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Convocatòria d'ajuts per a la projecció exterior de l'edició i la promoció de la literatura, el pensament, el còmic i la il·lustració de les Illes Balears per a l'any 2024

Contribuir a la projecció exterior de la literatura, el pensament, el còmic i la il·lustració de les Illes Balears de caràcter professional durant el període comprès entre el 16 de setembre de 2023 i el 15 de setembre de 2024, per a les línies a) i c), i durant el període comprès entre l'1 de desembre de 2023 i el 31 de desembre de 2024, per a la línia b), amb la finalitat de fomentar l'intercanvi i la relació cultural entre Mallorca, Menorca, Eivissa i Formentera i entre les Illes Balears i l'exterior.

Código SIA

3052877

Personas destinatarias

SUPORT A LA MOBILITAT (LÍNIA A)

Els autors, els responsables d'editorials, els organitzadors de festivals literaris que sol·licitin mobilitat per a autors balears, els investigadors i els agents culturals de les Illes Balears.

SUPORT A L'EDICIÓ I LA PROMOCIÓ (LÍNIES B I C)

Les persones jurídiques o físiques que estiguin donades d'alta en el cens tributari i/o l'impost d'activitats empresarials (IAE) en epígrafs vinculats al sector editorial o bé que tenguin com a objecte social el desenvolupament d'activitats de caràcter professional relacionades amb el sector editorial.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Sis mesos a partir de la data en què finalitza el termini per presentar les sol·licituds.

Silencio administrativo

Negatiu

Forma de inicio

D'ofici

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Trámites

X

Presentació de sol·licituds

Requisitos

a) Estar al corrent de les obligacions amb la Seguretat Social i de les obligacions tributàries amb l'Estat i amb la Comunitat Autònoma de les Illes Balears. La sol·licitud de les ajudes comporta l'autorització perquè l'IEB comprovi d'ofici que la

persona o l'entitat sol·licitant està al corrent d'aquestes obligacions, excepte en el cas de denegació expressa del consentiment. En aquest cas, la persona o l'entitat sol·licitant han d'aportar els certificats corresponents, juntament amb la sol·licitud de les ajudes.

b) Presentar la sol·licitud en els termes i amb els requisits que s'estableixen en els apartats 6, 7 i 8 d'aquesta convocatòria.

c) Estar al corrent de pagament d'obligacions per reintegrament de subvencions en els termes que es determinin legalment.

d) Complir els principis de l'article 3 de la Llei 11/2016, de 28 de juliol, d'igualtat de dones i homes.

e) Presentar una sola sol·licitud per projecte. En cas de presentació d'una nova sol·licitud, s'haurà de desistir expressament de l'anterior; en cas de no fer-ho, només es tindrà en compte la primera sol·licitud registrada.

En cas de desistiment exprés, la data en l'ordre de prelació dels expedients serà la de la nova sol·licitud registrada o la data de registre de desistiment en cas que aquest sigui posterior a la segona sol·licitud.

f) Disposar de l'organització i la capacitat suficients i necessàries per garantir el compliment de l'activitat objecte de la subvenció en el moment de la publicació de la convocatòria.

g) Presentar un certificat, si escau, que l'entitat està exempta de declarar l'IVA. Si no es presenta aquest certificat de l'Agència Estatal de l'Administració Tributària, l'IVA de les factures que es presentin com a part del compte justificatiu no es pot subvencionar.

Documentación a presentar

Veg. la convocatòria (apartat 8)

Modelos:

Plazo máximo

16 de setembre de 2024.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Esmena de la sol·licitud - Comissió 1

Requisitos

Aparèixer a l'annex 2 ("Sol·licituds excloses; documentació incorrecta que cal esmenar") de la llista provisional d'admesos i exclosos.

Documentación a presentar

La documentació indicada en la llista provisional d'admesos i exclosos.

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

28 de juny de 2024.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Millora de la sol·licitud

Requisitos

Respondre a un requeriment per modificar o millorar voluntàriament la sol·licitud.

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

31 de desembre de 2024.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Desistiment de la sol·licitud

Requisitos

Haver presentat la sol·licitud per participar en la convocatòria i voler desistir de la sol·licitud.

Documentación a presentar

Document "Desistiment de la sol·licitud".

Modelos:

Plazo máximo

En qualsevol moment abans de la finalització del procediment.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

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C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Al·legacions a la proposta de resolució de concessió - Comissió 1

Requisitos

Aparèixer com a beneficiari a la proposta de resolució de concessió.

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

22 de juliol de 2024.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

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X

Presentació de l'annex 3 nou

Requisitos

Aparèixer com a beneficiari a la resolució de concessió.

Documentación a presentar

Annex 3 nou.

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

L'annex s'ha de presentar durant el termini de presentació de la justificació o, si ja s'ha justificat l'activitat, posteriorment.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

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C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Esmena de la sol·licitud - Comissió 2

Requisitos

Aparèixer a l'annex 2 ("Sol·licituds excloses; documentació incorrecta que cal esmenar") de la llista provisional d'admesos i exclosos.

Documentación a presentar

La documentació indicada en la llista provisional d'admesos i exclosos.

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

3 de desembre de 2024.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Al·legacions a la proposta de resolució de concessió - Comissió 2

Requisitos

Aparèixer com a beneficiari a la proposta de resolució de concessió.

Documentación a presentar

Plazo máximo

2 de gener de 2025.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Presentació de la justificació Comissió 1 i 2

Requisitos

Aparèixer com a beneficiari a la resolució de concessió de les subvencions.

Documentación a presentar

La justificació de l'activitat subvencionada s'ha de dur a terme amb la presentació del compte justificatiu a través del model normalitzat (annex 7), amb la documentació següent:

a) Una memòria d'actuació justificativa del compliment de les condicions imposades a la concessió de l'ajuda, amb la indicació de les despeses objecte de l'ajuda.

b) Una memòria econòmica justificativa (seguint el model descarregable)

c) Les factures

d) Els justificants de pagament

e)L'annex 6 (nou annex minimis)

Modelos:

Plazo máximo

El termini per justificar la subvenció acaba en el termini de 20 dies hàbils després d'haver duit a terme l'activitat objecte de la subvenció. Si en aquesta data encara no s'ha publicat la Resolució de concessió en el BOIB, s'entén que la justificació s'ha de fer en els 20 dies hàbils següents a aquesta publicació.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

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Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Esmena de la justificació

Requisitos

Haver rebut un requeriment per corregir els defectes de la documentació presentada per justificar les despeses efectuades.

Documentación a presentar

Plazo máximo

Deu dies hàbils comptadors a partir de l'endemà d'haver rebut el requeriment.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

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Servicio o Sección responsable

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(info@iebalearics.org)

Información sobre protección de datos

X

De conformitat amb el reglament (UE) 2016/679 i la legistació vigent en matèria de protecció de dades, s’informa del tractament de les dades personals que conté aquest tràmit

Responsable del tratamiento

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Finalidad

Tramitació del procediment.

Legitimación

Compliment d'una missió realitzada en interès públic o en l'exercici de poders públics

Destinatario

No se cediran dades a tercers tret d'obligació legal.

Derechos

Drets d'accés, de rectificació, de supressió, de limitació, de portabilitat, d'oposició i de no inclusió en tractaments automatitzats, com s'explica en la informació addicional

Información adicional

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