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A) Constitución Cooperativa


1. Para constituir una sociedad cooperativa se deben cumplir los siguientes requisitos:

a) El número mínimo de socios será de tres.

b) El capital social mínimo es de 1.803,00 euros.

c) Ningún socio podrá tener participaciones o acciones que representen más de un tercio del capital social.


2. Documentación a aportar para constituir una sociedad cooperativa

2.1. Si se opta por constituir la cooperativa sin hacer calificación previa. Se ha de escriturar la siguiente documentación:

a) Modelo estatutos sociales de cooperativa cumplimentados, en formato pdf (Es recomendable utilizar los modelos de estatutos sociales disponibles en el enlace anterior o en el apartado Documentación... de esta página web).

b) Acta asamblea constituyente, en formato pdf (esta también se puede hacer ante el notario en el momento de hacer la escritura pública).

c) Certificado negativo de denominación en formato electrónico (Se debe solicitar al Registro Central de Sociedades Cooperativas del Ministerio competente en materia de trabajo (C / Agustín de Bethencourt, 4-28071 Madrid- Telf. ​​91 3631894- 913631895). este certificado tiene una duración de 6 meses, por lo tanto, debe estar en vigor en el momento de su presentación.

d) Certificado bancario del ingreso del capital social de la cooperativa (el mínimo es de 1.803,00 euros) que las socias y / o los socios hayan acordado.

e) Solicitud del CIF de la cooperativa

Una vez se haya escriturado la documentación anterior, se procederá a hacer el trámite telemático del Registro de Cooperativas, al que hay que añadir la siguiente documentación:

a) Una copia simple electrónica de la escritura de constitución (con la documentación mencionada en los apartados a),b),c), d) y e).

b) Justificante de la liquidación del impuesto de transmisiones y actos jurídicos documentados (Modelo 600) en formato electrónico (en éste debe aparecer el nombre de la cooperativa i nº de CIF).


2.2. Si se opta por hacer la constitución mediante calificación previa, se debe adjuntar la siguiente documentación:

1) Modelo estatutos sociales de cooperativa cumplimentados, en formato pdf (Es recomendable utilizar los modelos de estatutos sociales disponibles en el enlace anterior o en el apartado Documentación... de esta página web).

2) Acta asamblea constituyente, en formato pdf (esta también se puede hacer ante el notario en el momento de hacer la escritura pública).

3) Certificado negativo de denominación en formato electrónico (Se debe solicitar al Registro Central de Sociedades Cooperativas del Ministerio competente en materia de trabajo (C / Agustín de Bethencourt, 4-28071 Madrid- Telf. ​​91 3631894- 913631895)) .Este certificado tiene una duración de 6 meses, por lo tanto, debe estar en vigor en el momento de su presentación.

Esta documentación se remitirá esnejada y firmada digitalmente en el Registro de Cooperativas, donde se revisará la documentación anterior y, en su caso, se resolverá favorablemente y se notificará al interesado la Resolución favorable de la calificación previa junto con los estatus sociales y el acta de la asamblea constiuient, ambos sellados / firmados electrónicamente .

Posteriormente, el interesado debe escriturar la siguiente documentación:

a) Estatutos sociales sellados / firmados electrónicamente

b) Acta asamblea constituyente, sellada / firmada electrónicamente

c) Certificado negativo de denominación en formato electrónico.

d) Certificado bancario del ingreso del capital social de la cooperativa (el mínimo es de 1.803,00 euros) que las socias y / o los socios hayan acordado.

e) Solicitud del CIF de la cooperativa

f) Resolución favorable de la calificación previa.

Una vez se haya escriturado la documentación anterior, el interesado debe proceder a hacer el trámite telemático del Registro de Cooperativas, en el plazo máximo de 2 meses desde el otorgamiento de la escritura. En dicho trámite telemático hay que añadir la siguiente documentación:

a) Una copia simple electrónica de la escritura de constitución (con docs. Mencionados apartados a), b), c), d), e) y f).

b) Justificante de la liquidación del impuesto de transmisiones y actos jurídicos documentados (Modelo 600) en formato electrónico (en éste debe aparecer el nombre de la cooperativa i nº de CIF).

B) Constitución Microcooperativa

1. Para constituir una sociedad microcooperativa se deben cumplir los siguientes requisitos:

- El número mínimo de socios será de dos y máximo de diez.
- El capital social mínimo es de 1.803,00 euros.
- Ningún socio podrá tener participaciones o acciones que representen más de un 50% del capital social.
- Las microcooperatives sólo pueden ser de Trabajo asociado o de Explotación Comunitaria de la Tierra.
- La duración máxima de la sociedad microcooperativa es de siete años a contar desde la fecha de adquisición de su personalidad jurídica. Transcurrido este plazo, deberán contar con tres personas socias como mínimo y  deberán adaptar los estatutos a la Ley 1/2003, de 20 de marzo, de cooperativas de las Islas Baleares.

2. Documentación a aportar para constituir una sociedad microcooperativa

2.1. Documentación a aportar para constituir una sociedad microcooperativa de nueva constitución

a) Modelo estatutos sociales de microcooperativa cumplimentados, en formato pdf (Es recomendable utilizar los modelos de estatutos sociales disponibles en el enlace anterior o en el apartado "Documentación..." de esta página web).

b) Acta asamblea constituyente, en formato pdf (esta también se puede hacer ante el notario en el momento de hacer la escritura pública).

c) Certificado negativo de denominación en formato electrónico (Se debe solicitar al Registro Central de Sociedades Cooperativas del Ministerio competente en materia de trabajo (C / Agustín de Bethencourt, 4-28071 Madrid- Telf. ​​91 3631894- 913631895)) . Este certificado tiene una duración de 6 meses, por lo tanto, debe estar en vigor en el momento de su presentación.

d) Certificado bancario del ingreso del capital social de la cooperativa (el mínimo es de 1.803,00 euros) que las socias y / o los socios hayan acordado.

e) Solicitud del CIF de la cooperativa

En caso de utilizar los estatutos sociales aprobados por la conselleria competente en materia de trabajo (disponibles en la página web del registro de Cooperativas), se procederá a la tramitación abreviada del procedimiento, el cual se resolverá en un plazo no superior a 15 días hábiles, cuya tramitación, excluye el trámite de calificación previa. En caso de no utilizar los estatutos sociales antes mencionados, el plazo para resolver la constitución será de 60 días hábiles.

 
Una vez se haya protocolizado la documentación anterior, se procederá a hacer el trámite telemático del Registro de Cooperativas, al que hay que añadir la siguiente documentación:

a) Una copia simple electrónica de la escritura de constitución (con docs. apartados a),b),c),d) y e).

b) Justificante de la liquidación del impuesto de transmisiones y actos jurídicos documentados (Modelo 600) en formato electrónico (en éste debe aparecer el nombre de la cooperativa i nº de CIF).

2.2. Documentación a aportar por transformación de una sociedad cooperativa en Sociedad Microcooperativa

2.2.1. En caso de transformación de una sociedad cooperativa ya constituida en una sociedad microcooperativa, deben adaptarse los estatutos sociales de la sociedad cooperativa ya existentes en los estatutos sociales de la sociedad microcooperativa aprobados por la conselleria competente en materia de trabajo (disponibles en la página web del registro de Cooperativas), se procederá a la tramitación abreviada del procedimiento, el cual se resolverá en un plazo no superior a 15 días hábiles, cuya tramitación, excluye el trámite de calificación previa. En caso de no utilizar los estatutos sociales antes mencionados, el plazo para resolver la constitución será de 60 días hábiles.

2.2.2. Se deben protocolizar ante una notaria o notario los estatutos de la microcooperativa, y se presentará mediante trámite telemático:

a) Una copia simple electrónica de la escritura de adaptación.

b) Justificante de la liquidación del impuesto de transmisiones y actos jurídicos documentados (Modelo 600) en formato electrónico (en éste debe aparecer el nombre de la cooperativa i nº de CIF).