El E-PRTR es el Registro Europeo de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (European Pollutant Release and Transfer Register), aprobado, por la Comisión Europea en febrero de 2006, con el Reglamento (CE) 166/2006, relativo al establecimiento de un registro europeo de emisiones y transferencias de contaminantes, por el cual se modifican las directivas 91/689/CEE y 96/61/CE. Este registro sustituye el inventario EPER (European Emisiones Register), con el cual se ha cubierto seis periodos anuales (de 2001 a 2006), y amplía su campo de actuación con respecto a las actividades afectadas y a los contaminantes. Además, añade emisiones en el suelo y también transferencia de residuos
En el Estado Español, el Real Decreto 508/2007, de 20 de abril regula el suministro de información sobre emisiones del Reglamento E-PRTR y de las autorizaciones ambientales integradas (BOE, nº. 96 de 21-4-2007). Este Real Decreto especifica:
Las emisiones atmosféricas del año anterior notificadas por las instalaciones, en el periodo de enero a marzo, son validadas durante los meses de abril a junio por la autoridad autonómica competente. Los datos de todas las comunidades autónomas son recopilados y revisadas por el Ministerio y cuando las notificaciones superan los umbrales de notificación fijados en el Anexo II del Reglamento 166/2006 se pueden consultar libremente en la página web del PRTR, lo cual no quiere decir que se superen los límites de emisión permitidos.
Las actividades afectadas por la Ley 16/2002 quedan clasificadas en 11 grupos (capítulo I del anexo del RD 508/2007):
Otras actividades no afectadas por la Ley 16/2002, las cuales se agrupan en los siguientes (capítulo II del annex I del RD 508/2007):
En las Islas Baleares, 18 instalaciones industriales han notificado los datos de emisiones correspondiendo al año 2013 en el registro E-PRTR: 13 de Mallorca, 3 de Ibiza y 2 de Menorca. A continuación se desglosa las empresas según el epígrafe PRTR
Epígraf PRTR |
Descripción |
Nº. de empresas que notifican |
1.c |
Instalación de combustión > 50 Mw. |
5 |
3.c.i |
Fabricación de cemento > a 500 t/día |
1 |
3.g |
Fabricación de productos cerámicos, tejas > 75 t/dia |
2 |
4.a.ii |
Hidrocarburos oxigenados, cetonas, esters, etc. (Fabricación de biodiesel). |
1 |
4.f.2 |
Fabricación de productos pirotécnicos |
1 |
5.a |
Valorización o eliminación de residuos peligrosos |
1 |
5.b |
Incineración de los residuos municipales, de una capacidad de más de 3 t/h |
1 |
5.d |
Vertederos de todo tipo |
4 |
5.f |
Tratamiento aguas residuales urbanas (> 100.000 hab. Equiv) |
2 |