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Contenidos que han de ser accesibles

En el marco del Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles de las entidades obligadas "deben ser accesibles para sus usuarios y, en particular, para las personas mayores y personas con discapacidad, de manera que sus contenidos deberán ser perceptibles, operables, comprensibles y robustos ". Gracias a ello, cualquier usuario podrá:

  • Acceder a la información y los componentes de la interfaz de forma que pueda percibir y pueda ser utilizada.
  • Acceder a una interfaz comprensible, de forma que los contenidos de la misma deben ser lo suficientemente sólidos para poder ser interpretados de manera fiable por una variedad de usuarios, incluidas las tecnologías de asistencia.
  • Acceder a los contenidos en condiciones de igualdad y no discriminación.

Los contenidos de sitios web (desde la fecha 20 se septiembre de 2018) y de aplicaciones para dispositivos móviles (a partir del 23 de junio de 2021) de las entidades obligadas que deben cumplir los requisitos de accesibilidad indicados en los art. 5 y 6 del RD 1112/2018, de 7 de septiembre son:

  • Información textual y no textual (imágenes, etc.).
  • Documentos, como los disponibles en formato de archivo ofimático, como PDF, y formularios que se puedan descargar.
  • Contenido multimedia pregrabado de base temporal, es decir, que se mantienen en línea o se vuelven a emitir después de su transmisión en directo.
  • Formas de interacción entre la persona interesada y el sitio web o aplicación para dispositivos móviles. Por ejemplo, el tratamiento y cumplimentación de formularios digitales, así como procesos asociados como la identificación, autenticación, firma y pago.

Estas obligaciones afectan a todos los contenidos con independencia de la plataforma tecnológica que utilicen para ello. Por tanto, el contenido multimedia de base temporal generado por las administraciones públicas y que difundan a través de otras plataformas como YouTube, Facebook, Twitter, etc. también debe cumplir los requisitos de accesibilidad.

Por tanto, y en resumen, las entidades obligadas deben hacer accesible los contenidos de sus sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles. Algunas funcionalidades que podrán incorporar los contenidos para mejorar la accesibilidad son, por ejemplo:

  •     Proporcionar un texto equivalente alternativo a imágenes y gráficos de manera que puedan ser reproducidos a través de lectores de pantalla o líneas Braille.
  • Incorporación de subtítulos a los vídeos para su comprensión por personas usuarias con dificultades auditivas.
  • Tamaño de texto lo suficientemente grande para que los usuarios con problemas visuales puedan leerlo sin dificultad.
  • Tamaño de botones o áreas activas adecuado para facilitar el uso del ratón.
  • Ofrecer alternativas para que sea posible navegar por el sitio web sin un ratón.
  • Estructuración de la información y contenidos para facilitar la comprensión.
  • Etc.

(Estos requisitos y funcionalidades al completo están detallados en la norma técnica estándar a cumplir por las administraciones públicas de España, la EN 301 549: 2018, versión 2.1.2, "Requisitos de accesibilidad para productos y servicios TIC")