Las sociedades cooperativas se pueden clasificar atendiendo a diferentes criterios.
A) Según la integración o colaboración, las cooperativas pueden dividirse en:
- Cooperativas de primer grado
Aquellas integradas como mínimo por tres socios.
- Cooperativas de segundo o ulterior grado
Aquellas constituidas, al menos, por dos cooperativas de primer grado. También pueden asociarse personas jurídicas, empresarios individuales y socios de trabajo.
B) Según el tipo de actividad que realicen, la finalidad y el objeto social, pueden distinguirse las clases de cooperativas siguientes:
a) Cooperativas de trabajo asociado
La cooperativa es propiedad de los trabajadores y su objetivo es proporcionar a los socios puestos de trabajo. Lo que se cooperativiza es el trabajo.
b) Cooperativas de consumidores y usuarios
Su objetivo es el suministro de bienes y servicios adquiridos a terceros o producidos por sí mismas, para uso o consumo de los socios o de quien convive y, en ciertos casos, de terceros. También se ocupan de la educación, formación y defensa de sus socios y de los consumidores y usuarios en general.
c) Cooperativas de viviendas
Tienen por objeto la satisfacción de las necesidades de los socios, en relación con las actividades inmobiliarias de construcción y rehabilitación de viviendas, instale • instalaciones y locales, así como el suministro de servicios complementarios.
d) Cooperativas agrarias
Asocian a titulares de explotaciones agropecuarias o forestales para conseguir aprovecharlas mejor, así como mejorar la población agraria y el desarrollo del mundo rural.
e) Cooperativas de explotación comunitaria de la tierra
Los titulares de derechos de uso y aprovechamiento de tierras u otros bienes inmuebles susceptibles de explotación agraria ceden sus derechos a la cooperativa para la explotación agraria en común de estos bienes.
f) Cooperativas del mar
Asociación de personas relacionadas con actividades del mar, rías, lagunas marinas, pesqueras y la industria marítimo-pesquera, a fin de prestar suministros y servicios, y realizar operaciones encaminadas a la mejora de las propias actividades o explotaciones.
g) Cooperativas de transportistas
Asocian personas relacionadas con actividades de transporte de personas y / o cosas, a fin de prestar suministros y servicios y realizar operaciones encaminadas a la mejora de las propias actividades o explotaciones.
h) Cooperativas de seguros
Son las que ejercen la actividad aseguradora. Con normativa propia, la legislación del seguro, supletoriamente se rigen por la legislación cooperativa.
e) Cooperativas de crédito
Sirven a las necesidades de financiación de sus socios y de terceros, mediante el ejercicio de las actividades propias de las entidades de crédito.
j) Cooperativas sanitarias
Ejercen su actividad en el área de la salud, y están formadas por profesionales de la sanidad y / o destinatarios de la asistencia sanitaria.
k) Cooperativas de servicios
Asocian a titulares de explotaciones industriales o de servicios así como profesionales y / o artistas, que presten suministros o servicios y hagan operaciones que mejoren sus propias explotaciones o actividades.
l) Cooperativas de enseñanza
Son las que llevan a cabo actividades docentes. Pueden estar formadas por profesores, para alumnos, para padres de alumnos y por personal no docente y de servicios.
m) Cooperativas de inserción social
Las que, sin ánimo de lucro y con independencia de su clase, atienden a sus miembros, que pertenecen a col • lectivos de discapacitados físicos o psíquicos, menores y ancianos con necesidades familiares y económicas, ya cualquier otra minoría en exclusión social, por facilitarles la integración plena en la sociedad.
Con independencia de la clase a la que pertenezcan, las cooperativas pueden clasificarse también en:
a) Cooperativas de iniciativa social
Sociedades sin ánimo de lucro, que tienen por objeto social la prestación de servicios asistenciales o la integración laboral de personas en exclusión social.
b) Cooperativas integrales
Son cooperativas con objeto social múltiple. Su actividad cooperativizada es plural y cumple las finalidades propias de diferentes clases de cooperativas en una misma entidad.