda excluido de este concepto el personal de entidades con contrato administrativo y de las asociaciones de madres y padres que presten servicios al centro.

Puntuación que se otorga

Para el mismo centro:

  • 2 puntos si trabaja solo un tutor/a.
  • 2,5 puntos si trabajan ambos tutores/oras.

Para el centro adscrito:

  • 1 punto si trabaja en el centro solo uno de los tutores.
  • 1,25 si ambos tutores trabajan en el centro.

Documentación

  • No hay que presentar documentación. Esta puntuación se otorgará de oficio.