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Servicio de Juventud

ESCUELAS DE FORMACIÓN

 

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¿QUÉ SON LAS ESCUELAS DE FORMACIÓN EN EL TIEMPO LIBRE EDUCATIVO INFANTIL Y JUVENIL?

Son aquellas escuelas reconocidas por los departamentos de Juventud de cada isla que imparten la formación conducente en los diplomas de director/a y monitor/a de actividades de educación en el tiempo libre educativo infantil y juvenil. Se regulan en el Título III de la Ley 10/2022, de 23 de diciembre, del tiempo libre educativo para la infancia y la juventud de las Illes Balears, y en el Título I del Decreto 23/2018, 23/2018, de 6 de julio, por el cual se desarrollan diversos aspectos de la normativa de juventud y de tiempo libre.

¿QUÉ NECESITO PARA PONER EN MARCHA UNA ESCUELA DE FORMACIÓN EN EL TIEMPO LIBRE EDUCATIVO?

Presentar una declaración responsable, según modelo normalizado, ante el consejo insular respectivo, antes del inicio de la actividad.

Esta declaración responsable supone manifestar, bajo la responsabilidad del interesado, que se cumplen todos los requisitos establecidos en el Decreto 23/2018, de 6 de julio, para poner en marcha una escuela de formación en el tiempo libre educativo y para mantenerlos en el tiempo que dure la actividad.

¿QUÉ TIENE QUE CONSTAR A LA DECLARACIÓN RESPONSABLE?

- Identificación de la persona o entidad responsable (nombre y DNI/CIF)

- Medio electrónico o dirección física, a efectos de notificación

- Denominación de la escuela

- Fecha en que se iniciará la actividad

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA PONER EN MARCHA UNA ESCUELA DE FORMACIÓN EN EL TIEMPO LIBRE EDUCATIVO?

Requisitos de recursos humanos:

El director de la escuela tiene que tener:

- Titulación universitaria

- Diploma de Director de actividades de educación en el tiempo libre educativo infantil y juvenil o el certificado de profesionalidad de Dirección y coordinación de actividades de tiempo libre infantil y juvenil.-

- Una experiencia en el ámbito de la educación en el tiempo libre educativo de al menos seis meses en los últimos tres años.

Un equipo docente en el cual al menos la mitad del profesorado tenga el diploma de director/a o el certificado de profesionalidad equivalente. Además, todo el profesorado tiene que tener alguna de las titulaciones siguientes:

a) Para el curso de monitor/a:

Grado universitario o equivalente

Título de técnico/a superior de la familia profesional de Servicios socioculturales y a la comunidad.

Certificado de profesionalidad de nivel 3 del área profesional de actividades culturales y recreativas de la familia profesional de Servicios socioculturales y a la comunidad o Diploma de Director de actividades de educación en el tiempo libre educativo infantil y juvenil


b) Para el curso de director/a:

Grado universitario o equivalente

Requisitos de instalaciones:

- Aula polivalente de 1,5m2 por alumno/a.

- No superar a los 25 alumnos/as por grupo.

- Un espacio interior o exterior de al menos 60 m2.

- Lavabos en un número adecuado a la capacidad del centro.

- Normativa de prevención de incendios.

- Sala de reuniones para el personal docente.

- Acceso de personas con discapacidades a los espacios formativos.

 

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN TIENEN QUE TENER LAS ESCUELAS DE FORMACIÓN EN EL TIEMPO LIBRE EDUCATIVO?


- En caso de persona jurídica: escrituras de constitución con el sello registral y donde conste, como objeto social de la entidad, que su finalidad es la de impartir formación en el tiempo libre educativo infantil y juvenil.

- Certificado del secretario del órgano de gobierno de la entidad del acuerdo y solicitud de creación de la escuela.

- Estatutos con: el objeto, denominación, domicilio social, ámbito territorial, órganos de representación, de dirección y administración y función que tienen, recursos económicos y regulación de su funcionamiento interno.

- Proyecto pedagógico con: finalidades, objetivos, cursos a impartir, planificación didáctica, metodología, recursos de seguimiento y evaluación.

- Acreditación que el Director/a de la escuela tiene que tener titulación universitaria y el diploma de Director/a de actividades de tiempo libre educativo o el certificado de profesionalidad de dirección y coordinación de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil, y una experiencia mínima de seis meses a los últimos tres años.

- Acreditación de la infraestructura necesaria de los locales y las instalaciones de la escuela.

- Titulaciones del personal docente.

- Certificaciones en vigor y negativas, de todo el personal de la escuela, del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

- Programación de los cursos de acuerdo con los programas oficiales establecidos.

- Pólizas de seguros de accidentes y responsabilidad civil en las condiciones establecidas a la normativa.

¿TENGO QUE COMUNICAR LOS CAMBIOS UNA VEZ PRESENTADA LA DECLARACIÓN RESPONSABLE?


, cualquier cambio posterior a la presentación de la declaración, debe ser comunicado lo antes posible, y concretamente:


a) Respecto del personal directivo o docente o de la documentación presentada para su reconocimiento, en el plazo de un mes desde la modificación.

b) Respecto de la realización de acciones formativas, cuando difiera en algún aspecto de lo previsto, con quince días de antelación al inicio de la apertura de un curso.

c) Respecto de imprevistos en el desarrollo de un curso, lo antes posible y sin superar nunca los 10 días hábiles desde que estos se produzcan.

¿QUÉ OBLIGACIONES TIENEN LAS ESCUELAS DE FORMACIÓN EN EL TIEMPO LIBRE EDUCATIVO?


Impartir cada dos años al menos algún curso para monitor/a o director/a de tiempo libre educativo.

Garantizar al alumnado información, orientación y asesoramiento, además de las certificaciones de los módulos tanto teóricos como el de prácticas con calificación de aptos/no aptos.

Disponer de un proyecto educativo de la escuela.

Desarrollar la programación con toda la metodología y los criterios de evaluación según las competencias formativas.

Elaborar, presentar y comunicar la programación general anual de las actividades formativas.

Elaborar y presentar el mes de septiembre, el resumen de las actividades del curso anterior.

Emitir las actas de aptitud del alumnado y solicitar los diplomas al consejo insular correspondiente.

Comunicar cualquier cambio al órgano competente del consejo insular respectivo.

Suscribir:

Seguro de accidentes para el alumnado, para el equipo docente y el resto de personal, de un mínimo de:

- Gastos de asistencia sanitaria - 6.000 €

- Defunción – 5.000 €

- Invalidez – 6.500 €

Póliza de seguro de responsabilidad civil de un mínimo de:

- Por víctima – 300.000 €

- Por siniestro - 1.200.000 €

Custodiar los expedientes del alumnado al menos cinco años. Este expediente tiene que tener:

- Nombre completo, DNI y la titulación de acceso.

- Hoja de asistencia.

- Módulos realizados y su calificación obtenida.

- Memoria de las prácticas.

Velar para que el alumnado pueda ser atendido en catalán.

Estar inscritas en el censo de escuelas de formación en el tiempo libre educativo infantil y juvenil.

Ver normativa y documentos de interés