Acampadas para entidades juveniles de ocio

Las entidades juveniles de ocio con un proyecto educativo pueden solicitar la autorización para la acampada en el Paratge natural de la Serra de Tramuntana.

Duración de las acampadas

La duración de las acampadas será de un máximo de dos pernoctaciones. Las tiendas deberán instalarse a la puesta de sol y deberán retirarse por la mañana, como muy tarde a las 10:30h, excepto en el caso en el que la autorización para la pernoctación sea de dos noches e incluya la noche siguiente.

Plazos para presentar las solicitudes

Las entidades juveniles de ocio educativo pueden presentar una solicitud única para las acampadas que quieran realizar al largo de un período de como mínimo tres meses.

Por ejemplo, en el mes de enero se puede pedir la autorización para acampadas en los meses de febrero, marzo y abril, pero también se puede pedir la autorización para todo el año.

La solicitud se tiene que presentar con una antelación mínima de un mes antes del inicio de la primera acampada.

Por ejemplo, para una acampada en el mes de abril, se debe solicitar un mes antes, en el mes de marzo. Si se solicitan acampadas para junio, julio y agosto, se deberán solicitar un mes antes de la primera de junio, en el mes de mayo.


Documentación que se debe presentar

Las entidades que realicen la solicitud deberán presentar un certificado del Servei Insular de Joventut del Consell de Mallorca que indique que la entidad está registrada en el Cens d'entitats juvenils y que cuenta con un proyecto educativo basado en el ocio.

En el caso de las entidades de Mallorca, pueden solicitar el certificado al Consell de Mallorca mediante una instancia electrónica general dirigida al Servei de Joventut. Pueden acceder al registro en este enlace: enlace al registro del Consell de Mallorca.

En el caso de entidades de Menorca, Eivissa o Formentera, o de otras comunidades autónomas, deberán  presentar el certificado equivalent emitido por los Consells, diputaciones o administraciones correspondientes.

La solicitud debe indicar claramente los puntos siguientes:

  1. Datos de la entidad o agrupamiento que realiza la solicitud e identificación de la persona responsable del grupo que realizará la pernoctación.
  2. Fechas y lugar de la acampada, especificando el nombre de la finca, la ubicación de la finca (polígono y parcela, siempre que sea posible) y localización del lugar concreto de la acampada dentro de la finca.
  3. Número máximo de participantes y nombre aproximado de tiendas de acampada.

Para las solicitudes se debe rellenar una solicitud y un documento de declaración del cumplimiento de buenas prácticas, que la dirección de la entidad deberá firmar. En el caso de las agrupaciones de scouts, las debe presentar el jefe o jefa de la agrupación.

La solicitud debe ir firmada por la dirección de la entidad. En el caso de las agrupaciones scout deberá firmar el jefe o jefa del agrupamiento.


Otros permisos

Se deberá contar con el permiso de la propiedad, que se justificará mediante un documento firmado por la persona propietaria del terreno, o una declaración firmada por la persona responsable de la entidad o agrupación scout, indicando que se cuenta con el permiso correspondiente.


Identificación

Durante el tiempo que dure la acampada se deberá colocar en un lugar visible para todos un cartel, proporcionado por el equipo del Paratge natural de la Serra de Tramuntana, en el cual se especificará que se trata de una acampada autorizada por la Conselleria de Medi Ambient i Territori.

Información a los participantes

Se informará a los participantes en la acampada y a sus familiares que se trata de una actividad puntual autorizada en un espacio natural protegido, porque la normativa así lo especifica. Se dejará claro que no se puede acampar de manera libre dentro del espacio natural protegido sin una autorización expresa tanto de la Conselleria de Medi Ambient i Territori como de la propiedad del terreno.