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Convocatòria d'ajuts per donar suport a les activitats de projecció exterior de les arts escèniques de les Illes Balears per a l'any 2024

Aquesta convocatòria té per objecte contribuir a la projecció exterior de les arts escèniques de les Illes Balears de caràcter professional per a les activitats corresponents al període comprès entre el 16 de setembre de 2023 i el 15 de setembre de l'any 2024, amb la finalitat de fomentar l'intercanvi i la relació cultural entre les illes i entre les Illes Balears i l'exterior.

Código SIA

3052871

Personas destinatarias

SUPORT A LA MOBILITAT (inclou exclusivament despeses de mobilitat)

Persones físiques (creadors, productors, distribuïdors o agents culturals), associacions, comunitats de béns i altres persones jurídiques sense ànim de lucre de l'àmbit de les arts escèniques en general, independentment de la seva residència fiscal, així com els consells insulars, les entitats locals i els ens del sector públic que en depenen, sempre que organitzin activitats amb professionals de les arts escèniques de les Illes Balears.

També en són beneficiàries les agrupacions de persones físiques o jurídiques, o qualsevol altre tipus d'unitat econòmica o patrimoni separat que, tot i no tenir personalitat jurídica, puguin dur a terme els projectes, les activitats o els comportaments o estiguin en la situació que motiva la concessió de la subvenció.

SUPORT A LA PROMOCIÓ EXTERIOR (pot incloure despeses de mobilitat i també despeses de promoció exterior)

Professionals autònoms i empreses de l'àmbit de les arts escèniques, independentment de la seva residència fiscal, sempre que organitzin activitats amb professionals de les Illes Balears.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Sis mesos a partir de la data en què finalitza el termini per presentar les sol·licituds

Silencio administrativo

Negatiu

Forma de inicio

D'ofici

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Trámites

X

Presentació de sol·licituds

Requisitos

a) Estar al corrent de les seves obligacions tributàries o davant la Seguretat Social. La sol·licitud de les ajudes comporta l'autorització perquè l'IEB comprovi d'ofici que la persona o l'entitat sol·licitant està al corrent d'aquesta obligació, excepte en el cas de denegació expressa del consentiment. En aquest cas, la persona o l'entitat sol·licitant ha d'aportar el certificat corresponent, juntament amb la sol·licitud de les ajudes.

b) Estar al corrent de pagament d'obligacions per reintegrament de subvencions en els termes que es determinin legalment. La sol·licitud de les ajudes comporta l'autorització perquè l'IEB comprovi d'ofici que la persona o l'entitat sol·licitant està al corrent de les obligacions tributàries, excepte en el cas de denegació expressa del consentiment. En aquest cas, la persona o l'entitat sol·licitant ha d'aportar els certificats corresponents, juntament amb la sol·licitud de les ajudes.

c) Presentar la sol·licitud (annex 2) en els termes i amb els requisits que s'estableixen en els apartats 6, 7 i 8 d'aquesta convocatòria.

d) Complir els principis de l'article 3 de la Llei 11/2016, de 28 de juliol, d'igualtat de dones i homes.

e) Disposar de l'organització i la capacitat suficients i necessàries per garantir el compliment de l'activitat objecte de la subvenció en el moment de la publicació de la convocatòria.

f) Presentar un certificat, si escau, que l'entitat està exempta de declarar l'IVA. Si no es presenta aquest certificat de l'Agència Estatal de l'Administració Tributària, l'IVA de les factures que es presentin com a part del compte justificatiu no es pot

subvencionar.

Documentación a presentar

Veg. la convocatòria (apartat 8).

Modelos:

Plazo máximo

16 de setembre de 2024.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Esmena de la sol·licitud

Requisitos

Aparèixer a l'annex 2 ("Sol·licituds excloses") de la llista provisional d'admesos i exclosos.

Documentación a presentar

La documentació indicada en la llista provisional d'admesos i exclosos.

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

6 de juny de 2024.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Millora de la sol·licitud

Requisitos

Respondre a un requeriment per modificar o millorar voluntàriament la sol·licitud.

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

31 de desembre de 2024.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Presentació de la justificació - Comissió 1

Requisitos

Aparèixer com a beneficiari a la resolució de concessió de les subvencions.

Documentación a presentar

Compte justificatiu mitjançant el model normalitzat (annex 8) signat, juntament amb la documentació següent:

a) Una memòria d'actuació justificativa del compliment de les condicions imposades a la concessió de l'ajuda, amb la indicació de les despeses objecte de l'ajuda.

b) Una memòria econòmica justificativa (seguint el model descarregable).

c) Les factures.

d) Els justificants de pagament.

e) Si escau, dos exemplars dels materials gràfics i/o audiovisuals editats amb motiu de l'activitat subvencionada.

Per a més informació, vegeu la convocatòria.

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Acaba en el termini de 20 dies hàbils a comptar des de l'endemà de la finalització del període d'execució, o des de l'endemà de la publicació de la resolució de concessió, si ja s'ha fet l'activitat subvencionada.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

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C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

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X

Esmena de la justificació - Comissió 1

Requisitos

Haver rebut un requeriment per corregir els defectes de la documentació justificativa de les despeses efectuades.

Documentación a presentar

La indicada en el requeriment.

Modelos:

Plazo máximo

Deu dies hàbils comptadors a partir de l'endemà d'haver rebut el requeriment.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

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X

Presentació de l'annex 3 nou

Requisitos

Aparèixer com a beneficiari a la resolució de concessió.

Documentación a presentar

Annex 3 nou.

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

L'annex s'ha de presentar durant el termini de presentació de la justificació o, si ja s'ha justificat l'activitat, posteriorment.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

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X

Esmena de la sol·licitud - Comissió 2

Requisitos

Aparèixer com a exclòs a la llista d'admesos i exclosos.

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

29 d'octubre de 2024.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Acceptació o renúncia a l'ajut

Requisitos

Aparèixer com a beneficiari a la Proposta de resolució

Documentación a presentar

Annex 6 (acceptació) o Annex 7 (renúncia)

Modelos:

Plazo máximo

Deu dies hàbils, comptadors des de l'endemà de la publicació de la proposta de resolució en el web de l'IEB

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

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C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Presentació d'al·legacions

Requisitos

Haver presentat la sol·licitud per participar en la convocatòria i estar en desacord amb la Proposta de resolució.

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

27 de desembre de 2024.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Presentació de la justificació - Comissió 2

Requisitos

Aparèixer com a beneficiari a la resolució de concessió de les subvencions.

Documentación a presentar

Compte justificatiu mitjançant el model normalitzat (annex 8) signat, juntament amb la documentació següent:

a) Una memòria d'actuació justificativa del compliment de les condicions imposades a la concessió de l'ajuda, amb la indicació de les despeses objecte de l'ajuda.

b) Una memòria econòmica justificativa (seguint el model descarregable).

c) Les factures.

d) Els justificants de pagament.

e) Si escau, dos exemplars dels materials gràfics i/o audiovisuals editats amb motiu de l'activitat subvencionada.

Per a més informació, vegeu la convocatòria.

Modelos:

Plazo máximo

Acaba en el termini de 20 dies hàbils a comptar des de l'endemà de la finalització del període d'execució, o des de l'endemà de la publicació de la resolució de concessió, si ja s'ha fet l'activitat subvencionada.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

X

Esmena de la justificació - Comissió 2

Requisitos

Haver rebut un requeriment per corregir els defectes de la documentació presentada per justificar les despeses efectuades.

Documentación a presentar

Plazo máximo

31 de juliol de 2025.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

C. d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971178996

(info@iebalearics.org)

Información sobre protección de datos

X

De conformitat amb el reglament (UE) 2016/679 i la legistació vigent en matèria de protecció de dades, s’informa del tractament de les dades personals que conté aquest tràmit

Responsable del tratamiento

Institut d'Estudis Baleàrics (IEB)

Finalidad

Tramitació del procediment.

Legitimación

Compliment d'una missió realitzada en interès públic o en l'exercici de poders públics

Destinatario

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