6. Presentación del cálculo de consumo de disolventes para actividades incluidas en el ámbito de aplicación del Real decreto 117/2003, de 31 de enero, excepto limpieza en seco
Remitir anualmente, antes de 31 de marzo, los datos necesarios en relación al consumo y emisiones a la atmósfera de COVs, para que se pueda comprobar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el RD 117/2003.