Requisitos
Tener la necesidad de contratación de profesorado y haber sido imposible poder contratar profesorado que no reúna todos los requisitos académicos exigidos por la normativa.
Documentación a presentar
1) La solicitud correctamente rellenada según el modelo que figura en el anexo 2 de esta Resolución.
2) La acreditación de la imposibilidad de poder contratar alguien de la lista de interinos que han autorizado la Consejería a ceder sus datos a los centros concertados o, en su caso, que el profesorado ha manifestado por escrito que no está interesado en la oferta del centro concertado.
3) El horario del profesor titular que consta en el GESTIB en los casos de solicitudes para cubrir una sustitución (sustitución de IT, riesgo durante el embarazo, maternidad, etc.).
4) La documentación acreditativa de la titulación del profesor a contratar.
Modelos:
Plazo máximo
Las solicitudes se pueden presentar desde el 10 de agosto anterior al inicio del curso en que se tengan que aplicar hasta el 20 de junio del año siguiente
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Departamento de Centros Concertados
Contacto
Servicio o Sección responsable
Departamento de Centros Concertados
C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta).
Tel.: 971177836
- Fax: 971176872
(concertseducatius@dgplacen.caib.es)