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Visat de contractes de compra o arrendament d'habitatge de protecció oficial

La finalitat del visat de contractes de lloguer o compra d'habitatges protegits és comprovar que els arrendataris o propietaris compleixen tots els requisits per accedir a un habitatge protegit i que el preu màxim establert sigui correcte, així com comprovar que el contracte contengui totes les clàusules obligatòries segons la normativa de HPO/VPO.

Código SIA

208162

Personas destinatarias

Persones i empreses que vulguin vendre o arrendar un habitatge de protecció oficial.

Plazo máximo para la resolución y notificación

3 mesos, Art. 21.2 Llei 39/2015, d'1 d'octubre, de Procediment Administratiu Comú de les Administracions Públiques.

Silencio administrativo

Negatiu

Forma de inicio

Instància de part

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Direcció General d'Habitatge i Arquitectura

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Sol·licitud visat

Requisitos

Tenir un contracte de lloguer o compra-venda d'un habitatge protegit.

Documentación a presentar

1. Reviseu el document adjunt al tràmit on s'indica la documentació necessària

2. Accés al pagament de la taxa de visat (4,00 €)

https://www.atib.es/TA/Modelos/Modelo.aspx?m=046&idConcepto=9366

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

30 dies des de la firma del contracte.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Direcció General d'Habitatge i Arquitectura

Contacto

Servicio o Sección responsable

Departament d'Habitatge

Tel.: 971177300

Observaciones

Sol·licitud visat

X

Esmena de la sol·licitud

Requisitos

Haver presentat una sol·licitud d'obtenció de visat de contracte.

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

10 dies des de la notificació del requeriment.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Direcció General d'Habitatge i Arquitectura

Contacto

Servicio o Sección responsable

Departament d'Habitatge

Tel.: 971177300

X

Presentació Declaració Responsable en successives transmissions de titularitat d'Habitatge Protegit

Requisitos

Requisits del comprador que presenta la Declaració Responsable:

1. Estar inscrit en el Registre de Demandants de l'IBAVI.

2. No disposar d'un altre habitatge en propietat en territori espanyol.

3. No superar els ingressos màxims establerts mitjançant el Consell de Govern amb data 21/11/22 (BOIB núm. 152 - 22/11/2022).

4. Destinar l'habitatge a domicili habitual i permanent.

5. La Declaració Responsable s'ha de presentar correctament complimentada i signada.

Documentación a presentar

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

30 dies a contar des de la formalització del contracte.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Direcció General d'Habitatge i Arquitectura

Contacto

Servicio o Sección responsable

Departament d'Habitatge

Tel.: 971177300

Información sobre protección de datos

X

De conformitat amb el reglament (UE) 2016/679 i la legistació vigent en matèria de protecció de dades, s’informa del tractament de les dades personals que conté aquest tràmit

Responsable del tratamiento

Direcció General d'Habitatge i Arquitectura

Finalidad

Tramitació del procediment

Legitimación

Compliment d'una missió realitzada en interès públic o en l'exercici de poders públics

Destinatario

No se cediran dades a tercers tret d'obligació legal

Derechos

Drets d'accés, de rectificació, de supressió, de limitació, de portabilitat, d'oposició i de no inclusió en tractaments automatitzats, com s'explica en la informació addicional

Información adicional

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