ES0000221 Sa Dragonera (LIC, ZEPA)
KML
Región: Mediterránea
Área: 1.272,17 ha
Ficha oficial de la Unión Europea (Formulario Normalizado de datos, FND)
Figuras de protección
FIGURA DE PROTECCIÓN | DESIGNACIÓN DOUE | APROBACIÓN CAIB |
LIC (Lugar de importancia comunitaria) | 2006-07 | Acuerdo de Gobierno de 3/3/2006 |
ZEPA (Zona de especial protección para las aves) | - | Decreto 28/2006 |
Características
La isla de Sano Dragonera es el mayor de los islotes que rodean Mallorca: Está situada al suroeste, ante la costa más occidental de la isla, a sólo 780 m de distancia. Esta proximidad de la costa hace que sea muy visible desde la próxima localidad de Sant Elm.
Se trata de una isla con un perfil muy característico a lo largo de sus cuatro kilómetros de longitud. Su escasa anchura, aproximadamente un kilómetro en el punto más ancho, condiciona que la superficie de la isla solo sea de 288 hectáreas. Este islote es un prolongaciónde la serra de Tramuntana de Mallorca y por dicho motivo está orientada de suroeste a noroeste. También por dicho motivo presenta dos vertientes claramente diferenciadas. Por un lado la costa noroeste es practicamente inaccesible, con impresionantes acantilados de hasta trescientos metros, que caen desde las mayores alturas de la isla, que en Na Popi alcanzan los 353 m. La otra vertiente, orientada al sudeste, ocupa la mayor parte de la superficie de la isla, presentando un relieve mucho más suave. Esta relajación de pendiente posibilita la existencia de pequeñas torrenteras, en algunas de cuyas desembocaduras se encuentran las únicas calas de la isla.La cavidad más importante es la Cueva del Moro o de Sa Font. Se trata de una cueva natural, relativamente grande, de planta irregular, con diferentes concavidades y pequeños lagos al fondo. Además se han catalogado cinco cuevas más y otras seis cavidades más pequeñas. Estas localidades, especialmente la Cova des Moro, son importantes para la fauna y vegetación, encontrándose algunos endemismos.
Entre la costa de Mallorca y Sa Dragonera se encuentran algunos islotes de pequeñas dimensiones, todos ellos incluidos dentro del Parque Natural. El más importante, el islote de Pantaleu, con 25.000 m2 de superficie, que se encuentra muy cerca del pueblo de Sant Elm y es el único con un recubrimiento vegetal permanente y con un notable interés faunístico y florístico.
En lo que respecta a los aspectos geológicos, la isla de Sa Dragonera presenta una abrupta morfología resultante de los procesos geológicos que en ella han actuado, resultando una estructura geológica muy compleja. La litología es, practicamente en su totalidad, carbonatada (calcarias y dolomías). Se origina por una deposición de una sucesión de edad mesozoica que primero registra depósitos de la plataforma marina y , después, de facies pelágicas profundas. Continúa con la deposición de depósitos detríticos de conglomerados litorales, calcarenitas y margas profundas de Mioceno. Finalmenmte acaba con depósitos cuaternarios de tipo dunar y litoral. La estructura queda integrada en la tectonica de enclavamientos del Mioceno, que constituyen el resto de la serra de Tramuntana.Presenta, además, una importante facturación, casi vertical, que condiciona la morfología del paisaje de la isla, en especial de los acantilados del noroeste. Los retoques posteriores debidos a los procesos aluviales y cársticos, le dan una fisonomía final que la hacen única.
Sa Dragonera comparte los climas comunes a las localidades mallorquinas situadas en el litoral. Estos lugares se caracterizan por una menor pluviometría que los espacios interiores de su entorno y por unas temperaturas mucho más suaves. También influye en todo ello el pequeño tamaño de la isla. Los datos obtenidos en la propia isla durante treinta años indican una pluviosidad media mensual de 355 mm, valor propio de los lugares más secos del litoral meridional de Mallorca. Las temperaturas medias anuales se sitúan alrededor de los 17ºC. Por estos motivos Sa Dragonera puede considerarse como uno de los enclaves más cálidos y áridos de Mallorca. Finalmente cabe mencionar la incidencia de los vientos y la existencia de factores microclimáticos individualizados.
Calidad
La calidad e importancia de este lugar radica en la presencia de diferentes hábitats incluidos en el Anexo I de la Directiva 92/43/CE, por la avifauna contemplada en el Anexo I de la Directiva 79/409 y por otros muchos valores florísticos y faunísticos. Por estos motivos fue declarada Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA), Área Natural de Especial Interés (ANEI) de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares y, posteriormente, Parque Natural. Además, Sa Dragonera es, junto con la finca de La Trapa, situada a la vecina Mallorca, Área Importante para las Aves (IBA), declarada por la Sociedad Española de Ornitología, aplicando las valoraciones y criterios establecidos por BirdLife Internacional.
Sano Dragonera tiene un valor paisajístico extraordinario, al tratarse de un islote muy elevado y situado junto a la costa, que se ha salvado de especulaciones urbanísticas.
En cuanto a la flora, se han citado 372 taxones de plantas vasculares, que representan un 25% del total de la flora balear, con un 5% de endemismos. La flora vascular se reparte en 226 géneros de 90 familias. Entre las plantas endémicas encontramos 26 especies de distribución más o menos amplia. Tan solamente uno, Limonium dragonericum, es exclusivo del tramo más meridional de la costa noroccidental de Mallorca. Hay que resaltar la abundancia de tàxons de montaña que viven en la contigua sierra de Tramuntana.
En el islote de Pantaleu, con una superficie de 25.000 m2 y una altura de 26 m, se han citado 69 taxones de plantas vasculares, repartidos en 62 géneros y 34 familias. Como especies destacables hay que mencionar Chamaerops humilis, Caballería balearica, Launaea cervicornis, Medicago citrina (introducida procedente de Cabrera), Limonium caprariense y Rubia angustifolia. Los invertebrados están siendo inventariados actualmente. Hasta la fecha se han inventarido 82 taxones de invertebrados, de ellos 60 pertenecientes a la fauna marina. Destacan los 34 taxones de invertebrados, de los cuales 27 son endémicos a nivel mallorquín o balear, destacando la presencia de Typhlocirolana moraguesi, presente en la Cueva des Moro, de algunas palometas de interés y de especies como Lithophaga lithophaga y Pinna nobilis, incluidas en el Anexo IV de la Directiva 92/43/CEE de Consell.
Entre los vertebrados, mucho mejor conocidos , destacan las aves marinas y las rapaces, con numerosas especies incluidas en la Directiva 79/409 CEE del Consejo, como Calonectris diomedea, el endemismo balear Puffinus mauretanicus, Hydrobates pelagicus, Phalacrocorax aristotelis desmaretii, Larus audouini, una importante colonia de Falco eleonorae, Falco peregrinus y la subespecie endémica Sylvia sarda balearica. Entre los reptiles destaca el endemismo balear Podarcis lilfordi, con la subespecie giglioli, endémica de Dragonera. En las aguas de Sa Dragonera se ha constatado la presencia regular de Caretta caretta y de Tursiups truncatus, ambas en el Anexo II de la Directiva 92/43 CEE .
Otras especies se han citado con motivo D por su interés para la biodiversidad local, como Mus musculus, Rattus rattus, Orictolagus cuniculus, Tadaria teniotis, una importante población de Tarentola mauretanica y la presencia de Hemidatylus turcicus, todos los cuales ocupan un papel importante en una comunidad tan reducida como esta. Se ha indicado una larga lista de aves presentes en Sa Dragonera, entre las cuales destacan Corvus corax, cada vez más escaso en Mallorca, y Larus cachinnans, esta última con una gran colonia reproductora en Dragonera, que tiene una gran importancia y una elevada influencia e incidencia en la flora y fauna de la isla y de los alrededores. Las otras especies, citadas con motivo D, lo han sido o bien por su presencia en la isla como aves nidificants o bien por la gran importancia que tienen durante las migraciones de primavera y otoño. Todas ellas se consideran importantes en el mantenimiento de las condiciones ecológicas del lugar y para la biodiversidad. Por ejemplo, la presencia de una de las mayores colonias del mundo de Halcón de Elionor, se debe de a la extraordinaria abundancia de paseriformes en migración otoñal por la isla.
Vulnerabilidad
Sa Dragonera, al tratarse de un islote con protección efectiva después de su declaración como Parque Natural, ha visto muy reducida su vulnerabilidad. El acceso se encuentra restringido y se necesita autorización para visitar la isla. Además, los visitantes solamente pueden transitar por una rutas establecidas. Sin embargo, existe una creciente presión turística en los alrededores, concretamente en la costa urbanizada próxima de Santo Elm y Puerto de Andratx, con un creciente desarrollo turístico y con un incremento constante de embarcaciones deportivas y demanda de nuevos puertos de amarratge. Por estos motivos, cada vez existirá una mayor demanda de goce de este espacio. Igualmente, la zona marítima de este lugar se encuentra sometida a un tráfico creciente de embarcaciones deportivas y a una presión cada vez mayor debida de a los deportes náuticos. La pesca, tanto profesional como deportiva, así como la pesca submarina y el buceo no se encuentran regulados, y su incidencia sobre la fauna y flora marina tienen que ser importante, sobre teniendo en cuenta la vulnerabilidad de estos ecosistemas.
Designación
Sa Dragonera posee varias figuras de protección:
- Es Zona de Especial Protección para las Aves ZEPA.
- Es Área Natural de Especial Interés (ANEI) por la Ley 1/1991 del Parlamento Balear, dentro de la categoría de máxima protección.
- Es Parque Natural en aplicación de la Ley 4/1989 de Espacios Naturales, por Decreto 7/95, de 26 de enero, de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares. BOC AIB núm. 18 de 11 de febrero de 1995.
Régimen de propiedad
La totalidad de la isla de Sano Dragonera es de propiedad pública, después de ser adquirida por el Consejo de Mallorca. La isla de Pantaleu es propiedad de la Sido Espanyol tanto Sano Dragonera como la totalidad del islote des Pantaleu están rodeadas por una zona de dominio público marítimo-terrestre, de acuerdo con el que dispone la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y por el Real decreto 1471/1998, de 1 de diciembre, del MOPU, por el cual se aprueba el Reglamento General para el desarrollo y ejecución de la Ley 22/1988 de Costas.