Registre de mitjanes instal·lacions de combustió (MIC)
Registrar les mitjanes instal·lacions de combustió de les Illes Balears
Código SIA
2234926
Personas destinatarias
Titulars d'instal·lació de combustió que tengui una potència tèrmica nominal igual o superior a 1 MW i inferior a 50 MW
Plazo máximo para la resolución y notificación
6 mesos
Silencio administrativo
Segon normativa aplicable
Forma de inicio
Instància de part o d'ofici
Fin de la via administrativa
Si
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Direcció General d'Economia Circular, Transició Energètica i Canvi Climàtic
Simplificación documental
Trámites
Sol·licitud de registre de mitjanes instal·lacions de combustió
Requisitos
Instal·lació de combustió que tengui una potència tèrmica nominal igual o superior a 1 MW i inferior a 50 MW.
Documentación a presentar
Presentar l'annex I del RD 1042/2017 emplenat i en cas que hi hagi modificacions en els codis APCA de les mitjanes instal·lacions de combustió, s'ha de presentar el formulari d'adequació dels codis APCA al RD 1042/2017
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
6 mesos
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Direcció General d'Economia Circular, Transició Energètica i Canvi Climàtic
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servei de Canvi Climàtic i Atmosfera
C/ del Calçat, 2A (Polígon Son Valentí). Tel.: 971177706
(atmosfera@energia.caib.es)
Esmena de la sol·licitud
Requisitos
Ser titular d'una mitjana instal·lació de combustió i haver rebut una notificació d'un requeriment d'esmena de deficiències de la sol·licitud de registre MIC
Documentación a presentar
Documentació requerida
Modelos:
Plazo máximo
10 dies a comptar des de la data de notificació del requeriment d'esmena de deficiències
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Direcció General d'Economia Circular, Transició Energètica i Canvi Climàtic
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servei de Canvi Climàtic i Atmosfera
C/ del Calçat, 2A (Polígon Son Valentí). Tel.: 971177706
(atmosfera@energia.caib.es)
Presentació de documentació
Requisitos
Titular d'una MIC que vulgui presentar documentació relacionada amb el procediment
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
Abans de la notificació de la resolució de registre com a mitjana instal·lació de combustió
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Direcció General d'Economia Circular, Transició Energètica i Canvi Climàtic
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servei de Canvi Climàtic i Atmosfera
C/ del Calçat, 2A (Polígon Son Valentí). Tel.: 971177706
(atmosfera@energia.caib.es)
Desistiment de la sol·licitud
Requisitos
Titular d'una MIC que vulgui desistir de la seva sol·licitud de registre com a mitjana instal·lació de combustió
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
Abans de la notificació de la resolució de registre com a mitjana instal·lació de combustió
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Direcció General d'Economia Circular, Transició Energètica i Canvi Climàtic
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servei de Canvi Climàtic i Atmosfera
C/ del Calçat, 2A (Polígon Son Valentí). Tel.: 971177706
(atmosfera@energia.caib.es)
Información sobre protección de datos
De conformitat amb el reglament (UE) 2016/679 i la legistació vigent en matèria de protecció de dades, s’informa del tractament de les dades personals que conté aquest tràmit
Responsable del tratamiento
Direcció General d'Economia Circular, Transició Energètica i Canvi Climàtic
Finalidad
Tramitació del procediment
Legitimación
Compliment d'una missió realitzada en interès públic o en l'exercici de poders públics
Destinatario
No se cediran dades a tercers tret d'obligació legal
Derechos
Drets d'accés, de rectificació, de supressió, de limitació, de portabilitat, d'oposició i de no inclusió en tractaments automatitzats, com s'explica en la informació addicional
Información adicional