Mixomatosis y enfermedad hemorrágica del conejo

La enfermedad hemorrágica del conejo (RHD, en adelante) y la mixomatosis son las enfermedades virales más importantes que afectan al conejo europeo (Oryctolagus cuniculus), por su patogenicidad y el gran poder de difusión. Ambas forman parte de la lista de enfermedades de declaración obligatoria de la Oficina Internacional de Epizootias (OIE).

La RHD fue descrita por primera vez en 1984 como una enfermedad aguda, fatal y muy contagiosa causada por un virus RNA Calicivirus del género Lagovirus. Actualmente tiene una distribución mundial, diferenciada en varias cepas virulentas.

En España se detectó por primera vez en conejos domésticos en la primavera y el verano de 1988. En conejos silvestres apareció en el Coto de Doñana en 1990, y en tan sólo dos años se extendió por todo el país.

Durante el año 2010 en Francia se detectaron algunos brotes que evolucionaron de una manera atípica, caracterizada por brotes agudos tanto en adultos como en gazapos, en los que se identificó una nueva variante del virus (RHDVb). Esta se detectó en España en 2011 en explotaciones industriales del tercio norte peninsular.

La mixomatosis es una enfermedad de distribución mundial causada por un virus DNA de la familia Poxviridae, denominado virus mixoma. En los conejos europeos han identificado dos formas de presentación: la forma nodular (clásica) y la forma amixomatosa (respiratoria), menos frecuente. Las lesiones patognomónicas principales son los mixomas o pseudo cutáneos. La transmisión es de manera directa, por el contacto con conejos enfermos o susceptibles de serlo, y también indirecta, mediante artrópodos hematófagos que actúan con vectores.

El Servicio de Ganadería elabora anualmente el programa en el ámbito de las Islas Baleares para su aprobación posteriormente por el director general de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

El programa persigue el objetivo de establecer un sistema de detección precoz de enfermedades víricas de declaración Obligatorias que pueden afectar a las explotaciones cunícolas de nuestra comunidad autónoma y que se pueden diseminar a otras explotaciones o en la población silvestre.