La Red Natura 2000 es el principal instrumento para la conservación de la naturaleza en la Unión Europea y representa la diversidad ecológica de todos los países que forman parte. Nació en 1992, con la aprobación de la Directiva de Hábitats. Está formada por dos tipos de figuras de protección:
Los LIC y las ZEPA pueden ser tanto terrestres como marinos. Estos espacios pueden superponerse, siendo a la vez LIC/ZEC y ZEPA.
La Red Natura 2000 de las Islas Baleares ocupa un 29% de la superficie terrestre. Teniendo en cuenta los espacios marinos, la Red Natura 2000 equivale casi al 51% del territorio balear. En total hay 169 espacios. De éstos, 103 son ZEC, de los cuales 21 son también ZEPA. Además, hay 35 espacios LIC, de los cuales 13 son también ZEPA. Finalmente, hay 31 espacios declarados únicamente ZEPA. Para tener más información, pulse aquí.
La protección de estos lugares tiene por objeto garantizar la supervivencia a largo plazo de las especies y hábitats europeos más valiosos y amenazados. Para ello, los Estados miembros de la Unión Europea deben tomar las medidas oportunas para mantener los puestos en un estado de conservación favorable, entre ellos aprobar planes de gestión específicos. Los planes de gestión son imprescindibles para establecer las medidas a ejecutar en cada espacio para establecer el estado de conservación de los valores naturales así como para conocer la financiación necesaria para la aplicación de estas medidas.
La Red Natura 2000, con la declaración de las ZEC, garantiza el mantenimiento o, en su caso, el restablecimiento, en un estado de conservación favorable, de los tipos de hábitats naturales y de los hábitats de las especies de que se trate en su área de distribución natural, asegurando la supervivencia a largo plazo de las especies y los tipos de hábitat en Europa, contribuyendo a mantener y evitar la pérdida de biodiversidad. Por su parte, las ZEPA, garantizan la protección, la administración, la regulación y la explotación de todas las especies de aves que viven normalmente en estado salvaje en el territorio europeo de los Estados miembros en los que es aplicable el Tratado.