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Ayudas para fomentar la actividad económica de les empreses (Incentius Regionals)

Son incentivos regionales las ayudas financieras para fomentar la actividad empresarial y orientar su localización hacia zonas previamente determinadas.

Ayudas a fondo perdido, concedidas por el Estado, para inversiones que impliquen la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de uno existente o el lanzamiento de una actividad que comporte un cambio fundamental en el producto o el proceso de producción de este.

Código SIA

288330

Personas destinatarias

Personas jurídicas españolas o que tengan su residencia en territorio español.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Seis meses computados desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del Ministerio de Hacienda.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Observaciones

La competencia en la gestión y resolución es del Ministerio de Hacienda. La tramitación de las solicitudes de ayudas, en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, corresponde a la Dirección General de Fondos Europeos.

Para más información: https://www.caib.es/sites/programeseuropeus/es/incentius_regionals/

Órgano competente para resolver

Consejería de Economía, Hacienda e Innovación

Trámites

X

Presentación de la Instancia de Solicitud (Anexo I) y aportación de la documentación requerida.

Requisitos

1. No haber iniciado la inversión antes de presentar la solicitud de subvención.

2. Ser viables técnicamente, económicamente y financieramente.

3. Autofinanciarse, al menos en un 25 % de la su inversión aprobada y contar con un nivel mínimo de fondos propios.

4. La ayuda debe tener un efecto incentivador.

5. La inversión subvencionable tiene que ser igual o superior a 900.000 euros (sin IVA).

Documentación a presentar

La documentación tiene que dirigirse a la: Direcció General de Fons Europeus.

Conselleria d'Economia, Hisenda i Innovació.

c/Palau Reial nº 17- 07001- Palma.

Modelos:

Plazo máximo

Convocatoria abierta hasta el 31 de desembre de 2027.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Fondos Europeos

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Fondo Europeu de Desarrollo Regional

C/ del Palau Reial, 17. Tel.: 971177277

(incentiusregionals@cbe.caib.es)

X

Solicitud de prórroga

Requisitos

Solicitar antes del plazo fin de vigencia

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Solicitar antes del plazo fin de vigencia

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Fondos Europeos

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Fondo Europeu de Desarrollo Regional

C/ del Palau Reial, 17. Tel.: 971177277

(incentiusregionals@cbe.caib.es)

X

Solicitud de liquidación de subvención (cobro)

Requisitos

Todos los recogidos en la resolución individual de concesión de la ayuda

Documentación a presentar

Tiene que presentarse un oficio donde se relacione toda la documentación presentada.

Nota: puede consultar la relación de documentos a presentar en la página web

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Dentro del plazo de los cuatro meses siguientes a la finalización del plazo de vigencia, art. 34 Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985 de 27 de diciembre.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Economía, Hacienda e Innovación

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Fondo Europeu de Desarrollo Regional

C/ del Palau Reial, 17. Tel.: 971177277

(incentiusregionals@cbe.caib.es)

Observaciones

Normativa aplicable para el procedimiento de cobro:

Justificación del cumplimiento de condiciones, art.2 de la Orden EHA/2874/2009, por la que se aprueban las normas complementarias para la tramitación y gestión de incentivos regionales.

Cumplimiento de las condiciones finales, art. 34 del Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985 de 27 de diciembre.

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Fondos Europeos

Finalidad

gestión del procedimiento de ayudas para fomentar la actividad económica de las empresas (incentivos), en base a lo que establece la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, de incentivos regionales para la corrección de desequilibrios económicos interterritoriales y el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, y la Orden EHA/2874/2009, de 15 de octubre, por la cual se aprueban normas complementarias para la tramitación y gestión de los incentivos regionales previstos en la Ley 50/1985, de 27 de diciembre y que por obligación legal se deben facilitar al responsable del tratamiento (art. 6.1, letra f del RGPD).

Legitimación

Proteger intereses vitales del interesado o de otra persona física

Destinatario

se cederán a la Subdirección General de Incentivos Regionales del Ministerio de Hacienda, a los efectos de cumplir que lo prevé la Orden EHA/2874/2009, de 15 de octubre, por la cual se aprueban normas complementarias para la tramitación y gestión de los incentivos regionales previstos en la Ley 50/1985, de 27 de diciembre.

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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