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Registre Unificado de Servicios Sociales

El Registro constituye un instrumento de conocimiento, planificación, ordenación, control y publicidad de los servicios sociales existentes en la comunidad autónoma de las Islas Baleares.


Se regula por el Decreto 10/2013, de 28 de febrero, por el cual se fijan los principios generales del Registro Unificado de Servicios Sociales de las Islas Baleares y de los procedimientos para la autorización y la acreditación de servicios sociales, y se regulan la sección suprainsular del Registro y los procedimientos para autorizar y acreditar servicios sociales de ámbito suprainsular.


Se creó por la Ley 4/2009, de 4 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares para todas las administraciones públicas de las Islas Baleares competentes en la materia, y en que tienen que constar fielmente todos los datos y los actos administrativos reguladoras de las actividades de las entidades y de los servicios sociales.


La inscripción en el Registro Unificado de Servicios Sociales se configura como una obligación previa para poder actuar e intervenir en el campo de los servicios sociales en las Islas Baleares y, además a mes, resulta un requisito imprescindible para poder recibir subvenciones con cargo en los presupuestos generales de las administraciones públicas de las Islas Baleares.


Código SIA

208367

Personas destinatarias

Se tienen que inscribir obligatoriamente todas las entidades de servicios sociales que desarrollen sus actuaciones o presten servicios sociales en el territorio de las Islas Baleares (arte.2 Decreto 10/2013, de 28 de febrero).


De acuerdo con los estatutos de cada entidad beneficiaria, se establece el ámbito territorial.

Conforme con el ámbito seleccionado, la documentación irá dirigida a la administración competente, que puede ser una de las siguientes:


* Ámbito Territorial ÀUTONÒMIC (Interinsular ) / ESTATAL: Consejería de Asuntos Sociales y Deportes.

* Ámbito Territorial Insular MALLORCA: Instituto Municipal de Asuntos Sociales (IMAS).

* Ámbito Territorial Insular MENORCA: Consell Insular de Menorca.

* Ámbito Territorial Insular IBIZA: Consell Insular de Ibiza.

* Ámbito Territorial Insular FORMENTERA: Consell Insular de Formentera.

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte o de oficio

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Observaciones

Artículo 22. Efectos de la inscripción


1. La inscripción de una entidad en el Registro Unificado de Servicios Sociales no tiene efectos

constitutivos y es definitiva desde la fecha de presentación de la comunicación previa o desde

la fecha de la inscripción en caso de que sea de oficio, y no concurra cualquier de las

causas que prevé el artículo 24.


2. La inscripción de una entidad en el Registro tan sólo supone el reconocimiento

como entidad de servicios sociales, y esto no implica la concesión de las autorizaciones y la acreditación

previstas, en conformidad con el que dispone el artículo 78.2 de la Ley

4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares.

Órgano competente para resolver

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Trámites

X

INSCRIPCIÓN INICIAL

Requisitos

Para la inscripción en el Registro Unificado de Servicios Sociales, las entidades tienen que presentar una comunicación previa al inicio de sus actividades, de acuerdo con el modelo facilitado, dirigida a la Dirección general de Planificación, Equipamientos y Formación, junto con la documentación que se indica en el formulario de comunicación previa que encontraréis en esta web.

Documentación a presentar

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Consultar Decreto.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de equipamiento de Servicios Sociales

Pl. de la Drassana, 4.

X

MODIFICACIÓN DATOS

Requisitos

La entidad a través del certificado digital puede realizar el trámite en linea a través del web: https://www.caib.es/seucaib/ca/tramites/tramite/511778 donde podrá encontrar toda la documentación. Los enlaces disponibles son:

En Castellano :https://www.caib.es/sistrafront/sistrafront/inicio?language=es&modelo=as0027meru&version=1

En Català :https://www.caib.es/sistrafront/sistrafront/inicio?language=ca&modelo=as0027meru&version=1

Documentación a presentar

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Ver decreto

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de equipamiento de Servicios Sociales

Pl. de la Drassana, 4.

X

APORTACIÓN DOCUMENTACIÓN

Requisitos

Entidades registradas al RUSS

Documentación a presentar

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Siempre que sea necesario actualizar documentación.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de equipamiento de Servicios Sociales

Pl. de la Drassana, 4.

X

AUTORIZACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES

Requisitos

La entidad interesada a conseguir la autorización tiene que rellenar el formulario de solicitud y presentarlo acompañado de la documentación requerida que se establece en el arte. 36 del Decreto 10/2013 de 28 de febrero

Documentación a presentar

Plazo máximo

no procede

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Familias y Asuntos Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de equipamiento de Servicios Sociales

Pl. de la Drassana, 4.

X

ACREDITACIÓN SERVICIOS SOCIALES

Requisitos

Tener el servicio autorizado, cumplir los requisitos del decreto 10/2013 de 28 de febrero y propia normativa de cada servicio.

Documentación a presentar

Solicitud y documentación específica de la normativa vigente de cada servicio.

Plazo máximo

No procede

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de equipamiento de Servicios Sociales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de equipamiento de Servicios Sociales

Pl. de la Drassana, 4.

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Asuntos Sociales

Finalidad

De acuerdo con el previsto en el arte. 6.1.c) del RGPD, como tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento, sus datos personales serán tratadas para la tramitación del procedimiento administrativo objeto de la comunicación

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

se cederán los datos personales a terceros, salvo que haya obligación legal o interés legítimo de acuerdo con el RGPD y la Ley orgánica 3/2018

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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